Hago la pregunta en el buzón de la Seguridad Social:
Criterio de la TGSS para mantenimiento de empleo-
Los trabajadores en situación de jubilación parcial en la empresa, Qué consideración tienen a efectos del mantenimiento del nivel de empleo:
1- Temporales (por el mero hecho de hacer el mc, cod.540 para los trámites administrativos)
2- Indefinidos (ya que ese era su contrato en la empresa y lo sigue siendo a efectos reales y doctrinales, y la normativa indica que hay que respetar las mismas condiciones laborales antigüedad, etc.
Respuesta de la Seguridad Social
BUZON CONSULTAS SEG SOCIAL <consultas@seg-social.es>
mar 30 a las 8:11 PM
Los trabajadores con contratos de duración determinad a tiempo parcial para
jubilados parciales tienen el carácter de temporal. Gracias por utilizar este
servicio.
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nueva consulta a través del buzón de la página web, indicando el nº asignado a
la respuesta.
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Como os quedáis.... flipando no, pues eso, a recurrir. Animo.
Un saludo