BENEFICIOS CLUBES DEPORTIVOS

CC2019

Miembro conocido
Me acaba de entrar un par de clientes club deportivos sin animo de lucro y que tienen gente entrenando sin dar de alta. Les pagas una “dietas” a los entrenadores de cada grupo, cobran entre 100 y 300 € al mes para compensar los desplazamientos, pero me da van a tener problemas y les voy aconsejar que los den de alta en la SS.
Mi duda es que no hay convenio colectivo para esto ¿que tomáis el de deportes nacional o a SMI?
Gracias
Yo aplico el convenio de instalaciones deportivas y gimnasios
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo aplico el convenio de instalaciones deportivas y gimnasios
Gracias por responder.
Estaba revisando los convenios y al final encontré uno provincial del 2010 que lleva sin actualizar las tablas desde el 2012. Así que me entra la duda por el tema de la ultraactividad, la cual desde la reforma del 2022 al prórroga es automática, pero ¿que pasa con aquello negociados antes? ¿siguen vigentes las condiciones? Esto disponía este convenio:
"Se entenderá tácitamente prorrogado de año en año si por cualquiera de las partes no se denunciara por escrito ante la otra parte con dos meses de antelación a la expiración de su vigencia..."
¿podría igualmente aplicarle el de instalaciones deportivas o tendría problemas el día de mañana en caso de cualquier reclamación de los trabajadores?
Es que la verdad, dice que se actualizaran las tablas con el IPC de cada en caso de no hacer denuncia, pero es que no hablamos de uno o dos años, hablamos de 15 sin salir uno nuevo.
 

toni

Miembro conocido
Gracias por responder.
Estaba revisando los convenios y al final encontré uno provincial del 2010 que lleva sin actualizar las tablas desde el 2012. Así que me entra la duda por el tema de la ultraactividad, la cual desde la reforma del 2022 al prórroga es automática, pero ¿que pasa con aquello negociados antes? ¿siguen vigentes las condiciones? Esto disponía este convenio:
"Se entenderá tácitamente prorrogado de año en año si por cualquiera de las partes no se denunciara por escrito ante la otra parte con dos meses de antelación a la expiración de su vigencia..."
¿podría igualmente aplicarle el de instalaciones deportivas o tendría problemas el día de mañana en caso de cualquier reclamación de los trabajadores?
Es que la verdad, dice que se actualizaran las tablas con el IPC de cada en caso de no hacer denuncia, pero es que no hablamos de uno o dos años, hablamos de 15 sin salir uno nuevo.
Mira el BOE 26-01-2024
 

PEDRO

Miembro conocido
Mira el BOE 26-01-2024
Lo tengo si. Gracias Toni, únicamente estaba ordenando las cosas pues como te digo aqui había un convenio para el sector deportes pero desde el 2012 no hay tablas y tenía dudas cual aplicar.
Además estoy viendo que el estatal permite los fijos discontinuos a tiempo parcial para poder así contratar al personal.
 

CC2019

Miembro conocido
Gracias por responder.
Estaba revisando los convenios y al final encontré uno provincial del 2010 que lleva sin actualizar las tablas desde el 2012. Así que me entra la duda por el tema de la ultraactividad, la cual desde la reforma del 2022 al prórroga es automática, pero ¿que pasa con aquello negociados antes? ¿siguen vigentes las condiciones? Esto disponía este convenio:
"Se entenderá tácitamente prorrogado de año en año si por cualquiera de las partes no se denunciara por escrito ante la otra parte con dos meses de antelación a la expiración de su vigencia..."
¿podría igualmente aplicarle el de instalaciones deportivas o tendría problemas el día de mañana en caso de cualquier reclamación de los trabajadores?
Es que la verdad, dice que se actualizaran las tablas con el IPC de cada en caso de no hacer denuncia, pero es que no hablamos de uno o dos años, hablamos de 15 sin salir uno nuevo.
Yo aplicaría el estatal (que este año ha quedado por debajo del smi en algunas categorías).
De aplicar el provincial que dices, quizás incluso actualizando los sueldos desde 2012 con el ipc no llegaría al SMI, por lo que sería absurdo.
 
Última edición:

PEDRO

Miembro conocido
Yo aplicaría el estatal (que este año ha quedado por debajo del smi en algunas categorías).
De aplicar el provincial que dices, quizás incluso actualizando los sueldos desde 2012 con el ipc no llegaría al SMI, por lo que sería absurdo.
Tienes razón y así lo haré.
Gracias
 

PEDRO

Miembro conocido
Hola, a ver si los que tenéis club deportivos me podéis ayudar.
En la página 2 del Boletín Red, el punto 8 establece "Requisito de situación de desempleada y/o inscrita como demandante de empleo, de la persona destinataria de la bonificación: La persona contratada puede ser persona desempleada u ocupada, y no tiene por qué estar inscrita como demandante de empleo" . Dice OCUPADA ¿Debo entender que se puede acceder a las bonificaciones si contratas una persona que esté trabajando en otro sitio?
Luego en el punto 9, en los requisito establece que le son de aplicación los artículo 8 y 11 de la RDL 11/2023, pero ¿sabéis si se puede le aplican la exclusión del artículo 10 que solo permite la bonificación para contratos con una jornada que no sea inferior al 50 por ciento respecto de la jornada a tiempo completo?
Gracias
 

Papor45

Miembro
Hola, a ver si los que tenéis club deportivos me podéis ayudar.
En la página 2 del Boletín Red, el punto 8 establece "Requisito de situación de desempleada y/o inscrita como demandante de empleo, de la persona destinataria de la bonificación: La persona contratada puede ser persona desempleada u ocupada, y no tiene por qué estar inscrita como demandante de empleo" . Dice OCUPADA ¿Debo entender que se puede acceder a las bonificaciones si contratas una persona que esté trabajando en otro sitio?
Luego en el punto 9, en los requisito establece que le son de aplicación los artículo 8 y 11 de la RDL 11/2023, pero ¿sabéis si se puede le aplican la exclusión del artículo 10 que solo permite la bonificación para contratos con una jornada que no sea inferior al 50 por ciento respecto de la jornada a tiempo completo?
Gracias
Si está trabajando en otro sitio ya no cumple lo que dispone el artículo 11 del RDL 01/2023 que mencionas que le es de aplicación.
 

PEDRO

Miembro conocido
Si está trabajando en otro sitio ya no cumple lo que dispone el artículo 11 del RDL 01/2023 que mencionas que le es de aplicación.
No me "cuadra" lo que me dices, pues el boletín habla de desempleada u ocupada, y si es ocupada, entiendo que se pude contratar en ningún sitio habla de desempleada.
 

PEDRO

Miembro conocido
Formulé la consulta por CASIA, pero como siempre escurrieron el bulto y me dijeron que fuera al SEPE. Así que estuve indagando y encontré este documento con unos criterios del SEPE, pero estoy en las mismas, pues nada dicen si la bonificación se puede aplicar a contrato con una jornada inferior al 50% y a contrataciones de personas que ya estén de alta.
¿Nadie ha tenido un alta de una persona que estuviera trabajando en otro sitio?
 

Archivos adjuntos

  • Criterios_Bonificacion_monitores_entrenadores.pdf
    374,4 KB · Visitas: 4

PEDRO

Miembro conocido
Pedro, sí, se me ha dado el caso y no hemos podido acogernos a bonificación.
Gracias por tu ayuda. Para resumir para acogerse a la bonificación eso de "ocupada" nada de nada, tiene que estar desempleada y se le aplica los límites de exclusión de haber tenido un contrato en otra empresa.
Por cierto, y la bonificación ¿Se puede aplicar a una jornada inferior al 50% o tiene ese límite también?
 

toni

Miembro conocido
Gracias por tu ayuda. Para resumir para acogerse a la bonificación eso de "ocupada" nada de nada, tiene que estar desempleada y se le aplica los límites de exclusión de haber tenido un contrato en otra empresa.
Por cierto, y la bonificación ¿Se puede aplicar a una jornada inferior al 50% o tiene ese límite también?
Pedro, tengo entrenadores al 12,50% y al 30% bonificados sin problema alguno.
 

PEDRO

Miembro conocido
Pedro, tengo entrenadores al 12,50% y al 30% bonificados sin problema alguno.
Gracias Toni. es que esa norma está hecha como todo, mal y aprisa. Te remite al RDL 1/2023, para algunas cosas y otras no, y así ando de despistado.
La verdad que es una faena que una persona que esté trabajando y entrene por las tardes a los chicos, no pueda la empresa bonificar por el, pues es lo mas normal. No es un medio de vida lo de entrenador. Mi hijo trabaja por las mañanas, y como fue jugador de rugby entrena a los pequeños por la tarde, salvo cuando se desplazan que les pagan el bus y la comida, al final le supone a el un gasto, lo hace por le gusta.
Nada cambia
 

MACALENA

Miembro activo
Gracias Toni. es que esa norma está hecha como todo, mal y aprisa. Te remite al RDL 1/2023, para algunas cosas y otras no, y así ando de despistado.
La verdad que es una faena que una persona que esté trabajando y entrene por las tardes a los chicos, no pueda la empresa bonificar por el, pues es lo mas normal. No es un medio de vida lo de entrenador. Mi hijo trabaja por las mañanas, y como fue jugador de rugby entrena a los pequeños por la tarde, salvo cuando se desplazan que les pagan el bus y la comida, al final le supone a el un gasto, lo hace por le gusta.
Nada cambia
Efectivamente, para lo que hay, mejor que no hubieran hecho nada.
 
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