Nikki_sp dijo:hoy he estado "bicheando" para hacer alguna prueba.
he cogido un comercio con un unico trabajador en erte de suspension aun y he metido la peculiaridad 58 del 1 al 31 de mayo. Ahi no habia duda. Le he dejado la clave V porque aun sigue con la suspension. He mandado fichero de bases y a esperar.
Luego he cogido otra empresa con un unico trabajador, erte de suspension, que se recupero el 11 de mayo. He intentadononer peculiaridad 58 del 1 al 10 de mayo y 59 del 11 al 31, pero no me dejaba la aplicacion.
Decia que peculiaridad 58 solo se puede poner del 1 al 31, y al intentar poner la peculiaridad 59 el dia 11 me decia la aplicacion que la fecha minima era 13 de mayo.
Asi qur he anotado 59 con fecha 13 de mayo.
He puesto el valor R con fecha 11 de mayo y me lo ha aceptado el sistema.
He mirado el idc y me exoneraba el primer tramo, aunque me decia sin pecularidades en el segundo tramo.
He mandado el fichero de bases y quiero ver la reapueata mañana. (porque deberia exonerar el tramo del 11 al 31).
Cuanfo tenga las.respuestas os comento.
Luego
¿Puede ser que no te exonere el segundo tramo porque detecte que ese CCC solo tenía un trabajador y que lo recuperaste antes del 13 de mayo? Lo que no quitaría que, al haber comunicado la peculiaridad 059, pienso que podrías seguir exonerándote si lo vuelves a afectar, siempre que no se hubiera comunicado la renuncia total del ERTE a la AL, ¿No? si hubieras comunicado la peculiaridad 058 quizás ya no existiría la exoneración si lo vuelves a afectar. No estoy seguro, son meras conjeturas. ¿Qué opináis?