Correo TGSS sobre los CRA

toni

Miembro conocido
Datos del procedimiento
Envío de ficheros CRA (Conceptos Retributivos Abonados)
Normativa aplicable
Art. 147.3 del Texto Refundido de la Ley General Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015.
Plazo para cumplimiento
Hasta el penúltimo día de cada mes.
Incumplimiento
Infracción grave. Art. 22.1 LISOS, aprobada por el Real Decreto Legislativo 5/2020. Comunicación a Inspección de Trabajo y Seguridad Social.


Buenos días.

En relación con el procedimiento más arriba identificado se le informa lo siguiente:

  1. Recibe esta comunicación, como autorizado al Sistema RED, por el nuevo establecimiento del objetivo de comunicación de los conceptos retributivos abonados (CRA) que despliega TGSS, en colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).

  1. Se le recuerda que la obligación de envío en el plazo finaliza el penúltimo día de cada mes, si bien, se recomienda se realice lo antes posible, sin necesidad de esperar a la presentación de las liquidaciones de cuotas de la Seguridad Social bajo el Sistema de Liquidación Directa -SLD o RED Directo-.
En el futuro se requerirá la previa comunicación de los ficheros CRA para, a partir de los mismos, efectuar los cálculos de las liquidaciones de cuotas. En todo caso, se le insta a remitir los ficheros CRA una vez estén calculadas las liquidaciones, sin necesidad de esperar a su confirmación.

  1. La falta de cumplimiento de la comunicación o la realización fuera de plazo de esta dará lugar a la comunicación a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).

No responda a este correo ya que la dirección no tiene implementada funcionalidad de entrada de mensajes.

Un saludo.
 

toni

Miembro conocido
De un susto me van a matar los muy cabrones... de la manera que esta redactado da la impresion de que no los hemos enviado.

Tendremos que mandar los CRA antes que las bases como hasta ahora..
 

PEDRO

Miembro conocido
El estado policial ¿Dónde vivimos en la URSS, RDA, COREA...? y venga y vega pedir obligaciones, mas plazos, mas control, mas apretarnos... Menos mal que no los piden antes de hacer la nóminas, porque ya les vale.
Pues por mi que esperen, yo antes de día 10 nunca envío nada, porque aquí hay mucha gente que cobra ese días, y si tengo que corregir un nómina no tengo porque estar pendientes de esta banda.
 

Leovigildo

Miembro activo
Opino igual, es muy complicado poder anticipar este tema, y máxime cuando muchos meses la propia seguridad social tarda varios días en dar el ok.
 

AnaZ

Miembro activo
Si... menudo susto. Yo tb lo acabo de recibir...
Lo que suelo hacer es enviar fichero bases y si todo es ok, luego envio los CRA y confirmo liquidaciones.

Por lo que leo, indican que A FUTURO se deberan enviar antes para que realicen las liquidaciones?? Nos van a volver majaras...
Pero que por ahora se nos insta a que los enviemos cuando se calculen sin necesidad de que esten confirmadas ...
Qué fuerte... y que maneras de comunicar estas mierdas... a cuadros estoy...
 

DANI ML

Miembro conocido
Evidentemente esto cambiará el modus operandis de muchos, que no enviamos CRA hasta que todo está claro.
Pero por otra parte, esto de alguna manera nos tranquilizará en el sentido de que tendremos una cierta "garantía" de que los CRA se han enviado bien.
Igual que ahora confirmamos la liquidación que recibimos con el cálculo del programa, y "cruzamos los dedos" de que los CRA se estén enviando bien, de esta manera también tenemos más o menos confirmado que el CRA coincide con la liquidación.
Por lo que me preocupa, es por tener que están enviando rectificaciones de CRA. Yo a día de hoy no acabo de tener claro cómo funciona lo de las rectificaciones. Si tengo que enviar fichero de baja, y luego alta, o si puede enviar directamente el correcto y machaca el anterior. Los pocos que tengo que enviar, lo hago con baja-alta
 

MarLo

Miembro conocido
Varias cosas se me pasan por la cabeza... 1) que el que da orden de comunicar este correo es un cabrón. Hay que empezar a llamar a las cosas por su nombre. Vamos, es que se deben pensar que detrás de estas notificaciones no hay personas que nos dejamos las pestañas todos los días con sus gilipolleces. Y aún menos mal que nos ponen "Buenos días" 2) Otra cosa que pienso, que viendo las consecuencias que está tomando cometer un error con los CRA (infracción grave y aviso a inspección), los CRA! esa cosa que nos vendieron al principio con un "bah...! para esto no hay plazo!"pues eso... que poco cobramos ya por el servicio de laboral, que hay que subir precios y que el que no quiera pagar que lo haga él solito, 3) que una vez superado el mes, se acabó mandar todo el día 1. Es mejor esperar los días de "cortesía" para esas empresas que se olvidaron de tal o cual cosa etc... Y pasados esos días mandar todo junto allá comenzada la segunda semana del mes... CRA y primer envío de seguros.... y en la segunda tanda ya no tocará sólo "afinar" las diferencias en las liquidaciones, también "afinar y reenviar" los CRA donde se toquen las nóminas. 4) Problemón para encajar mis vacaciones fuera de los picos de trabajo, ahora TODO es el everest 😭😭
 

elchuske

Miembro conocido
Estos están pirados. No ha hecho una nomina en su vida. Ni saben lo que es.
Yo hago las liquidaciones, las envió y a continuación los CRA.
Eso si, el día 12 de cada mes, antes no se lo creen ni ellos.
 

Anavale

Miembro activo
Acabo de recibirlo y me he venido corriendo al foro para preguntar. Casi me da un parraque. Como pone incumplimiento ya estaba yo pensando que no había enviado CRA o que había hecho mal....lo hacen adrede, con esa redacción para tener el corazón a prueba de bombas
 

Anavale

Miembro activo
De un susto me van a matar los muy cabrones... de la manera que esta redactado da la impresion de que no los hemos enviado.

Tendremos que mandar los CRA antes que las bases como hasta ahora..
como hasta ahora??yo lo hago al revés, primero bases luego CRA. esta mal?
 

Sadie

Miembro conocido
Yo envío los ficheros de bases y si todo está ok, mando la confirmación y los CRAs el mismo día . Esto suele ser el día 9 o 10...
 

toni

Miembro conocido
Son unos hijos de puta, con todas la letras... Yo tambien al igual que todos cuando tengo las bases ok y confirmadas mando los cra. Ahora se hara al reves y luego si nos viene una liquidacion erronea por una it o por lo que sea, que hacemos, rectificar los CRA? que largo se me va a hacer hasta que me jubila la madre que los pario a todos..
 

MiriamSR

Miembro conocido
Yo CRA hasta que no tengo las liquidaciones confirmadas no los mando, que igual toca modificar alguna nómina y que, modificar cra? Pues si esto de los CRA está en modo arcaico...ni se ve nada, ni justificación con los importes ni nada. Y yo personalmente es una cosa que no tengo clara lo que hay que hacer si envías uno mal, creo en teoría debes dar de baja con los mismos datos mandados y luego volver a hacer el envío, no?
 

Niema

Miembro activo
Yo CRA hasta que no tengo las liquidaciones confirmadas no los mando, que igual toca modificar alguna nómina y que, modificar cra? Pues si esto de los CRA está en modo arcaico...ni se ve nada, ni justificación con los importes ni nada. Y yo personalmente es una cosa que no tengo clara lo que hay que hacer si envías uno mal, creo en teoría debes dar de baja con los mismos datos mandados y luego volver a hacer el envío, no?
Yo creía que machacabas enviando nuevamente en los mismos términos que las liquidaciones
 
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