Cursos obligatorios?

MCS

Miembro activo
Buenos días!
Tengo entendido que el curso de prevención del acoso ya es obligatorio para todas las empresas que tengan mínimo un trabajador, pero ahora me han comentado que también exigen el protocolo de desconexión digital, ¿estáis informándoles a las empresas de ambos?, porque hasta que no sea sancionable... no se hasta que punto es oblgatorio como tal. Por lo visto la inspección se va a poner mas seria con esto...
Saludos!!
 

IVO

Miembro activo
Lo de la formacion de acoso yo si informe a la gente y que se pusieran en contacto con su empresa de prevencion o la empresa de formacion con la que yo hice el curso sin mas, pero lo de obligatorio no lo veo en la normativa.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No es un tema exclusivamente de PRL (otra cosa es que uno se vea capacitado o quiera complicarse con estos temas).
Pensemos, por ej que la "Desconexión Digital" es un derecho (laboral, sin que necesaiamente pueda suponer un riesgo en PRL) de las personas trabajadoras
Pero es cierto que es mejor que se ocupen especialistas (aunque en ambos temas funciona mucho el "copia y pega", incluso por parte de especialistas).
 

Caslaboral

Miembro conocido
No es un tema exclusivamente de PRL (otra cosa es que uno se vea capacitado o quiera complicarse con estos temas).
Pensemos, por ej que la "Desconexión Digital" es un derecho (laboral, sin que necesaiamente pueda suponer un riesgo en PRL) de las personas trabajadoras
Pero es cierto que es mejor que se ocupen especialistas (aunque en ambos temas funciona mucho el "copia y pega", incluso por parte de especialistas).
ya Nando, pero el 99% de las empresas que hacen PRL hacen esto tambien, campo de prevencion, protocolos etc etc.

esto por ejemplo no entra dentro del servicio que ofrecemos nosotros, asi que para "PRL" y tan ancho
 

CHARO

Miembro conocido
Madredelamorhermoso, si tuviéramos que saber todos las formaciones obligatorias incluidas según las actividades.... nosotros que manejamos 36 convenios distintos, ya para pegarnos un tiro. Esto lo puede hacer quién solo maneja un convenio, pero para nosotros esto ya sería el remate (¡¡ CAMION MATAME!!!)
 

IVO

Miembro activo
Madredelamorhermoso, si tuviéramos que saber todos las formaciones obligatorias incluidas según las actividades.... nosotros que manejamos 36 convenios distintos, ya para pegarnos un tiro. Esto lo puede hacer quién solo maneja un convenio, pero para nosotros esto ya sería el remate (¡¡ CAMION MATAME!!!)
Totalmente de acuerdo.
 

Cristi

Miembro activo
Buenos días, ¿alguien me puede decir donde está legislada la obligación para todas las empresas? para tener la base legal al hacer las comunicaciones, hasta ahora tenía entendido que en empresas pequeñas no era obligatorio hacerlo, me refiero al curso en sí, solo "recomendable" e igual estoy equivocada. Gracias
 

Nando_bcn

Miembro conocido
ya Nando, pero el 99% de las empresas que hacen PRL hacen esto tambien, campo de prevencion, protocolos etc etc.

esto por ejemplo no entra dentro del servicio que ofrecemos nosotros, asi que para "PRL" y tan ancho
Eso es cierto y en este sentido te lo ponen fácil los servicios de prevención, ofreciendote todos estos servicios y más (por ejemplo, aunque sea a través de una división especializada del Grupo, tema PPDD), pero por puro interés comercial y más allá de que sea obligatorio o no (y para pequeñas empresas, que le puede valer ese documento en plan "copia y pega" por unas pocas decenas de euros, ya está bien).

Pero, insisto, son temas laborales, que pueden tener implicaciones en PRL , claro (y que los serivcios de prevención pueden contar con especialistas).
Pero, sin ir más lejos, tema Protocolos de Acoso (y en sus diferentes vertientes: moral, sexual, por razón de sexo, LGTBI+...) ya no Laboral, cada vez hay más exigencas y debemos acudir a normativa no estrictamente de PRL (de hecho, cada vez es un tema más de Compliance, especialmente de Compliance Laboral, pensemos, por ej, en el "canal de denuncias..." además de Relaciones Laborales, puesto que se suelen enmarcar, al menos el de acoso sexual y por razón de sexo, dentro de los planes de igualdad, negociación con la RLPT...).

En definitiva, que es cierto que cada vez hay más temas y que pueden requerir especialización, y no se puede llegar a todo, pero al menos no lo descartemos por pretender que es un tema "estrictamente de PRL". Si en lugar de gestores, pretendemos ser asesores, conozcamos al menos de la existencia y posibles implicaciones de estos temas, aunque sea solo para recomendar acudir a un especialista, si es el caso (porque será normal que el cliente acuda, al menos en primera instancia, a su "asesor" habitual. Como quien acude a su médico de cabecera y este a su vez, en ocasiones, lo derive al especialista).
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Buenos días, ¿alguien me puede decir donde está legislada la obligación para todas las empresas? para tener la base legal al hacer las comunicaciones, hasta ahora tenía entendido que en empresas pequeñas no era obligatorio hacerlo, me refiero al curso en sí, solo "recomendable" e igual estoy equivocada. Gracias
Respecto a disponer de una política de desconexión digital (como obligación para todas las empresas que tengan trabajadores, aunque sea solo 1), el art. 88 de la LOPDGDD (3/2018)
Además, y ya como derecho de las personas trabajadoras y a partir de la Ley antes citada, el ET en su art. 20.bis y art. 18 Ley de Trabajo a Distancia.

Saludos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Respecto a disponer de una política de desconexión digital (como obligación para todas las empresas que tengan trabajadores, aunque sea solo 1), el art. 88 de la LOPDGDD (3/2018)
Además, y ya como derecho de las personas trabajadoras y a partir de la Ley antes citada, el ET en su art. 20.bis y art. 18 Ley de Trabajo a Distancia.

Saludos
Y en la línea en que comentaba, fijaos que esto no lo regula (de momento), ninguna norma específica de PRL y aunque nace de una norma tampoco estrictamente laboral (LOPDGDD), se contempla como derecho en normas "tan laborales" como el propio ET y la Ley de Trabajo a Disctancia y, más allá de lo que, en su caso, puedan contemplar algunos convenios, estamos hablando de normas laborales de aplicación general.
 

Raquelcs

Miembro activo
Sobre los cursos obligatorios, yo me vuelvo loca, ya no sé lo que es obligatorio, lo que no, en cuanto a cursos y protocolos.
Aquí suplico, que si alguien puede pasarme un esquema-listado o algo de protocolos-cursos obligatorios se lo agradeceré toda la vida. Porque a estas alturas todavía no sé si en la asesoría tenemos que hacer el de blanqueo de capitales obligatoriamente todos los trabajadores y todos los años.
Cada vez que llaman de empresas de formación les doy largas, porque son muy pesados y siempre llaman en época de impuestos.
A mí es que no me da la vida ya para estar informada en todo lo relativo a laboral. Estoy un poco frustrada y muy agobiada.
 

Raquelcs

Miembro activo
Por cierto, respecto a los cursos en materia de violencia sexual en las empresas, hice una consulta al ministerio de igualdad, y esto me respondieron, por si os sirve:
En relación con su consulta se informa que todas las empresas, con independencia de su tamaño, deberán

· promover condiciones de trabajo que eviten la comisión de delitos y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incidiendo especialmente en el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, incluidos los cometidos en el ámbito digital.

· arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido víctimas de estas conductas, incluyendo específicamente las sufridas en el ámbito digital.

· promover la sensibilización y ofrecer formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio.

En este sentido, el Instituto de las Mujeres ha publicado el Protocolo para la prevención y actuación frente al acoso sexual, el acoso por razón de sexo y otras conductas contrarias a la libertad sexual y la integridad moral en el ámbito laboral. Manual de referencia, que recoge dos modelos de protocolo descargables, con el fin de que sirvan de referencia a las empresas y otras entidades. Cada modelo, considerado individualmente, se configura como un instrumento eficaz y directamente aplicable por las empresas u organizaciones en función de sus características, en particular, en relación a su tamaño y a la obligación de elaborar un plan de igualdad.



Este Manual, en el punto 11, hace mención expresa a la obligación en materia formativa. Las acciones formativa que detalla se podrán impartir por personal propio de la empresa, con formación suficiente en la materia.



También, por si fuera de su interés, le recomendamos la visualización del Seminario Web impartido con motivo de la publicación del mencionado Protocolo.

Esperamos que esta información le resulte de utilidad, en todo caso se recuerda que esta opinión es de este Servicio de Asesoramiento, expresada a título puramente informativo a la consulta planteada y que la competencia para la interpretación de las normas laborales corresponde a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social y, en caso de conflicto, a los órganos jurisdiccionales
.

En el manual pone que "Las acciones formativas deberían realizarse al menos una vez al año y deberían tener una duración mínima de 3 horas y podrán ser impartidas tanto por personal propio de la empresa, con formación suficiente en la materia, como por personal externo especializado."
 

nudelma

Miembro
Sobre los cursos obligatorios, yo me vuelvo loca, ya no sé lo que es obligatorio, lo que no, en cuanto a cursos y protocolos.
Aquí suplico, que si alguien puede pasarme un esquema-listado o algo de protocolos-cursos obligatorios se lo agradeceré toda la vida. Porque a estas alturas todavía no sé si en la asesoría tenemos que hacer el de blanqueo de capitales obligatoriamente todos los trabajadores y todos los años.
Cada vez que llaman de empresas de formación les doy largas, porque son muy pesados y siempre llaman en época de impuestos.
A mí es que no me da la vida ya para estar informada en todo lo relativo a laboral. Estoy un poco frustrada y muy agobiada.
Yo para todo el tema de cursos que tenemos que hacer aquí en la asesoría consulto con la empresa de PRL, ellos me dicen cual tenemos que hacer y cada cuanto. Los de las empresas de formación son muy pesados te intentan vender veinte mil cursos según ellos todos obligatorios, pero la gran mayoría de veces no es así...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Sobre los cursos obligatorios, yo me vuelvo loca, ya no sé lo que es obligatorio, lo que no, en cuanto a cursos y protocolos.
Aquí suplico, que si alguien puede pasarme un esquema-listado o algo de protocolos-cursos obligatorios se lo agradeceré toda la vida. Porque a estas alturas todavía no sé si en la asesoría tenemos que hacer el de blanqueo de capitales obligatoriamente todos los trabajadores y todos los años.
Cada vez que llaman de empresas de formación les doy largas, porque son muy pesados y siempre llaman en época de impuestos.
A mí es que no me da la vida ya para estar informada en todo lo relativo a laboral. Estoy un poco frustrada y muy agobiada.
A veces no está tan claro (que sea obligatorio), porque la norma no lo indica explícitamente (pero tal vez sí implicitamente) o puede serlo para algunas empresas o circunstancias y no para o en otras..., incluso puedes llegar a la conclusión que (no me refiero ahora a un supuesto concreto, en general) de que, estrictamente, tal vez no es claramente obligatorio pero sí recomendable (sobre todo si llegan a pasar ciertas cosas o justo para tratar de que no pasen).
En cualquier caso, de quien no hay que guiarse es de las empresas de formación, ya que son parte interesada, tienen un interés puramente comercial, y pueden generar la idea de que son obligatorias cosass que tal vez no lo son. Pueden servir, eso sí, de alerta, sobre posibles obligaciones, pero que si no lo tienes claro, será mejor contrastar por otros medios y fuentes, Y, además, de confirmar que hay que hacerlo (o que quieres hacerlo) probablemente no sean el proveedor más cualificado. Las empresas serias no caen en esas prácticas.

Y ya concretando, respecto a la política de desconexión digital, queda claro que hay que tenerla, tengas un empleadfo o 10.000 (y probablemente no sirva la misma para cada caso, aunque hay pautas básicas muy comunes) y, por ej respecto a protocolos de acoso sexual y por razón de sexo, (y no solo eso, formación o compañas de información, sensibilizacion), el problema está en que la norma no te llega a decir literalmente "es oligatorio dsiponer de un protocolo, pero si te atienes a lo que indica la Ley para la Igualdad (por ej arts. 46 y, especialmente, 48), art, 12 de la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual (además del art. 14 LPRL...), se puede llegar a la conclusión de que sí es obligatorio disponer de un protocolo específico para prevenir y actuar ante el acoso sexual y por razón de sexo. No te dicen litaralmente "protocolo", pero sí por ejemplo que las empresas "... deberán arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido víctimas de estas conductas..." (y esa obligación, claramente con un protocolo la abordas), además de otras posibles médidas como "códigos de buenas prácticas" (y que deben ser negociados con la RLPT...), campañas de sensibilización, etc.

En definitiva, que hay que tratar de tener claro qué hay que hacer, cómo, porqué ... y con quién (o que nos lo aclare o se lo aclare a vuestros clientes alguien cualificado y que normalmente no será la empresa de formación y que aplica estas técnicas de promoción de sus servicios).
 

Raquelcs

Miembro activo
Gracias Nando, yo no quiero meterme en fregados de de hacer protocolos, pero lo que sí quiero es tener las cosas claras, en la medida de lo posible, porque voy siempre como pollo sin cabeza en el trabajo.
Hace unos días llamaron de una empresa de formación por lo de los cursos de residuos, que era obligatorio desde el año pasado y me tiré un día entero de trabajo para averiguar que todavía no.
Ayer llamaron de otra diciendo que eran del SEPE, del departamento de certificación de cursos. Si me llaman a mí, les doy largas, pero el problema es que llaman a clientes y les dan mi teléfono.
Hace años me dijeron que era obligatorio para todo el mundo hacer un curso de primeros auxilios y cuando ya me puse farruca que quería la ley que decía eso me enviaron normativa de Brasil... Y así miles, sin contar que TODOS los cursos cuestan 420 euros, vaya por dios, qué casualidad, no habrá un curso de 5 horas que cueste 90 euros por ejemplo.
Me agota perder el tiempo en estas cosas y, sobre todo, discutir con las empresas de formación, que además son muy agresivas.
En fin, nada, que necesito vacaciones. 😅
 

fundación

Miembro conocido
Porque 420 euros es el crédito mínimo de formación de una PyME nueva o hasta 5 trabajadores, para que salga la formación "gratis" y ellos se lo llevan entero.
 
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