AYUDA ERTE POR DANA

Valdepineta

Nuevo miembro
¿Habéis leído el artículo 46 del RD 7/24?
Parece entenderse que si pasa el barranco por la empresa y mando a los trabajadores a casa con un ERTE FM hasta ver como evoluciona la situación, aunque la situación sea tan mala que no puedo volver a abrir los despidos serían nulos.
¿Cómo lo veis compañeros?
 

HIDALGO

Miembro activo
hola, en cuanto a los trámites con TGSS de un ERTE FM, siempre que ya esté autorizado por la autoridad laboral, te comento:
1. en cuanto a la empresa , en trámites de empresa, anotacion de peculiaridades se pone la clave 88. Esta comunicación se hace solo una vez
2. en cuanto a los trabajadores de forma individual, en afiliación, cambio de contrato, tipo de inactividad, clave 16. Esto si que lo tienes que hacer todos los meses, pero a mes vencido para que en el TC se refleje la bonificacion.
Por otro lado, también hay que comunicar al SEPE la situación de ERTE y cada mes, a mes vencido, generar los ficheros XML de actividad del trabajador para que le abonen la prestación.
Se debe de enviar los certificados de empresa y cada trabajador solicitar su prestacion.
 

Valdepineta

Nuevo miembro
Hidalgo. ¿Estas seguro que se deben de enviar los certificados de empresa?

Hoy ha salido publicada Resolución de 12 de noviembre de 2024, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula la tramitación electrónica del procedimiento de reconocimiento de las prestaciones por desempleo reguladas en el Real Decreto-ley 7/2024

3. No será necesaria la presentación de los certificados de empresa en estos procedimientos.
 

HIDALGO

Miembro activo
Hidalgo. ¿Estas seguro que se deben de enviar los certificados de empresa?

Hoy ha salido publicada Resolución de 12 de noviembre de 2024, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se regula la tramitación electrónica del procedimiento de reconocimiento de las prestaciones por desempleo reguladas en el Real Decreto-ley 7/2024

3. No será necesaria la presentación de los certificados de empresa en estos procedimientos.
pues ya me pones en duda. Yo los ERTES por fuerza mayor que he tramitado, fueron como he indicado, pero claro fue justo lo contrario, sequia en Andalucía y así lo establecía. Tal vez ahora tenga otros matices concretos por DANA
 

bunbukybcn

Miembro
Y en la plantilla que hay que enviar al SEPE, según las instrucciones del SEPE de ayer dice que hay que poner la base de cotización por cc de octubre 2024 como norma general, por ejemplo si el ERTE comienza el 30/10, la base de cotización de la nómina del 1 al 29 de octubre...
Pero en teoría para calcular la base reguladora no se toman las bases de los últimos 6 meses contando desde el mes anterior al mes previo del inicio del ERTE?
 

MARI LOZANO

Miembro activo
Han sacado ya el boletín red con el proceso para los ertes.
Una pregunta, yo tengo los seguros sociales enviados y confirmados, pero vamos a meter un erte por fuerza mayor. He puesto pago electrónico en los seguros sociales para que no lo carguen, pero hay alguna forma de anular los seguros sociales enviados ¿?
Para una vez que tengamos el ok de la autoridad laboral hacer las declaraciones responsables de la empresa y demás...
Uff esto es un deja vú
 
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