Hola
Ya he contactado con la AL que me toca y les he enviado un email para preguntarsles is habian trasladado la info a la TGSS. Y me han contestado lo que os copio pego aqui:
Buenos días,
En relación con su consulta, le informamos que tras la última normativa aplicable a los ERTES, el SEPE ha habilitado un nuevo modelo de comunicación de la relación de trabajadores, por lo que solamente continuará el trámite de aquellos expedientes que incluyan este nuevo documento y que se remitirá a la Seguridad Social.
En los próximos días se enviará la información a todas las empresas afectadas.
Adjunto por adelantado dicha información recibida desde el Ministerio con los enlaces correspondientes para realizar el trámite:
“A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en esta Disposición Adicional (Disposición adicional vigesimosexta del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores) se ha habilitado un modelo de relación de trabajadores afectados por el Ministerio de trabajo y economía social, que puede descargarse en la Sede electrónica del mismo, accediendo al apartado
espacio información, que obra en la siguiente dirección electrónica:
https://expinterweb.mites.gob.es/ley11/inicio/showTramites.action?procedimientoSel=352&proc=1
Para que la Tesorería General de la Seguridad Social mantenga exenciones en la cotización a la Seguridad Social realizadas desde el 1 de enero de 2022 y hasta la finalización del ERTE, es preciso que se cumplimente por parte de la empresa el listado de personas trabajadoras
en el modelo antes indicado, aun cuando hubiera sido aportado en otro formato.
Deben tener en cuenta que es obligatorio presentar el citado listado, aunque la empresa
no haya aplicado la exoneración de cuotas correspondiente por no realizar formación, ya que en todo caso la cotización por los trabajadores en ERTE no incluye la cuota obrera.
Una vez descargado debe presentarse cumplimentado según las instrucciones que figuran en el mismo espacio información y presentarse a través del apartado
alta solicitud, para lo cual es necesario disponer de certificado electrónico.
Una vez cumplimentado el listado deberá incorporarse al expediente a través del trámite siguiente, seleccionando la opción ‘OTRA DOCUMENTACIÓN’: “
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=21300
IMPORTANTE: Deben tener en cuenta que solamente será válido el documento en hoja de cálculo (no PDF).
Lamentamos las molestias ocasionadas por esta modificación.
Atentamente,
Y me he puesto a hacer la relacion nominal del ministerio y se la he remitido a la AL correspondiente.
En fin por si os sirve de orientacion, aunque en mi caso hablo de Valencia. Y ademas en mi caso concreto cuando lo tramité ya os dije que esta relacion nominal no se hacia, de ahí que he pensado lo logico, que la necesitaria la AL para remitirla donde corresponda.
Bueno, pues de momento eso es todo, y ahora a esperar a ver cuando puedo grabar la DR...