Al respecto, el BNR 01/2023 dice:
Y claro, en el ISoc se deben facilitar toda una serie de datos respecto de administradores, directivos, participaciones de socios con el 5 % o más....
O sea, como las regularizaciones dependerán de los datos que la AEAT comunique a la TGSS, y la AEAT no solo dispone de datos "en bruto", sino suficientes evidencias como para estimar quien es RETA PF y quien es RETA societario, así lo comunicarán.
Y si llega una comunicación de datos de un supuesto RETA societario que no conste en la TGSS como tal, sino meramente como un profesional personal (o no encuadrado), pues habrá lio.
Los que lleven contabilidad de sociedades (Acta de titularidades reales), y fiscalidad de sociedades (relación de administradores y de participaciones significativas del ISoc), son los que deberían facilitar los datos de las personas físicas que pudiesen estar afectadas por el asunto.
A partir de ahí, revisar si se dan los supuestos de inclusión en RETA por desarrollo de actividad económica mediante sociedad, y en el caso, hacer lo del NET, fichero de empresas y fichero de personas vinculadas.
Si una sociedad con actividad económica no tuviese a nadie por cuenta ajena, ni ninguno de los socios cumpliese criterio de inclusión, entiendo que no se incumpliría nada si no se hace ninguna comunicación.
Aunque a veces, para evitar "presunciones maliciosas", quizás es más prudente la transparencia.