Buenos días, os cuento mi drama por si alguien ha vivido esto.
Una empresa decide prescindir de una trabajadora el 14/09 (domingo, último día que trabaja en la empresa, yo libro el fin de semana), 4horas/dia alta el 08/09, porque no ha superado el periodo de prueba. Ella tiene cita en el médico el día 15/09, (no se informa a la empresa) comunico su baja por NSPP fecha 14/09 el 15/09 ( lunes) y se le envía toda la documentación a la trabajadora, en el mismo momento en que se tramita, la empresa ya la había llamado por la mañana. Ella llama a la empresa exigiendo la corrección de la fecha, porque ella el 15/09 seguía de alta antes de ir al médico y varias cosas que comunica a la empresa que no me trasmiten pero, no hay registro firmado por ella del día 15/09.
El 16/09 vuelve al médico, le cuenta su drama, este le anula el parte de baja con fecha 15/09 y se lo hace desde el día 12/09 teniendo la empresa firmado el registro horario los días 12,13,14 y la siguiente cita es el 30/09.
Ahora la empresa me pide hoy que mejor la cambie la fecha de la baja al 15/09 (ya no puedo anular el movimiento)
Mi pregunta ¿ahora qué?, no soy capaz de hacer la liquidación de esta persona ¿si le reconozco la baja desde el 12/09 no estoy cometiendo fraude porque ella fue a trabajar? ¿le hago la liquidación como si fuera baja por IT el 15/09 pero fecha de efectos el 14/09? ¿algún consejo?
Por cierto, a nosotros nos han cambiado a Melilla, desde ese momento no me aceptan ni una sola modificación de la fecha de efectos de alta/baja salvo que haga un recurso de alzada y, de normal, ni con esas modifican nada.
Gracias y espero haber explicado el caso correctamente porque es un galimatías.
PD: se ha presentado CASIA y Acredita informando de la anomalía.
Una empresa decide prescindir de una trabajadora el 14/09 (domingo, último día que trabaja en la empresa, yo libro el fin de semana), 4horas/dia alta el 08/09, porque no ha superado el periodo de prueba. Ella tiene cita en el médico el día 15/09, (no se informa a la empresa) comunico su baja por NSPP fecha 14/09 el 15/09 ( lunes) y se le envía toda la documentación a la trabajadora, en el mismo momento en que se tramita, la empresa ya la había llamado por la mañana. Ella llama a la empresa exigiendo la corrección de la fecha, porque ella el 15/09 seguía de alta antes de ir al médico y varias cosas que comunica a la empresa que no me trasmiten pero, no hay registro firmado por ella del día 15/09.
El 16/09 vuelve al médico, le cuenta su drama, este le anula el parte de baja con fecha 15/09 y se lo hace desde el día 12/09 teniendo la empresa firmado el registro horario los días 12,13,14 y la siguiente cita es el 30/09.
Ahora la empresa me pide hoy que mejor la cambie la fecha de la baja al 15/09 (ya no puedo anular el movimiento)
Mi pregunta ¿ahora qué?, no soy capaz de hacer la liquidación de esta persona ¿si le reconozco la baja desde el 12/09 no estoy cometiendo fraude porque ella fue a trabajar? ¿le hago la liquidación como si fuera baja por IT el 15/09 pero fecha de efectos el 14/09? ¿algún consejo?
Por cierto, a nosotros nos han cambiado a Melilla, desde ese momento no me aceptan ni una sola modificación de la fecha de efectos de alta/baja salvo que haga un recurso de alzada y, de normal, ni con esas modifican nada.
Gracias y espero haber explicado el caso correctamente porque es un galimatías.
PD: se ha presentado CASIA y Acredita informando de la anomalía.