BORRADOR JORNADA Y REGISTRO

toni

Miembro conocido
Ahora va directo a la consulta publica previa.

A finales de febrero o principios de marzo ira al congreso.

Hasta entonces, tienen que tener contento al Pugi para que no lo tumbe.

A tener en cuenta la Disposición transitoria segunda.

En fin, un dia menos...
 

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  • ACUERDO_SOCIAL_REDUCCION_JORNADA_ANEXO_20dic2024.pdf-1.pdf
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doole

Miembro
gracias Toni " el registro deberá ser accesible de forma remota para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la representación de las personas trabajadoras" esto me flipa,......me imagino la tipica empresa superblindada en ciberseguidad , cortafuegos etc y el inspector requiriendo conectarse con el teamviewer
 

Caslaboral

Miembro conocido
gracias Toni " el registro deberá ser accesible de forma remota para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la representación de las personas trabajadoras" esto me flipa,......me imagino la tipica empresa superblindada en ciberseguidad , cortafuegos etc y el inspector requiriendo conectarse con el teamviewer
no hombre, esto estara almacenado en el servidor de la empresa proveedora del software y ya se o montaran ellos para cumplir con esto... (a un suculento precio ehehehe porque esto barato no sera.)
 

JJSEAL

Nuevo miembro
Buenos días, gracias por la información.
Por mucho que uno lee sobre el tema, aparte de ver como filosofan más de uno, pocos aterrizan a decir cómo será esto de cara a las actuales horas anuales que tienen los muy diversos convenios, se limitan a decir por Negociación Colectiva se llevará acabo, sí, muy bien, pero cómo van a quedar esas horas anuales en los convenios¿?, que regla se utilizará para es cálculo... no sé.. alguien lo tiene claro...
 

reb

Miembro conocido
Osea que un señor de 63 años que trabaja en un kiosko pequeñito va a tener que implementar otro sistema para poder fichar en una aplicación para que la inspección lo vea?
que basura de gobierno dios santo
para estas chuminadas si queremos tecnología, para otras cosas no
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Buenos días, gracias por la información.
Por mucho que uno lee sobre el tema, aparte de ver como filosofan más de uno, pocos aterrizan a decir cómo será esto de cara a las actuales horas anuales que tienen los muy diversos convenios, se limitan a decir por Negociación Colectiva se llevará acabo, sí, muy bien, pero cómo van a quedar esas horas anuales en los convenios¿?, que regla se utilizará para es cálculo... no sé.. alguien lo tiene claro...
Temo que no lo tienen claro ni ellos (los del Gobierno).
En cualquier caso, cuando el ET fijó la jornada de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual, nunca ha fijado los criterios de cálculo para determinar a cuántas horas anuales equivale. Eso ha sido cosa de nuestros tribunales y del TS en concreto. Vamos a ver...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Osea que un señor de 63 años que trabaja en un kiosko pequeñito va a tener que implementar otro sistema para poder fichar en una aplicación para que la inspección lo vea?
que basura de gobierno dios santo
para estas chuminadas si queremos tecnología, para otras cosas no
Si es autónomo y solo trabaja él, no, pero como tenga un empleado, pues parece que sí.
Se nota que los que tienen estas ocurrencias no han contratado a nadie en su vida.
 

Wastual

Miembro
Hola compañeros, desde luego, para ser el reformar la jornada del ET, hay un aspecto (quizás fundamental...) de técnica legislativa que veo que no veo que está bien resuelto (aunque llevamos 40 años así...):

¿Tan complicado sería determinar legislativamente la equivalencia anual del máximo semanal para no discutir más sobre este aspecto? Hay convenios en los que la jornada anual es bastante diferente (casi una semana menos de trabajo...) y en ambos establecen que corresponden al máximo actual... De igual forma, hay convenios (muy finamente hilados por las organizaciones patronales anticipándose a la reforma) que establecen que la jornada ahora vigente corresponden a una semanal de (oh, casualidad) 37,5h (p.ej.: el del comercio vario de la CM), pero sigue habiendo disparidad: otros con equivalencias semanales superiores tienen una inferior anual.

Asimismo no vendría mal un mejor redactado que aclare mejor "el mantenimiento de los sueldos actuales" a pesar de la reducción del tiempo de trabajo, contenido en la DA3ª.
 

toni

Miembro conocido
Yo de momento como aun esta en el primer tramite, no me caliento. Cuando pase al congreso y los de Junts den el visto bueno, ya veremos como se articula, aun faltan las enmiendas y toda esa burocracia...
 

toni

Miembro conocido
- Reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales y plazo de adaptación. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo pasará de 40 horas semanales a 37,5 horas de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Dado que la duración de la jornada es la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo será necesaria la adaptación de los distintos convenios para conocer la aplicación práctica en cada actividad.

Las comisiones negociadoras de los convenios colectivos tendrán un plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptar sus regulaciones y asegurar el cumplimiento de la nueva norma.

Esta modificación supondrá que los contratos a tiempo parcial con una jornada igual o superior a 37,5 horas semanales de promedio se convertirá en contratos de trabajo a tiempo completo a partir de la aplicación de la nueva jornada legal. En el caso de las contrataciones a tiempo parcial inferiores a las 37,5 horas semanales, así como los trabajadores con jornada reducida, tendremos que esperar para conocer como les afectará la futura norma.

- Registro horario digital y nuevo régimen sancionador para quienes lo incumplan. El anteproyecto incluye un registro horario más estricto y su incumplimiento en los supuestos de ausencia de registro o falseamiento de los datos registrados se sancionará con las siguientes multas:

En su grado mínimo, de 1.000 a 2.000 euros.
En su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros.
En su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros.

La norma fijará las condiciones para eliminar el registro horario en papel y adoptar un sistema digital de registro de horario que sea accesible tanto para empleados como para la Inspección de Trabajo y sindicatos.

- Nuevo derecho a la desconexión digital. Todas las modificaciones previstas supondrán la nueva regulación del derecho a la desconexión digital de las personas trabajadoras.


Este ultimo punto tendre que hablarlo muy seriamente con mis jefas...:unsure:
 
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