Comunicar datos de empresas sin CCC

Cachilipox

Miembro conocido
Al respecto, el BNR 01/2023 dice:

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Y claro, en el ISoc se deben facilitar toda una serie de datos respecto de administradores, directivos, participaciones de socios con el 5 % o más....

O sea, como las regularizaciones dependerán de los datos que la AEAT comunique a la TGSS, y la AEAT no solo dispone de datos "en bruto", sino suficientes evidencias como para estimar quien es RETA PF y quien es RETA societario, así lo comunicarán.
Y si llega una comunicación de datos de un supuesto RETA societario que no conste en la TGSS como tal, sino meramente como un profesional personal (o no encuadrado), pues habrá lio.

Los que lleven contabilidad de sociedades (Acta de titularidades reales), y fiscalidad de sociedades (relación de administradores y de participaciones significativas del ISoc), son los que deberían facilitar los datos de las personas físicas que pudiesen estar afectadas por el asunto.

A partir de ahí, revisar si se dan los supuestos de inclusión en RETA por desarrollo de actividad económica mediante sociedad, y en el caso, hacer lo del NET, fichero de empresas y fichero de personas vinculadas.

Si una sociedad con actividad económica no tuviese a nadie por cuenta ajena, ni ninguno de los socios cumpliese criterio de inclusión, entiendo que no se incumpliría nada si no se hace ninguna comunicación.
Aunque a veces, para evitar "presunciones maliciosas", quizás es más prudente la transparencia.
 

PEDRO

Miembro conocido
A si a alguno se le ha dado el caso y me echa una mano. Tengo una sociedad donde tengo que dar de alta en el RETA a una persona, no tiene trabajadores por cuenta ajena desde enero del 2019 por lo que entiendo que el procedimiento para el NET será a través mediante solicitud a través de CASIA.
 

carloslugo

Miembro activo
Entro en MODIFICACION DE EMPRESAS para dar los datos de una CB con actividad mercantil y con CCC , ahora mismo sin trabajadores y me da un error cuando le informo el CIF de la empresa ..me pone: 3387 Usuario no autorizado ... alguien sabe de que va esto ... la empresa la tengo asignada en el RED y no se de que va el error ....
Gracias de antemano y un saludo
 

carloslugo

Miembro activo
Es un CIF que empieza por E de una Comunidad de Bienes que tiene actividad mercantil ...... el cif yo creo que tiene clave 9 de sociedades .... pero no lo se .... eso donde se puede mirar......
 

toni

Miembro conocido
Es un CIF que empieza por E de una Comunidad de Bienes que tiene actividad mercantil ...... el cif yo creo que tiene clave 9 de sociedades .... pero no lo se .... eso donde se puede mirar......
En estos casos al no tener trabajadores tienes que entrar por ALTAS DE EMPRESA, no por MODIFICACIONES.
 

carloslugo

Miembro activo
gracias toni ... lo sospechaba ..... pero ya les vale podían poner las cosas un poco mas claras ...esto es para sabidos .....
 

PEDRO

Miembro conocido
Esta en el NOTIRED 2/2023...;)
No me entero y eso que miré le Notired 1 y 2, yo entendía que las empresas sin CCC tenía que pedir por CASIA el NET que ALTAS DE EMPRESAS era para aquellas que solicitaban un CCC y eran de nueva creación.
Entonces si tengo una sociedad con dos autónomos en la que haya que modificar datos de la misma o de los socios ¿tengo que ir por alta de empresas?
me pierdo
 

toni

Miembro conocido
No me entero y eso que miré le Notired 1 y 2, yo entendía que las empresas sin CCC tenía que pedir por CASIA el NET que ALTAS DE EMPRESAS era para aquellas que solicitaban un CCC y eran de nueva creación.
Entonces si tengo una sociedad con dos autónomos en la que haya que modificar datos de la misma o de los socios ¿tengo que ir por alta de empresas?
me pierdo

Si la empresa la tienes autorizada "pero no tiene trabajadores", vas por ALTA DE EMPRESA.

Si no la tienes autorizada, para el NET por CASIA una vez tramites el alta RETA. (NOTIRED 1/2023)
 

PEDRO

Miembro conocido
No me entero y perdona:
- Si no tengo CCC ¿como me la autorizan ? ¿que lo pido por CASIA?
- Dices que una vez tramite el alta RETA , pero si el NOTIRED dice que para el alta de los autonomos tienes que tener el NET primero.
Si la empresa no va a tener que dar de alta a trabajadores por cuenta ajena o asimilados y, por lo tanto, no necesita la asignación de un CCC, pero existen personas que realizan algún tipo de actividad en la empresa por la que deban figurar de alta como trabajadores por cuenta propia o autónomos, se deberá igualmente crear el registro de la empresa.
Próximamente, para poder dar de alta a dichos trabajadores en el Régimen Especial de la Seguridad Social para Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial del Mar se exigirá que previamente figure tal empresa registrada en la BASE DE DATOS DE EMPRESA, por el momento no se pedirá el registro previo en la BASE DE DATOS DE EMPRESA. De esta inscripción previa se informará más adelante

NO ME ENTERO DE NADA, en las que tienen CCC como entras no hay problema pero en las otras no me aclaro.
 

toni

Miembro conocido
No me entero y perdona:
- Si no tengo CCC ¿como me la autorizan ? ¿que lo pido por CASIA?
- Dices que una vez tramite el alta RETA , pero si el NOTIRED dice que para el alta de los autonomos tienes que tener el NET primero.
Si la empresa no va a tener que dar de alta a trabajadores por cuenta ajena o asimilados y, por lo tanto, no necesita la asignación de un CCC, pero existen personas que realizan algún tipo de actividad en la empresa por la que deban figurar de alta como trabajadores por cuenta propia o autónomos, se deberá igualmente crear el registro de la empresa.
Próximamente, para poder dar de alta a dichos trabajadores en el Régimen Especial de la Seguridad Social para Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial del Mar se exigirá que previamente figure tal empresa registrada en la BASE DE DATOS DE EMPRESA, por el momento no se pedirá el registro previo en la BASE DE DATOS DE EMPRESA. De esta inscripción previa se informará más adelante

NO ME ENTERO DE NADA, en las que tienen CCC como entras no hay problema pero en las otras no me aclaro.
Es facil Pedro. Tienes un sociedad sin trabajadores pero con 2 retas por ejemplo. Logicamente al no tener trabajadores no te la puedes autorizar, PERO SI TE PUEDES AUTORIZAR A LOS RETAS...
Entonces, a partir de ahi un CASIA para que creen la base de datos de la sociedad y las personas vinculadas....

Mira la pagina 16 del 1/2023.
 
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PEDRO

Miembro conocido
Voy a releer otra vez el boletín porque tengo un poco de lío con una sociedad la cual el Autónomo falleció en julio. Cursamos la baja de el y de la actividad de la sociedad pero resulta que en octubre tuvimos que dar de alta la sociedad otra vez porque estaban con la declaración de herederos y había comisiones que se seguían liquidando, y claro había que declararlas
Al grano, ahora ya se finalizado la herencia y se ha nombrado administradora a la mujer, pues como dije el administrador había fallecido, y claro ahora la vamos a dar de alta y temo que cuando envié todo para el dichoso NET para poder darla de alta me pidan el IAE y me llegue una inspección preguntando por quien dirigía la sociedad desde julio hasta ahora.
Un lío vamos, y no quería que saltase la liebre.
 
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