Pues que si tu base de cotización era inferior a la base mínima actual, si calculas atrasos cotizan y pagarás la correspondiente cotización por ellos. Luego TGSS girará diferencias por esas bases inferiores a la mínima y no tendrá en cuenta L03 presentadas. La empresa acabará pagando 2 veces por lo mismo.No entiendo nada. Se ha publicado un convenio que dice que para el 2022 el salario base es de 33,33 y las dos extras de 1000 (33,33/30), más un plus transporte por día trabajado de 2,50.
Entiendo que no queda otra que ajustar esos salarios, pagar y cotizar atrasos.
¿Qué me pierdo?
Pero aun considerando salario mensual, en vez de diario, yo creo que los 4 meses con el plus transporte, esta por encima del las bases mínimas. Con lo que no habría problema en generar atrasos.....Pues que si tu base de cotización era inferior a la base mínima actual, si calculas atrasos cotizan y pagarás la correspondiente cotización por ellos. Luego TGSS girará diferencias por esas bases inferiores a la mínima y no tendrá en cuenta L03 presentadas. La empresa acabará pagando 2 veces por lo mismo.
Además no descontamos la seguridad social del trabajador de las diferencias que emitirá la TGSS, porque es ridículo.
Tengo diferencias en contratos a tiempo parcial informados por horas.Pero aun considerando salario mensual, en vez de diario, yo creo que los 4 meses con el plus transporte, esta por encima del las bases mínimas. Con lo que no habría problema en generar atrasos.....