boletin red ya publicado

InmaRase

Miembro activo
Claro es que si la empresa tiene un trabajador finaliza el erte de cajón, pero se hubieran esperado al 13 jolines
 

IRIA80

Miembro
AL1978 dijo:
Nikki_sp dijo:
Entonces mañana se recupera al 100% a un trabajador de una empresa, le ponemos clave R y pasa a estar bonificado en mayo y junio?.

si fuera el único trabajador de la empresa ¿también se hace? O se entiende que ya expira el ERTE y que por tanto ha vuelto a la situación pre-Estado de Alarma.

En mi opinión si no se trata de una salida "eventual" ya has finalizado el ERTE, ergo no hay exención de cotización por ERTE PARCIAL

Entonces, tu crees que no puedes sacar a todos los trabajadores y beneficiarte de las exoneraciones? Yo no lo había entendido así.
 

AL1978

Miembro conocido
IRIA80 dijo:
AL1978 dijo:
Nikki_sp dijo:
Entonces mañana se recupera al 100% a un trabajador de una empresa, le ponemos clave R y pasa a estar bonificado en mayo y junio?.

si fuera el único trabajador de la empresa ¿también se hace? O se entiende que ya expira el ERTE y que por tanto ha vuelto a la situación pre-Estado de Alarma.

En mi opinión si no se trata de una salida "eventual" ya has finalizado el ERTE, ergo no hay exención de cotización por ERTE PARCIAL

Entonces, tu crees que no puedes sacar a todos los trabajadores y beneficiarte de las exoneraciones? Yo no lo había entendido así.

En mi opinión si saco a todos los trabajadores (totalmente) ya no hay ERTE, por lo que no podrás exonerarte de beneficios destinados a ERTES (totales o parciales). Ahora bien si yo tengo un solo trabajador y lo rescato a un 90% de Jornada el ERTE FM no ha muerto, ha mutado a parcial, aplicando las exoneraciones 85-60 o 70-45 según mes.
Todo esto como apunta el maestro Fernando desde el día 13 en adelante.
Salvo mejor opinión

Una paradoja interesante de ERTE VIVO, ERTE MUERTO O ERTE VIVO-MUERTO más conocido como el ERTE de Schrödinger .... otro fin de semana con ulceras y malos sueños
 

LABOR

Miembro activo
LABOR dijo:
Intento explicar un caso concreto mejor:
Empresa de 20 trabajadores- todos suspendidos FM al 100%-
el 10 de Mayo "saca" a 10, uno pasa a trabajar el 100% y el resto el 75 %.
llega el decreto y mi visión del tema:
1.- El uno del 100 % "desaparece" a todos los efectos de exenciones.
2.- los 9 mantienen la exención del 100 % pero solamente sobre el 25 % de la jornada ( el 75 % desaparece)
3.- Los otros 10 trabajadores ( no se han movido) mantienen la exención del 100 % sobre el 100 % de la jornada.
A partir de esa situación y del día de hoy, si uno de los 19 "se mueve":
1.- A los 9 se les empieza a aplicar los porcentajes según el mes únicamente respecto al 25 % de la jornada que mantienen "viva".
2.- A los otros 10, igual respecto a su 100 % de la jornada.
Lo veis así? 

Alguien opina sobre esto? Cada 10 min pienso algo diferente..........
 

IRIA80

Miembro
Menos mal que os tengo a vosotros porque no había entendido eso e imagínate la que podría montar...  Ahora sí lo veo claro. No se cómo agradeceros tanta ayuda  :) :)

AL1978 dijo:
IRIA80 dijo:
AL1978 dijo:
Nikki_sp dijo:
Entonces mañana se recupera al 100% a un trabajador de una empresa, le ponemos clave R y pasa a estar bonificado en mayo y junio?.

si fuera el único trabajador de la empresa ¿también se hace? O se entiende que ya expira el ERTE y que por tanto ha vuelto a la situación pre-Estado de Alarma.

En mi opinión si no se trata de una salida "eventual" ya has finalizado el ERTE, ergo no hay exención de cotización por ERTE PARCIAL

Entonces, tu crees que no puedes sacar a todos los trabajadores y beneficiarte de las exoneraciones? Yo no lo había entendido así.

En mi opinión si saco a todos los trabajadores (totalmente) ya no hay ERTE, por lo que no podrás exonerarte de beneficios destinados a ERTES (totales o parciales). Ahora bien si yo tengo un solo trabajador y lo rescato a un 90% de Jornada el ERTE FM no ha muerto, ha mutado a parcial, aplicando las exoneraciones 85-60 o 70-45 según mes.
Todo esto como apunta el maestro Fernando desde el día 13 en adelante.
Salvo mejor opinión

Una paradoja interesante de ERTE VIVO, ERTE MUERTO O ERTE VIVO-MUERTO más conocido como el ERTE de Schrödinger .... otro fin de semana con ulceras y malos sueños
 

AL1978

Miembro conocido
LABOR dijo:
Intento explicar un caso concreto mejor:
Empresa de 20 trabajadores- todos suspendidos FM al 100%-
el 10 de Mayo "saca" a 10, uno pasa a trabajar el 100% y el resto el 75 %.
llega el decreto y mi visión del tema:
1.- El uno del 100 % "desaparece" a todos los efectos de exenciones.
2.- los 9 mantienen la exención del 100 % pero solamente sobre el 25 % de la jornada ( el 75 % desaparece)
3.- Los otros 10 trabajadores ( no se han movido) mantienen la exención del 100 % sobre el 100 % de la jornada.
A partir de esa situación y del día de hoy, si uno de los 19 "se mueve":
1.- A los 9 se les empieza a aplicar los porcentajes según el mes únicamente respecto al 25 % de la jornada que mantienen "viva".
2.- A los otros 10, igual respecto a su 100 % de la jornada.



Lo veis así? 



Hostias, me he tenido que hacer hasta un esquema en papel.... a ver si te sigo

PREMISA 1. El día 10/05 tengo estoy en ERTE con reincorporaciones parciales de plantilla (1 a 100% + 9 al 75%) con  las exoneraciones que has marcado salvo el de 100%
PREMISA 2. RDL 18/2020 13 MAYO... ¿y AHORA QUÉ?

En mi opinión  es que has pasado a un ERTE PARCIAL conforme art 1.2 del RDL y se aplicarán a las exenciones marcadas a toda la plantilla en las diferentes situaciones (1 a 100% +9 a 75%+ 10 sin reincorporarse) pero muy importante como señala Fernando desde el día 13/05/2020. Cualquier otra cosa sería un frankestein en toda regla
Evidentemente cualquier variación sobre la plantilla a partir de hoy se regirá por las normas actuales

Los siltras de mayo van a ser divertidos de verdad
 

Argi

Miembro conocido
AL1978 dijo:
IRIA80 dijo:
AL1978 dijo:
Nikki_sp dijo:
Entonces mañana se recupera al 100% a un trabajador de una empresa, le ponemos clave R y pasa a estar bonificado en mayo y junio?.

si fuera el único trabajador de la empresa ¿también se hace? O se entiende que ya expira el ERTE y que por tanto ha vuelto a la situación pre-Estado de Alarma.

En mi opinión si no se trata de una salida "eventual" ya has finalizado el ERTE, ergo no hay exención de cotización por ERTE PARCIAL

Entonces, tu crees que no puedes sacar a todos los trabajadores y beneficiarte de las exoneraciones? Yo no lo había entendido así.

En mi opinión si saco a todos los trabajadores (totalmente) ya no hay ERTE, por lo que no podrás exonerarte de beneficios destinados a ERTES (totales o parciales). Ahora bien si yo tengo un solo trabajador y lo rescato a un 90% de Jornada el ERTE FM no ha muerto, ha mutado a parcial, aplicando las exoneraciones 85-60 o 70-45 según mes.
Todo esto como apunta el maestro Fernando desde el día 13 en adelante.
Salvo mejor opinión

Una paradoja interesante de ERTE VIVO, ERTE MUERTO O ERTE VIVO-MUERTO más conocido como el ERTE de Schrödinger .... otro fin de semana con ulceras y malos sueños

Yo creo que no es así. El Goberno vasco ha sacado una circular al respecto donde se dice:
"Hay que tener en cuenta que desafectar a la totalidad de la plantilla del ERTE no significa que la empresa haya renunciado al mismo, que seguirá vigente siempre que se mantenga la situación extraordinaria derivada del COVID-19."
 

AL1978

Miembro conocido
Argi dijo:
AL1978 dijo:
IRIA80 dijo:
AL1978 dijo:
Nikki_sp dijo:
Entonces mañana se recupera al 100% a un trabajador de una empresa, le ponemos clave R y pasa a estar bonificado en mayo y junio?.

si fuera el único trabajador de la empresa ¿también se hace? O se entiende que ya expira el ERTE y que por tanto ha vuelto a la situación pre-Estado de Alarma.

En mi opinión si no se trata de una salida "eventual" ya has finalizado el ERTE, ergo no hay exención de cotización por ERTE PARCIAL

Entonces, tu crees que no puedes sacar a todos los trabajadores y beneficiarte de las exoneraciones? Yo no lo había entendido así.

En mi opinión si saco a todos los trabajadores (totalmente) ya no hay ERTE, por lo que no podrás exonerarte de beneficios destinados a ERTES (totales o parciales). Ahora bien si yo tengo un solo trabajador y lo rescato a un 90% de Jornada el ERTE FM no ha muerto, ha mutado a parcial, aplicando las exoneraciones 85-60 o 70-45 según mes.
Todo esto como apunta el maestro Fernando desde el día 13 en adelante.
Salvo mejor opinión

Una paradoja interesante de ERTE VIVO, ERTE MUERTO O ERTE VIVO-MUERTO más conocido como el ERTE de Schrödinger .... otro fin de semana con ulceras y malos sueños

Yo creo que no es así. El Goberno vasco ha sacado una circular al respecto donde se dice:
"Hay que tener en cuenta que desafectar a la totalidad de la plantilla del ERTE no significa que la empresa haya renunciado al mismo, que seguirá vigente siempre que se mantenga la situación extraordinaria derivada del COVID-19."

Ojalá, tendremos que esperar ayer el Gobierno de la Rioja estimaba que si sacabas todos sin alegar causa de eventualidad de salida lo consideraban finalizado.......

Yo ya no digo nada
 

Juani

Miembro
Una pregunta (quizá tonta, pero ya no sé qué pensar): 1 empresa con 10 trabajadores todos afectados por suspensión y/o reducción:

Si hasta el día 1 de junio no modifico la situación de suspensión/reducción como me dice el empresario, los periodos de mayo serían del 1 al 13 como hasta ahora, y del 13 al 31 FM parcial teniendo que hacer la declaración responsable pero sin modificar V ni W???

Me encanta el comentario de AL1978 sobre la diversión de los siltra de mayo  ;D ;D
 

Nikki_sp

Miembro conocido
Entonces en mi ejemplo de un único trabajador en una empresa, lo optimo seria recuperarlo al 90% de jornada y asi reanuda actividad y se beneficia de bonificación.

¿lo veis vosotros?
 

Argi

Miembro conocido
NOEMI dijo:
Argi, ¿tienes la circular del Gobierno Vasco?

Sí, pesa mucho y no me deja colgarla en el foro.

Te paso el enlace. Es la cuarta circular

https://www.euskadi.eus/comunicacion/expedientes-de-regulacion-de-empleo/web01-tramite/es/
 

LABOR

Miembro activo
Mi interpretación de este asunto es diferente; yo creo que no se está  refiriendo a ninguna exención ( de hecho al gobierno vasco le da igual ) si no a la posibilidad de vuelta al ERTE - una vez ya no hay trabajadores- si vuelven las circunstancias que lo motivaron..... 
 

PEDRO

Miembro conocido
Lo dicho por el Gobierno Vasco tiene sentido, para que finalice un ERTE el propio RD ley 18/2020 lo dice, tienes que renunciar expresamente así que si desafectas uno o todos no significa que renuncies al mismo.
Entonces, y perdón por la expresión, jodidas están las empresas con un solo empleado, quedaría todas sin exenciones.
 

AL1978

Miembro conocido
PEDRO dijo:
Lo dicho por el Gobierno Vasco tiene sentido, para que finalice un ERTE el propio RD ley 18/2020 lo dice, tienes que renunciar expresamente así que si desafectas uno o todos no significa que renuncies al mismo.
Entonces, y perdón por la expresión, jodidas están las empresas con un solo empleado, quedaría todas sin exenciones.

Si estamos de de acuerdo pero esa no es la cuestión, el asunto es como se va a interpretar si has reincorporado (totalmente) a todos los trabajadores. La no comunicación de renuncia no desvirtúa la realidad. Y por otro lado en el mismo RD ART 4. 4 "A efectos del control de estas exoneraciones de cuotas, será suficiente la verificación de que el Servicio Público de Empleo Estatal proceda al reconocimiento de la correspondiente prestación por desempleo por el período de que se trate."
Si hemos reincoporado a los trabajadores (100%) y hemos comunicado el SEPE como procede la paralización de la prestaciones desde  "X" no habrá esa correspondencia de prestación....

 

InmaRase

Miembro activo
Y estoy pensando, si yo he incorporado a alguien de un ERTE, pongamos empresa de 4 trabajadores, he incoporado 2 el 11 de Mayo y otros dos siguen suspendidos.

Yo el día 11 quité la inactividad V, no puedo poner a partir del dia 13 la R? de reincorporación? Y vale el 11 y 12 no me exonero, pero a partir del 13 si

 

Nikki_sp

Miembro conocido
PEDRO dijo:
Lo dicho por el Gobierno Vasco tiene sentido, para que finalice un ERTE el propio RD ley 18/2020 lo dice, tienes que renunciar expresamente así que si desafectas uno o todos no significa que renuncies al mismo.
Entonces, y perdón por la expresión, jodidas están las empresas con un solo empleado, quedaría todas sin exenciones.

Yo he dicho antes que lo recuperes al 90% y te mantienes con bonificacion
 

AL1978

Miembro conocido
Nikki_sp dijo:
PEDRO dijo:
Lo dicho por el Gobierno Vasco tiene sentido, para que finalice un ERTE el propio RD ley 18/2020 lo dice, tienes que renunciar expresamente así que si desafectas uno o todos no significa que renuncies al mismo.
Entonces, y perdón por la expresión, jodidas están las empresas con un solo empleado, quedaría todas sin exenciones.

Yo he dicho antes que lo recuperes al 90% y te mantienes con bonificacion

Yo haría lo mismo
 
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