Lo que he entendido:
- Como en la resolución del ERTE te había dicho "hasta la fecha de finalización del EA" y esto ahora es turbio, pues te pongo la nueva fecha 30-06 y chimpún!
- Cada empresa en función de su CNAE y del punto en que esté en cada fase DEBERÁ PROCEDER A REINCORPORAR. esto es, se les exige proactividad y que no se esperen a verlas venir el 01/JULIO con los trabajadores colocaditos y las cotizaciones exoneraditas.
- Como te "obligo"?: de 2 maneras: desincentivando que permanezcan en el ERTE el 100% de los afectados e incentivando con los que rescates proporcionalmente a tu criterio, que yo ya te mandré a la Inspe y te apañas....
Entiendo que no obsta para aquellos aventurados que decidieron abrir en la fase 0-I, y como es el mes de MAYO, te voy a EXONERAR. NO OBSTA ya que al ser una resolución que favorece al administrado, puede hacerse con efectos retroactivos. habrá que ver en la práctica.
Lo de las comunicaciones "previas o post" a AL-SEPE creo que se han hecho la * un lío, ya que lparas las desafectaciones individuales ya estaban reguladas.
Ahora que ya les vale... NO han puesto Disposiciones derogatorias del 8/2020, por lo tanto siguen en vigor en relación a las exoneraciones, ya que lo que han hecho es mejorar, NO perjudicar a lo establecido en para los Ertes en EA Vs Bon 100%.
vaya liazoooo