Buenos dias,
acabo de recibir una denegacion de IP por SILTRA de un trabajador con resolucion del 22/05/2023 me surgen dos dudas por posibles casos que estamos a la espera de conocer bien:
1- si el trabajador ha recibido ese dia o el 23 la resolucion y no se ha incorporado ni avisado, ¿dariais el alta con fecha real de incorporacion y que pierda los dias por su no incorporacion o pediriais que pongan en plazo el alta? Las altas en plazo no las suelen poner ... y habria riesgo de ITSS no?
2- Si ha recibido la resolucion hoy, o todavia no sabe entiendo que el alta se tramita con la fecha real de incorporacion y se hablaria con la mutua para que abonaran los dias desde la resolucion hasta la incorporacion real adjuntando documento que acredite fecha de recepcion de la resolucion no?
acabo de recibir una denegacion de IP por SILTRA de un trabajador con resolucion del 22/05/2023 me surgen dos dudas por posibles casos que estamos a la espera de conocer bien:
1- si el trabajador ha recibido ese dia o el 23 la resolucion y no se ha incorporado ni avisado, ¿dariais el alta con fecha real de incorporacion y que pierda los dias por su no incorporacion o pediriais que pongan en plazo el alta? Las altas en plazo no las suelen poner ... y habria riesgo de ITSS no?
2- Si ha recibido la resolucion hoy, o todavia no sabe entiendo que el alta se tramita con la fecha real de incorporacion y se hablaria con la mutua para que abonaran los dias desde la resolucion hasta la incorporacion real adjuntando documento que acredite fecha de recepcion de la resolucion no?