Buenas tardes compañeros:
Me llega el caso siguiente y me han surgido las dudas.
Carta de despido enviada por burofax reconociendo la improcedencia y cuantifican la indemnización (unos 4800 Euros). En el finiquito la empresa le aplica un 29% de retención de irpf sobre los 4800 Euros. El trabajador firma el finiquito y la empresa le hace la transferencia del neto.
Las dudas son:
1- Que tipo de reclamación (por despido o por cantidad) se plantea al SMAC para que quede exenta la indemnización en su totalidad y la empresa le abone lo retenido por irpf? En que términos?
2-Creéis que habría algún problema con la AEAT si ya la empresa en la propia carta de despido ha reconocido la improcedencia y se ha abonado la indemnización (una vez quitado el IRPF) , al ser el reconocimiento antes de la conciliación en SMAC
Gracias por la ayuda compañeros porque me quede en blanco
Me llega el caso siguiente y me han surgido las dudas.
Carta de despido enviada por burofax reconociendo la improcedencia y cuantifican la indemnización (unos 4800 Euros). En el finiquito la empresa le aplica un 29% de retención de irpf sobre los 4800 Euros. El trabajador firma el finiquito y la empresa le hace la transferencia del neto.
Las dudas son:
1- Que tipo de reclamación (por despido o por cantidad) se plantea al SMAC para que quede exenta la indemnización en su totalidad y la empresa le abone lo retenido por irpf? En que términos?
2-Creéis que habría algún problema con la AEAT si ya la empresa en la propia carta de despido ha reconocido la improcedencia y se ha abonado la indemnización (una vez quitado el IRPF) , al ser el reconocimiento antes de la conciliación en SMAC
Gracias por la ayuda compañeros porque me quede en blanco