calculitos

Nana

Miembro conocido
Buenos días pequeños arcoíris de mi vida tenebrosa

Duda con el calculo salarial de una empleada de hogar (os he dicho que odio este régimen?? 😁)

Va a trabajar 16 horas semanales, ¿Cuál sería el calculo correcto?

A) (16 Horas x 52 semanas x 7.82€hora)/12 meses= 542.19€

B) 16 horas x 4 semanas x 7.82€ hora= 500.48

C) 1160.70 * 40% (16 horas semanales es el 40% de la jornada) = 464.28

ODIO este régimen, cada vez que tengo estas dudas el unicornio se pone en blanco y negro jajajaa

GRACIAS
 

Darmody

Miembro activo
Hola Nana, de la pagina del ministerio:

¿Cómo hay que calcular las retribuciones del trabajador según cómo se haya pactado la jornada de trabajo?
  • Trabajo a jornada completa o a tiempo parcial: el salario a garantizar y por tanto el salario mínimo aplicable será el SMI fijado anualmente por el Gobierno en cómputo anual (en 2022 este salario es de 1.000 euros/mes, cuantía que, multiplicada por 14 -esto es, 12 meses más 2 pagas extraordinarias- asciende a 14.000 euros/año). Si el salario se fija por días, no podrá ser inferior a 33,33 euros/día (no está incluida la parte proporcional de los domingos y festivos). Dichas cuantías serán proporcionales en el supuesto de jornada a tiempo parcial.
  • Trabajo por horas en régimen externo: el salario mínimo en esta actividad se fija para 2022 en 7,82 euros/hora y en el mismo se incluye la parte proporcional de domingos y festivos, pagas extraordinarias y vacaciones.

Yo cuando son empleadas de hogar con contrato indefinido tiro por SMI a proporción de la jornada. Pienso que es el correcto, así que te diría la C.
 

toni

Miembro conocido
Buenos días pequeños arcoíris de mi vida tenebrosa

Duda con el calculo salarial de una empleada de hogar (os he dicho que odio este régimen?? 😁)

Va a trabajar 16 horas semanales, ¿Cuál sería el calculo correcto?

A) (16 Horas x 52 semanas x 7.82€hora)/12 meses= 542.19€

B) 16 horas x 4 semanas x 7.82€ hora= 500.48

C) 1160.70 * 40% (16 horas semanales es el 40% de la jornada) = 464.28

ODIO este régimen, cada vez que tengo estas dudas el unicornio se pone en blanco y negro jajajaa

GRACIAS
Yo me quedo con la B y me explico, la SS calcula el mes a cuatro semanas (no se complica la vida), por lo tanto, 16 horas x 4 semanas = 64 horas, por 7,82 = 500,48.

EDITO: YO LO ODIO MAS QUE TU...:cautious:
 

Darmody

Miembro activo
Toni, pero en esa opción estarías pagando la hora a 7,82 euros, incluyendo vacaciones, descansos y p. extras.
 

PEDRO

Miembro conocido
Nana, a ver si te aclara algo esta hora informativa publicada por la TGSS.
 

Archivos adjuntos

  • Hoja Informativa RED HOGAR.pdf
    242,4 KB · Visitas: 69

Cachilipox

Miembro conocido
Toni, pero en esa opción estarías pagando la hora a 7,82 euros, incluyendo vacaciones, descansos y p. extras.
Yo también optaría por la fórmula B.
Así, cotizas por 48 semanas, y no cotizas por tanto, por 4 (año = 52 semanas).

Esas 4 semanas de "no cotización" es el equivalente a efectos prácticos al periodo de vacaciones no retribuidas, pues ya fueron retribuidas en el precio/hora.
 

MiriamSR

Miembro conocido
Llego un poco tarde! Pero para mi la C). Si el contrato es a tiempo parcial y retribución mensual, la retribución será el equivalente al SMI mensual incrementado con la parte proporcional PPEE. Y en los contratos tiempo parcial en régimen externo por horas, si que se calcularía 7,82 x horas (retribuyendo aquí vacaciones, festivos...)

Aquí se habló:

 

Pau2801

Miembro activo
Mi opinión


Va a trabajar 16 horas semanales, ¿Cuál sería el calculo correcto?

Dependerá del acuerdo salarial realizado en el contrato :
A) Salario mensual + dos pagas extras + un mes de vacaciones disfrutadas.
Salario mensual , 1.000 x 40% = 400 euros/ mes x 11 meses trabajados al año = 4.400,00
Pagas extras 400 euros x 2 pagas extras año = 800,00
Salario mes en el que se disfruta de vacaciones y no se trabaja = 400,00

TOTAL AÑO ......14.00O X 40% ....................................................................................................... = 5.600,00


B) Salario hora , incluidas pagas extras , festivos y vacaciones .



16 horas x 4 semanas x 7,82 € hora= 500,48 al mes x 12 meses aprox = 6.000, 00 ( salario de 12 meses 5.600+ 400,00 de 1 mes de vacc no disfrutadas)


Igual trabajo igual salario

Salvo mejor opinión.
 
Última edición:

GARCIA78

Miembro activo
Mi opinión:



Trabajar 16 horas semanales:

16 horas x 4 semanas x 7,82 € hora= 500,48 € al mes

500,48 x 11 meses = 5.505,28 € al año



El salario mínimo de los empleados de hogar familiar que trabajen por horas, en régimen externo, será de 7,82 euros por hora efectivamente trabajada.

En dicho importe está incluida la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias y vacaciones.



Por tanto, 11 pagas de 500,48 al año pues estas incluyen las pagas extras e incluso las vacaciones.
 

Pau2801

Miembro activo
Entiendo que en el ejemplo descrito por GARCIA 78 , la empleada del hogar SOLO TRABAJARÁ 11 MESES AL AÑO.
Esto es, un mes al año no trabajará , por lo que NO cobrará NI cotizara , Baja voluntaria y ALTA DE NUEVO al finalizar el mes (12 ) de AUSENCIA .

Salvo mejor opinión.
 

PEDRO

Miembro conocido
No entend
Hola,

Veo que el hilo de nuevo se ha abierto y me gustaría dar una pincelada al respecto:

Si una Empleada de Hogar trabaja mas de 120 días al año o menos de 3 días a la semana, el Empleador está obligado a hacerle un contrato por jornada. No se puede hacer un contrato por horas.

La S.Social te hace un llamamiento para que corrigas, tanto el contrato, como los datos que le has pasado.
En una de los pasos que se debe hacer a la hora de dar de alta a una EH te preguntan lo siguiente: " ¿Las vacaciones de la Empleada están incluidas en el sueldo o se pagan aparte?". Lógicamente, el que tiene una Empleada contratada por horas contesta que están incluidas en el sueldo. Y es entonces cuando la S.Social pone el reloj en marcha para saber si te pasas de esos 120 dias o está contigo más de 3 días a la semana. Lo calcula y... "Te pillé, Gotcha!

Saludos.
Hola Africallora, no se si entendí tu mensaje, ¿Puedes aclarar un poco mas eso de incluir las vacaciones en el sueldo...? Cuando hablas de formular un contrato por jornada ¿a que te refieres a la cotización? porque contrato tienen que tenerlo todos los EH. Yo con carácter general el EH que trabaja con carácter ordinario sea a tiempo completo o T. parcial prestando servicios a la semana de manera regular el salario le aplico el SMI al mes o la parte proporcional a la horas, vamos como un trabajador de régimen general.
 

PEDRO

Miembro conocido
Esta mas que claro y yo lo estoy haciendo así con la gente que tengo.
Únicamente en tu exposición indicas "contratación es de más de 120 días al año o menos de 3 días a la semana" no sería "mas de 3 días a la semana?. Y esos 3 días, entiendo que serían de trabajo con independencia que trabajes una u ocho horas.
Voy al ejemplo , yo tengo dos empleadas que trabajan 3 horas un lunes, miércoles y jueves, por lo tanto son lo que llaman régimen interno en la TGSS o tu jornada pues sería mas al año mas de 120 días.
GRACIAS
 
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