Un poco al hilo de todo esto, en cuanto a los rendimientos de los autónomos, en el curso que hice que os he comentado, el profesor dijo que había que comunicar los rendimientos netos de los autónomos antes del 31 de octubre. Yo tenía entendido que lo que hay que cambiar es la base de cotización a través del apartado "cambio de base de cotización", no se si tengo que comunicar algo más en otro sitio. Entiendo que si tengo un autónomo que desde el año pasado su base de cotización entra dentro del tramo correspondiente por los rendimientos netos, no tengo que comunicar nada no? O si?