Hola Fernando,El alta se da cuando el trabajador se reincorpora efectivamente.
Y entiendo que, sí, que ha devengado vacaciones en el interín entre que pasan los 545 días y que se comunica al trabajador la resolución.
Muchas gracias por la respuesta. No obstante: ¿si ha impugnado la denegación de la IP, debe reincorporarse igualmente? Me ha quedado claro que si la denegación ha sido antes de los 365 días, sí es obligatorio (hay jurisprudencia al respecto), pero no si ya ha agotado todo...
Gracias