DUDA INTERPRETACION COMPENSACION Y ABSORCION

PEDRO

Miembro conocido
Tengo una empresa a la cual se le estaba aplicando un convenio y como había dudas se elevó una consulta a la COMISION CONSULTIVA NACIONAL donde informaron que el convenio era otro.
Se comenzó a aplicar el nuevo respetando el anterior pues era mayor el salario en su conjunto (salario base, pagas extras, antigüedad, etc). La cuestión es que ahora se publican las nuevas tablas del nuevo convenio y siguen siendo inferiores ¿Opera la compensación y absorción o no? pues tengo la duda. Os dejo el artículo que lo regula del nuevo convenio.

Artículo 5. Compensación y absorción.
Las condiciones pactadas en este convenio no serán compensables ni absorbibles en ningún caso por las mejoras existentes en el ámbito de la empresa, ya sean dichas mejoras el resultado de asignaciones individuales de la empresa o el resultado de acuerdos colectivos o disposiciones legales.
Gracias
 

PEDRO

Miembro conocido
En su momento publiqué esta consulta por la que no hubo hubo interés, pero vuelvo a hacerlo a ver si alguien me puede ayudar, pues ahora el cliente me plantea una nueva cuestión a la que no se como acometer.
 

toni

Miembro conocido
Hola Pedro, yo entiendo que si con las nuevas tablas siguen siendo inferiores, se seguiran aplicando las del anterior, o eso es lo que yo haria...
 

PEDRO

Miembro conocido
Hola Pedro, yo entiendo que si con las nuevas tablas siguen siendo inferiores, se seguiran aplicando las del anterior, o eso es lo que yo haria...
Gracias Toni, pero es que la verdad los convenios a veces en su articulado te dejan un poco fuera de juego, porque este articula estos dos:

Artículo 4. Condiciones más beneficiosas.
Se respetarán y mantendrán las condiciones más beneficiosas que por todos los conceptos y en cómputo anual excedan de lo pactado en este convenio.
Entiendo que todas las condiciones mas beneficiosas se mantienen
Artículo 5. Compensación y absorción.
Las condiciones pactadas en este convenio no serán compensables ni absorbibles en ningún caso por las mejoras existentes en el ámbito de la empresa, ya sean dichas mejoras el resultado de asignaciones individuales de la empresa o el resultado de acuerdos colectivos o disposiciones legales
Pero este es el que me lia, porque yo entendía, de ahi el pollo que tengo en la cabeza, que si sube el convenio, la subida no queda absorbida ni compensada, alqo que no se como interpretarlo, entiendo que debe ser como tu dices, porque si no, no tendría sentido regular la condiciones mas beneficiosas en el art. 4 para decir que no se compensan en el siguiente artículo.
Garcias
 

toni

Miembro conocido
Cierto, a veces es "un poco enrevesao", y en este caso el 5 choca con el 4, pero bueno, es mi interpretacion y lo que yo haria, porque bajarles los salarios como que no...
 

PEDRO

Miembro conocido
Cierto, a veces es "un poco enrevesao", y en este caso el 5 choca con el 4, pero bueno, es mi interpretacion y lo que yo haria, porque bajarles los salarios como que no...
No, no, bajarlo no, yo lo entendía mas beneficioso para ellos, en sentido que si el convenio subia, no habia compensanción ni absorción
 

PEDRO

Miembro conocido
Y es que reabrí este tema porque el cliente ahora quiere subirle la categoría y me dice que si le sube la categoría , esta subida, en caso de ser menor, queda absorbida y compensaba por el salario que venía percibiendo si es mayor.
La verdad, que me dejó dudando y no se que decirle. Entiendo que todo quedaría en principio compensado si tienes percepciones por encima de convenio pero sería un contrasentido subir para categoría si no supone subir el salario.
La verdad que no se que responderle.
 

toni

Miembro conocido
Pon un ejemplo Pedro y haber si viendo los numeros lo aclaramos entre todos
 

Caslaboral

Miembro conocido
Pero porque chocan? Que no sea absorbible ni compensable yo lo entiendo como que si la empresa le pagaba a X una mejora voluntaria de 200 EUR, si sube el convenio no se puede tocar estos 200 EUR, por lo que el salario del trabajador subira lo que haya subido el convenio. Y veo precisamente que estos dos articulos se complementan en eso.
 

toni

Miembro conocido
Pero porque chocan? Que no sea absorbible ni compensable yo lo entiendo como que si la empresa le pagaba a X una mejora voluntaria de 200 EUR, si sube el convenio no se puede tocar estos 200 EUR, por lo que el salario del trabajador subira lo que haya subido el convenio. Y veo precisamente que estos dos articulos se complementan en eso.
me abre explicado mal, no te enfades conmigo jejejeje
 

toni

Miembro conocido
Lo que he entendido de Pedro que igual lo he entendido mal:

Convenio erroneo = 1200
Convenio nuevo = 1000

Le sigo pagando 1200.
Sale nievas tablas del nuevo y son 1100, le sigo pagando 1200


Es +- eso Pedro?
 

PEDRO

Miembro conocido
Ahora mismo este trabajador percibe:

- Salario convenio * 14 = 15.714,86
+ absorbible 3.370,70€
Total año = 19.42,56€
- Le quiere subir la categoría:
Salario convenio 18.112,55€
Como se puede ver, aunque le suba la categoría queda por debajo del que tiene actual ¿Se absorben o esos 3.370,70 quedan sin compensar?
 

toni

Miembro conocido
Vamos a ver, ese absorbible es para compensar la diferencia del convenio? Lo que tienes que procurar es que no cobren menos de lo que cobraban en el convenio erroneo...
 

PEDRO

Miembro conocido
Para aclararlo, esta gente venia de un convenio con un salario superior al que se les aplicó un nuevo convenio por lo que se les respetó el salaario que percibian. Por ello cuando subia el nuevo conveio se hacía computo anual y se iba absorbiendo, por ello hay gente que sigue cobrando lo mismo, y otros que el nuevo convenio ya ha superado el anterior y por lo tanto ya cobran por este.
No se si me he explicado.
 

PEDRO

Miembro conocido
Vamos a ver, ese absorbible es para compensar la diferencia del convenio? Lo que tienes que procurar es que no cobren menos de lo que cobraban en el convenio erroneo...
Así, nunca cobraron de menos, si el nuevo convenio quedaba seguian con lo que venían percibiendo, y si el nuevo lo superaban pasaba a cobrar este.
 

toni

Miembro conocido
Ahora lo veo, lo que has echo es mantener al salario antiguo hasta la equipararlo al nuevo y asi no cobraban de menos, entonces lo has echo de puta madre.
 

PEDRO

Miembro conocido
Ahora lo veo, lo que has echo es mantener al salario antiguo hasta la equipararlo al nuevo y asi no cobraban de menos, entonces lo has echo de puta madre.
Asi es, nunca rebajarle el salario, respetarlo siempre que estuviera por encima, y cuando quedó por debajo el nuevo.
LO que pasa es que me despistó al redacción de ese artículo.
 
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