Denegación incapacidad permanente y reincorporación efectiva al puesto de trabajo

aliciaig

Nuevo miembro
El alta se da cuando el trabajador se reincorpora efectivamente.

Y entiendo que, sí, que ha devengado vacaciones en el interín entre que pasan los 545 días y que se comunica al trabajador la resolución.
Hola Fernando,

Muchas gracias por la respuesta. No obstante: ¿si ha impugnado la denegación de la IP, debe reincorporarse igualmente? Me ha quedado claro que si la denegación ha sido antes de los 365 días, sí es obligatorio (hay jurisprudencia al respecto), pero no si ya ha agotado todo...

Gracias :)
 

vivas91

Miembro
Buenas, me salta ahora una duda y es, ¿si el trabajador ha recibido por SMS del INSS el aviso de la denegación de la IP, consideráis este momento el válido para dar de alta al trabajador, o esperáis a que le llegue la resolución por correo ordinario?

Hasta ahora todos los casos de denegación habían recibido la notificación por correo, pero ninguno de ellos les había avisado el INSS por SMS.

Gracias
 

vivas91

Miembro
Lo sé, ¿pero en este caso habría que esperar a que recibiese la comunicación de la denegación vía correo ordinario, o con la comunicación recibida por SMS ya sería mas que valido para exigir su reincorporación a su puesto de trabajo?
 

fundación

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Recomiendo revisar el IDC una vez hecho el alta, el mes pasado tuvimos un caso y el fichero de bases fallaba estos días. Resulta que le habían puesto en "pago directo" y hubo que pedir corrección por Acredita esta semana.
 

vivas91

Miembro
Recomiendo revisar el IDC una vez hecho el alta, el mes pasado tuvimos un caso y el fichero de bases fallaba estos días. Resulta que le habían puesto en "pago directo" y hubo que pedir corrección por Acredita esta semana.
Sí, en unos cuantos ya me ha pasado. Menos mal que siempre guardo el IDC a la hora de hacer el alta
 
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