Cotización contratos tiempo parcial con jornada concentrada .

carloslugo

Miembro activo
Para el caso de trabajadores a tiempo parcial con la jornada de trabajo concentrada de acuerdo con el manual de cotización se dividen las percepciones salariales previsibles entre 12 meses y se cotiza durante todo el año , es decir , que durante los periodos de inactividad la empresa seguiría cotizando por el trabajador ?¿ . En estos casos existe cierta confusión y no me acaba de quedar claro lo siguiente:
Cuando el trabajador está inactivo durante mas de un mes hay que comunicar esa situación al sistema red , pero el trabajador se mantiene en alta ?
En los periodos de inactividad la empresa no paga salario al trabajador y por tanto se mantendría la obligacion de cotizar entiendo por las aportaciones empresariales ?¿
El trabajador en los periodos de inactividad tendría derecho a percibir prestaciones por desempleo ? , o bien , como la empresa sigue cotizando , aunque el trabajador no percibe salario no tendría derecho a prestaciones ?¿
A ver si alguien me lo puede aclarar ya que existe cierta confusión en este tema ¡¡¡
 

Clo

Nuevo miembro
Hola Javier!
Pues eso es que no te habrás enterado de lo del p.p. y el caso Bárcenas, jaja! ;)
 

javier

Miembro
Si me he enterado

Pero en ese caso si hay cotización y alta, la ilegalidad sería que hubiera alta sin prestación de servicios, vamo lo vulgarmente llamado "compra de pensión"

Y lo penoso  :'( :'( es que salgan con todo orgullo a la prensa diciendo que no es nada ilegal, y que es habitual

Esta debe de ser la preparación que tienen TODOS nuestros dirigentes, que curiosamente para acceder a un cargo no necesitan ningún requisito, y un simple funcionario, aunque demuestre su valía, tiene frenada su carrera por el hecho de no tener una determinada titulación

 

carloslugo

Miembro activo
Creo que no me habeis entendido , me refiero a un contrato indefinido a tiempo parcial con una jornada anual inferior a la legal y concentrada en unos meses al año , de acuerdo con lo que se indica en al manual de cotización del año 2012  indica que según lo que establece el articulo 65.3 del Reglamento Geenral sobre Cotizacion en este tipo de contratos con jornada concentrada permanece la obligación de mantener el alta y la cotización durante toda la vigencia del contrato , a estos efectos la base de cotización se determina al inicio de la vigencia del acuerdo de concentración de la jornada , computando el total de las remuneraciones qeu se prevé abonarle al trabajador en el ejercicio tras el acuerdo . Esta base se prorrateará a lo largo de los meses que restaran en el año , constituyendo el importe resultante de la base de cotizacion mensual y que será de aplicacion en todos los meses con independencia de que se realice o no actividad laboral .
A la vista de esto , me podriais indicar como operais vosotros en estos contratos , pagais al trabajador solo en los periodos de trabajo , o bien , pagais durante todo el periodo , ya que la cotización se debe realizar durante toda la vigencia del contrato . Como funciona las comunicaciones del periodo de inactividad en sistema red ? , el trabajador en los periodos de inactividad puede solicitar prestaciones por desempleo  , si pagais al trabajador como parece lógico solo en los periodos de actividad laboral  como realizais la cotización en los periodos de inactividad imagino que será por la parte empresarial ...
 

Ro

Miembro activo
Me parece que te refieres a los fijos discontinuos, y solo cotizas y pagas cuando están trabajando, cuando no lo están cobrarán la prestación por desempleo si tienen derecho a ella, pero la empresa no cotiza ni paga en los períodos que no trabajan.
 

carloslugo

Miembro activo
no , Ro , me refiero a un contrato indefinido a tiempo parcial ,por ejemplo tal y como viene en el manual de cotización , un contrato por una jornada inferior a la anual , por ejemplo de 960 horas / año y que se acuerda concentrar el trabajo en los meses de enero a a bril y de octubre a diciembre . La diferencia entre un contrato a tiempo parcial y un fijo discontinuo es que en el caso del tiempo parcial el trabajador presta trabajo en fechas ciertas que son previamente conocidas , y  en el caso del fijo discontinuo se desconocen. Por tanto mis dudas son a cerca del contrato a tiempo parcial con jornada concentrada  y me gustaría saber como precedeis en estos contratos en los referido a las comunicaciones de inactividad , pago del periodo trabajado , cotizacion , etc ..
 

Mr. White

Miembro activo
No habla de fijos-discontinuos...

Habla del contrato indefinido a tiempo parcial del art. art.12.3 ET, al que hace referencia al art. 15.8 ET... a diferencia de los fijos-discontinuos los trabajos son fijos y periódicos, se repiten en fechas concretas...

Es a tiempo parcial porque en vez de trabajar 40 horas semanales durante todo el año, trabaja, por ejemplo, 5 meses 40 horas/semanales y el resto del año no trabaja...

En los periodos de inactividad tiene derecho a desempleo: art. 208.4 LGSS: "Igualmente, se encontrarán en situación legal de desempleo los trabajadores fijos discontinuos, incluidos los que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas, en los períodos de inactividad productiva.

Las referencias a los fijos discontinuos del Título III de esta Ley y de su normativa de desarrollo incluyen también a los trabajadores que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas".


 

carloslugo

Miembro activo
pero mi duda es a efectos prácticos como los haceis ? , es decir , en los periodos de inactividad la empresa tiene que seguir cotizando por el trabajador , ya que no lo puede dar de baja y por tanto  cotizará por la aportacion de la empresa ya que en esos periodos el trabajador no tiene retribucion por que está inactivo . Como se comunican los periodos de inactividad en el sistema red ? , el hecho de que la empresa siga cotizando en ese periodo no supondrá problemas para que el trabajador pueda solicitar la prestación por desempleo ? ..
 

Clo

Nuevo miembro
Es que,si no me equivoco, un trabajador a tiempo parcial NO puede solicitar prestación por desempleo!
Los que pueden solicitar prestación durante períodos de inactividad, porque hay baja efectiva en s.s. son los trabajadores fijos discontínuos.
 

carloslugo

Miembro activo
si que tienen derecho a desempleo Clo lo indicó de forma correcta Mr. White en su respuesta .:
"En los periodos de inactividad tiene derecho a desempleo: art. 208.4 LGSS: "Igualmente, se encontrarán en situación legal de desempleo los trabajadores fijos discontinuos, incluidos los que realicen trabajos fijos y periódicos que se repitan en fechas ciertas, en los períodos de inactividad productiva".
Lo que quería saber es como haceis esto en la práctica  , es decir , que comunicación procede a sistema red en los periodo de inactividad , y como haceis la cotizacion en esos periodos .. eso es el tema ..

 

Mr. White

Miembro activo
Clo, te estás yendo al supuesto de trabajador que en vez de 8 horas/día trabaja 4 horas/día durante todo el año, por ejemplo...y no es este caso...es un híbrido entre fijos-discontinuos y contrato a tiempo parcial (arts.12.3 y15.8 ET)...y efectivamente tienen desempleo en los periodos de inactividad...

De hecho, muchos contratos temporales en fraude de ley son por no hacer uso de este tipo de contrato, que sería el que legalmente correspondería...

Carloshugo, no puedo ayudarte con el tema práctico y sistema RED, pues no me cargo de ello en mi empresa y tampoco tenemos ningún trabajador en ese caso...

A ver si algún otro compi te puede ayudar con eso...

Saludos.


 

carloslugo

Miembro activo
Gracias , Mr White  . A ver si alguien que conozca la dinamica de estos contratos nos puede explicar el funcionamiento en la práctica .
 

Raquel GR

Miembro activo
Hola Carlos,

La verdad es que yo tampoco me he visto en el caso.

Pero en la orden de cotización dice que efectivamente se ha de hacer prorrateado en todo el año.

En cuanto a lo del Red, eso sí: haces una modificación de contrato en los periodos que no vaya a tener actividad y le marcas una "S" a la inactividad, cuando vaya a trabajar otra variación y se la quitas e indicas el % si en ese periodo va a trabajar las 8 horas pues no marcas %, cuando termine el periodo de actividad pues vuelves a marcar la "S"

En cuanto a la cotización, pues yo entiendo y digo entiendo, porque no tengo.
Pues eso, que lo que gana lo divides entre todos los meses del año y a razón de eso cotizas todos los meses (no te podrás cotizar por menos de las míminas para los A.t.parcial) y tanto para la cotización como para la nómina  habrás de calcular el % que suponga su jornada pero repartida en el año, por ejemplo si en todo el año va a trabajar 6 meses concentrados a 8 horas, pues yo le pondría el % del 500 y a cotizar  por su salario real (repartido) o minimo.

Luego la misma norma de cotización te dice que regularices cuando termina cada ejercicio.

Entiendo que deberás cotizar tanto por la cuota empresarial como por la obrera, si no luego como le descuentas al trabajador?
Aunque cotices así, le pagarás todo cuando trabaje, no?

Por qué no llamas al tfno. de información de TGSS?
 

carloslugo

Miembro activo
Raquel , muchas gracias por el aporte .
No es un caso que tenga que resolver simplemente es porque viendo el manual de cotización del 2012 me llamo la atención este supuesto y empezé a darle vueltas al tema , y como resulta que veo que existe cierta confusión entre esta tipología de contrato a tiempo parcial y el fijo discontinuo pues nada me decidí a plantear la cuestión al foro . Con repecto a la que dices lo único que no acabo de ver claro es que la empresa tiene que cotizar durante el periodo de inactividad , por tanto , durante este periodo la empresa no paga salario al trabajador por lo que no puede descontar la aportacion a la seguridad social a cargo de este ... no se si me sigues ... , por que estoy en el supuesto de que al trabajador se le paga cuando presta trabajo en relacion al tiempo trabajado , pero la cotización siguiendo la normativa se tiene que prorratear durante todo el periodo contractual y despues al final del año o principios del siguiente tienes la opcion de regularizar si ha habido variaciones .. Pero durante la inactividad el trabajador no cobra porque no trabaja y por tanto por eso digo que el empresario tiene que seguir cotizando por el ....
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
HACE AÑOS YO TUVE UN CASO EN QUE EL JUBILADO PARCIAL REALIZABA TODA LA JORNADA ANUAL ENGLOBADA EN 3 MESES.
LO QUE HICIMOS FUE COTIZAR TODO EL AÑO , NO INFORMAMOS NUNCA A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PERIODOS DE INACTIVIDAD. YA HARA UNOS 6/7 AÑOS, CREO QUE EN AQUELLA EPOCA NO EXISTIA AUN LOS PERIODOS DE INACTIVIDAD O SI EXISITIAN YO NUNCA LOS UTILICE.
PERO VAMOS LO MEJOR PARA ESO LLAMAR AL SISTEMA RED, PARA VER SI SE DEBE INDICAR ALGO ACTUALMENTE.

GEMMA

 

Ro

Miembro activo
Yo pensé que hablabas de los fijos discontinuos, pues este caso no lo tuve nunca. Por ejemplo los trabajadores del campo que trabajan los meses de poda, vendimia, más o menos son siempre en las mismas épocas, yo los tengo como fijos discontinuos.
Lo siento desconocía este tema de cotizar todo el año y cobrar solo unos meses...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que se debe de hacer la nómina en el momento de cobro, descontando, proporcionalmente en función al salario percibido lo de los meses anteriores en que no hubo prestación de servicios.  Cada mes de prestación de servicios, simplemente, le descuentas en proporción al salrio percibido (teniendo en cuenta los mínimos mensuales, claro).
 

carloslugo

Miembro activo
Fernando , pongamos el caso de un trabajador que presta servicios de enero a marzo y de octubre a diciembre , en total realiza un numero de horas inferior a la jornada minima legal . Como se harian las nominas ?. Una opcion es repartir el numero de horas en todo el año y  que el trabajador cobre todos los meses  . Otra opción , la correcta a mi juicio seria que se le hiciesen las nominas del periodo que presta servicios , que el periodo de inactividad se informe a la seguridad social , y que se cotize tal y como indica la normativa para estos casos , es decir , se dividen las percepciones entre 12 y se mantiene al trabajador en alta y cotizando todo el año .La cotización haya que hacerla todo el año por lo que en los periodos de inactividad como el trabajador no tiene percepciones entiendo que la empresa cotizará por su aportación . Es un caso que planteo  ya que considero que se presta a confusiones y me interesa mucho vuestras opiniones .
Un saludo y gracias por vuestras aportaciones .
 
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