Buenos días,
Nunca se me había dado el caso, pero tenemos un trabajador al que se le venía reteniendo una cantidad por una notificación del juzgado de pensión por alimentos.
Ahora llega otra notificación de la Seguridad Social con otro embargo, y salario del trabajador es superior al SMI.
¿Habría que retener también por el embargo de la TGSS, o al existir el del juzgado este quedaría a la espera?
Nunca se me había dado el caso, pero tenemos un trabajador al que se le venía reteniendo una cantidad por una notificación del juzgado de pensión por alimentos.
Ahora llega otra notificación de la Seguridad Social con otro embargo, y salario del trabajador es superior al SMI.
¿Habría que retener también por el embargo de la TGSS, o al existir el del juzgado este quedaría a la espera?