Gracias Marlo.....no doy pa mássss!! no puedo con tanto cambio!!
Tranquilo, "NO DEJAREMOS A NADIE ATRÁS" (entiéndase la ironía).Gracias Marlo.....no doy pa mássss!! no puedo con tanto cambio!!
a mi me desconcierta un poco eso de "el contrato fijo periódico existe" pero ponga usted 300, no sé, ¿esto es algo como metafísico, no? tendré que leerme el estatuto de los trabajadores pensando que es un libro de filosofía
Gracias Toni, además pregunté una duda (pero la publiqué en otro hilo, estoy que ya ni dónde....) yo solo tengo unos 300 de toda la vida y por eso no estaba muy al tanto del tema, pero @MarLo me lo ha aclarado amablemente, y todos mis 2xx son normalitos, no tienen periodos de inactividad asique nada que hacer con ellos. Gracias a los 2.Como digo mas arriba ya se comento en el foro. No recuerdo bien quien puso una nota del SEPE aclarando este tema. Los TP indefinido con fecha cierta (200) por ejemplo profesores de colegios, llegado el fin de curso los poniamos en inactividad 1 y tenian desempleo. Ahora el NOTIRED dice que quien no lo haya hecho ya, que haga los cambios de 200/289 a 300/389 para que puedan acceder al desempleo, pues con la puta reforma al no distinguir entre ciertos e inciertos, los 200 dejaban de acceder al SEPE.
Toni pero esto para que contratos son? Los indefinidos a tiempo parcial normales?Esto ya se comento en el foro que pasaria y algunos/as/es como yo ya hicimos el cambio de contrato hace un par de meses.
Hola Belén,Gracias Toni, además pregunté una duda (pero la publiqué en otro hilo, estoy que ya ni dónde....) yo solo tengo unos 300 de toda la vida y por eso no estaba muy al tanto del tema, pero @MarLo me lo ha aclarado amablemente, y todos mis 2xx son normalitos, no tienen periodos de inactividad asique nada que hacer con ellos. Gracias a los 2.
Si son normales, es decir, no acaban en una fecha (los profesores por ejemplo), no hay que hacer nada.Toni pero esto para que contratos son? Los indefinidos a tiempo parcial normales?
Pedro, esto lo que hace es aquellos 200 que poniamos en inactividad 1 y se iban al paro, a desaparecido, por eso hay que cambiar el codigo de contrato para que puedan acceder al desempleo. Si es un TP normal, que trabaja todo el año no hay que hacer nada.Pero esto va a ser un lío, porque ahora se codifican por igual los TP con fechas ciertas con los FD a tiempo parcial. No entiendo nada.
Exacto, siguen como siempre, estos no tienen ese problema de no poder cobrar el paro en periodos de inactividad porque no los tienen. Yo desde luego después de ver las indicaciones de los compis del foro y leer el aviso del SEPE lo entiendo así y no he hecho nada de nada.Hola Belén,
creo que me sucede como a ti (disculpame porque ando algo perdida con éste tema..) en el caso de tener un contrato a Tiempo Parcial 200 sin periodos de inactividad, no debe de realizarse nada por nuestra parte, ¿Cierto?
Muchas gracias!
A eso me refería, a que ahora todos van en el mismo "saco" ¿donde está diferencia entre aquellos tiempos parciales de temporada y los FD? al fina no se donde está la diferencia.Pedro, esto lo que hace es aquellos 200 que poniamos en inactividad 1 y se iban al paro, a desaparecido, por eso hay que cambiar el codigo de contrato para que puedan acceder al desempleo. Si es un TP normal, que trabaja todo el año no hay que hacer nada.