BOLETÍN RED 14 julio CAMBIO DE CÓDIGOS CONTRATOS FIJOS PERIÓDICOS DE 200 A 300

MarLo

Miembro conocido
a mi me desconcierta un poco eso de "el contrato fijo periódico existe" pero ponga usted 300, no sé, ¿esto es algo como metafísico, no? tendré que leerme el estatuto de los trabajadores pensando que es un libro de filosofía
 

toni

Miembro conocido
Esto ya se comento en el foro que pasaria y algunos/as/es como yo ya hicimos el cambio de contrato hace un par de meses.
 

BELEN

Miembro conocido
Pues no entiendo porqué hay que hacerlo: nos dicen el contrato y sus condiciones no cambia porque se formalizó al amparo de la legislación vigente en su momento y que es realmente es solo un tema de gestión administrativa y para proteger los derechos de desempleo de los trabajadores..... coño pues cambialos tú de manera automática y no me obligues a hacerlo a mi .... que estos contratos nunca han sido FD ni lo van a ser.....me mosquea MUCHO esto.... amén de que tengo mogollón y estoy hasta de chorradas en pleno atasco de trabajo :mad::mad:
 

toni

Miembro conocido
Como digo mas arriba ya se comento en el foro. No recuerdo bien quien puso una nota del SEPE aclarando este tema. Los TP indefinido con fecha cierta (200) por ejemplo profesores de colegios, llegado el fin de curso los poniamos en inactividad 1 y tenian desempleo. Ahora el NOTIRED dice que quien no lo haya hecho ya, que haga los cambios de 200/289 a 300/389 para que puedan acceder al desempleo, pues con la puta reforma al no distinguir entre ciertos e inciertos, los 200 dejaban de acceder al SEPE.
 
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BELEN

Miembro conocido
Como digo mas arriba ya se comento en el foro. No recuerdo bien quien puso una nota del SEPE aclarando este tema. Los TP indefinido con fecha cierta (200) por ejemplo profesores de colegios, llegado el fin de curso los poniamos en inactividad 1 y tenian desempleo. Ahora el NOTIRED dice que quien no lo haya hecho ya, que haga los cambios de 200/289 a 300/389 para que puedan acceder al desempleo, pues con la puta reforma al no distinguir entre ciertos e inciertos, los 200 dejaban de acceder al SEPE.
Gracias Toni, además pregunté una duda (pero la publiqué en otro hilo, estoy que ya ni dónde....) yo solo tengo unos 300 de toda la vida y por eso no estaba muy al tanto del tema, pero @MarLo me lo ha aclarado amablemente, y todos mis 2xx son normalitos, no tienen periodos de inactividad asique nada que hacer con ellos. Gracias a los 2.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Supongo que se han dado cuenta de la magnitud del dislate que habían perpetrado, y se han dado prisa para rectificar, eso sí, señalando que si hay problemas para la prestación de desempleo es por culpa de las empresas.
Pero a fin de cuentas, lo que han hecho es simplemente elevar a normativa publicada lo que ya muchísimos veníamos haciendo: migrar los fijo-periódicos 2xx a los actuales fijo-discontinuos 3xx.

Es que manda huevos (que diría aquel ilustre abogado), que en un Notired de principios de año te digan que NO HAY QUE HACER NADA CON LOS FIJOS PERIÓDICOS EXISTENTES, que a partir del 30 de marzo todos los nuevos fijo-periódicos ya será 3xx (pero de los anteriores 2xx, tranquilo majete, no hagas nada), y que luego salga el SEPE con toda su cachaza y sin despeinarse ni nada diga que los 2xx NO TIENEN DERECHO A PRESTACIÓN.

Y manda huevos lo del SEPE porque este organismo YA SABE CUANTOS contratos 2xx son fijo-periódicos (y no concentrados), pues es un dato (una casillita) que se marcaba al notificar la contratación.

Al final, lo mismo que ya llevamos toda la legislatura, el negociado de un ministerio debe arreglar los desafueros del negociado del otro ministerio. En este caso la TGSS (Escribá) debe ser quien vele por los derechos de los trabajadores frente al SEPE (La Tucán).
 

PEDRO

Miembro conocido
Pero esto va a ser un lío, porque ahora se codifican por igual los TP con fechas ciertas con los FD a tiempo parcial. No entiendo nada.
 

Nereabf

Miembro
Gracias Toni, además pregunté una duda (pero la publiqué en otro hilo, estoy que ya ni dónde....) yo solo tengo unos 300 de toda la vida y por eso no estaba muy al tanto del tema, pero @MarLo me lo ha aclarado amablemente, y todos mis 2xx son normalitos, no tienen periodos de inactividad asique nada que hacer con ellos. Gracias a los 2.
Hola Belén,
creo que me sucede como a ti (disculpame porque ando algo perdida con éste tema..) en el caso de tener un contrato a Tiempo Parcial 200 sin periodos de inactividad, no debe de realizarse nada por nuestra parte, ¿Cierto?
Muchas gracias!
 

toni

Miembro conocido
Pero esto va a ser un lío, porque ahora se codifican por igual los TP con fechas ciertas con los FD a tiempo parcial. No entiendo nada.
Pedro, esto lo que hace es aquellos 200 que poniamos en inactividad 1 y se iban al paro, a desaparecido, por eso hay que cambiar el codigo de contrato para que puedan acceder al desempleo. Si es un TP normal, que trabaja todo el año no hay que hacer nada.
 

BELEN

Miembro conocido
Hola Belén,
creo que me sucede como a ti (disculpame porque ando algo perdida con éste tema..) en el caso de tener un contrato a Tiempo Parcial 200 sin periodos de inactividad, no debe de realizarse nada por nuestra parte, ¿Cierto?
Muchas gracias!
Exacto, siguen como siempre, estos no tienen ese problema de no poder cobrar el paro en periodos de inactividad porque no los tienen. Yo desde luego después de ver las indicaciones de los compis del foro y leer el aviso del SEPE lo entiendo así y no he hecho nada de nada.
 

PEDRO

Miembro conocido
Pedro, esto lo que hace es aquellos 200 que poniamos en inactividad 1 y se iban al paro, a desaparecido, por eso hay que cambiar el codigo de contrato para que puedan acceder al desempleo. Si es un TP normal, que trabaja todo el año no hay que hacer nada.
A eso me refería, a que ahora todos van en el mismo "saco" ¿donde está diferencia entre aquellos tiempos parciales de temporada y los FD? al fina no se donde está la diferencia.
En la reforma quisieron cuadrar el círculo y lo que hace este gobierno, tirase pedos, solo ruido y mal olor.
 
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