ERTE CNAE EXONERACIONES

Ferinho

Miembro activo
Prórroga ERTE FM CON CNAE : que opinais de aplicar las exoneraciones cuando tiene a todos los trabajadores recuperados al 100% a partir del 1 de julio?

Y si a mayores de tener todos los trabajadores recuperados, se contratase a algún trabajador más? Aplicaríais las exoneraciones? Obviamente no a los nuevos trabajadores, a los antiguos

Gracias!
 

MarLo

Miembro conocido
Hola. Parece mentira que estemos a estas alturas con tantas dudas... yo igual. Puse ayer un casia sobre lo segundo que preguntas. Estando todos recuperados y se contrata nuevo personal ¿se pueden mantener las exoneraciones ya aplicadas?. También pregunté que pasaba cuando uno de estos trabajadores bonificados aumentaba jornada. De lo que me contesten te digo. Sobre lo primero, si estando todos al 100% se aplican exoneraciones yo entendí que por contestaciones anteriores de TGSS era que sí. Recuerdo que había un boletín red del año pasado que así lo contestaba. Yo este problema lo tengo ahora con un hotel. También tengo la duda (ya lo puse en otro hilo) de sí los hoteles, o todas las actividades de erte cnae, pueden estar en fuerza mayor sí o sí hasta septiembre, con independencia de las limitaciones aprobadas en cada comunidad autónoma. Un saludo
 

Ferinho

Miembro activo
Gracias por tu respuesta. Cuando te contesten ya nos dices. Yo también he pasado la pregunta a Casia a ver que dicen y también os lo pego.

A lo que comentas entiendo que sí, si la actividad tiene un cnae recogido en el RD es una ayuda para esas empresas y puedes aplicar las exoneraciones hasta septiembre. Salvo la duda de si hay nuevas contrataciones y/o si están todos reincorporados. Pero entiendo que la Seguridad social contestara que sí, ya que no hay nada que te lo impida (declaración responsable y claves) porque la duda real es si hay erte o no con todos reincorporados y con nuevas contrataciones y eso es lo que analizara la ITSS
 

JAVIER_R

Miembro activo
Prórroga ERTE FM CON CNAE : que opinais de aplicar las exoneraciones cuando tiene a todos los trabajadores recuperados al 100% a partir del 1 de julio?

Y si a mayores de tener todos los trabajadores recuperados, se contratase a algún trabajador más? Aplicaríais las exoneraciones? Obviamente no a los nuevos trabajadores, a los antiguos

Gracias!
Pues esa misma pregunta me hago yo, es más yo tengo cinco empresas con todos los trabajadores fuera ya del ERTE q aplican exoneraciones por CNAE, en estos casos como se realiza la salvaguarda de 6 meses? Se empieza a contar a partir de w la empresa exonerada por CNAE deja de comunicar la declaración responsable y por tanto deja de exonerarse? Mi ejemplo es un bar, trabahador fuera del ERTE , exonerado por CNAE, no sabe si va a poder continuar con la actividad a medio plazo, veis factible mayo último mes de exoneracion por CNAE Y, aunque tenga derecho no exonerar más y a partir del 30 de noviembre ya ha cumplido con los seis meses de salvaguarda? Gracias
 

Artur4321

Miembro
la duda real es si hay erte o no con todos reincorporados y con nuevas contrataciones y eso es lo que analizara la ITSS

A mi esto es un tema con el que siempre he sido muy conservador... Siempre que han reincorporado a toda la plantilla al 100% y han realizado nuevas contrataciones he cerrado el ERTE (Renuncia AL, XML procere + Periodos actividad SEPE, Declaración Responsable renuncia en RED + borrado claves afiliación de los ERTES) incluso si no contratan gente nueva cuando todos vuelven al 100% cierro el ERTE.

Si se vuelven a ver afectados por limitaciones más restrictivas que les obligue a aplicar medidas de suspension/reduccion nuevamente volveré a solicitar nuevo erte por limitaciones incluyendo a los trabajadores que han sido contratados entre el fin del anterior erte y el nuevo.

Sobre la salvaguarda del empleo ten en cuenta que la postura oficial creo recordar era que los 6 meses empiezan a contar a partir de la primera reincorporación y que por cada periodo nuevo de exoneraciones se suman 6 meses mas a partir de la finalización del primer periodo.

Mucha incertidumbre espero que en 2023 no nos vengan con revisiones...
 

VILA100

Miembro conocido
Hola
Conceptualmente, me cuesta entender la FM cuando la plantilla esta como antes de que todo empezase. Hemos estirado mucho todos este concepto, los primeros los que redactan la norma, y ya veremos....
Salu2
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo creo que este tema de las exoneraciones CNAE lo hemos comentado un montón de veces y el resumen es el de siempre, que legislan de pena y así estamos sumidos en la duda.
Yo entiendo que tal cual dispone la disposición adicional tienes que tener un erte desde marzo del 2020, al cual no hayas renunciado y que estés dentro del código CNAE, a partir de ahí que los tengas trabajando a todos o no, nada dice. Yo exoneraría.
 

Ferinho

Miembro activo
Yo creo que este tema de las exoneraciones CNAE lo hemos comentado un montón de veces y el resumen es el de siempre, que legislan de pena y así estamos sumidos en la duda.
Yo entiendo que tal cual dispone la disposición adicional tienes que tener un erte desde marzo del 2020, al cual no hayas renunciado y que estés dentro del código CNAE, a partir de ahí que los tengas trabajando a todos o no, nada dice. Yo exoneraría.
Y si hay nuevas contrataciones, exonerarías a los trabajadores antiguos recuperados al 100%, pese a la prohibición general de contratar? Me parece muy arriesgado, pero es mucho dinero en exenciones
 

carla

Miembro
madre mia, tengo un caso como el que apuntaís, lo comico del tema es que es del CNAE 1812 (cuando vaya usted a saber ahora han quitado de la lista el 1811...que es practicamente la misma actividad....) A mi me parece que algo de riesgo hay en aplicar las exoneraciones, ya que no se entiende que con todos reincorporados tenga exoneraciones, aunque haya amparo legal....Yo las he aplicadohasta el momento, pero ahora que lo decida el cliente ya despues de exponerle lo que hay. Lo dicho, a ver que dice CASIA.....( a mi me responde siempre con monosilabos)
 

PEDRO

Miembro conocido
Y si hay nuevas contrataciones, exonerarías a los trabajadores antiguos recuperados al 100%, pese a la prohibición general de contratar? Me parece muy arriesgado, pero es mucho dinero en exenciones
No, no exoneraría si hay contrataciones, en eso tienes razón, ahí entiendo que ya hay una recuperación de la normalidad, salvo que esa nueva contratación esté justificada, por ejemplo, que haya un IT.
 

MarLo

Miembro conocido
Hola, he podido hablra (conversacio´n telefónica) con la Autoridad Laboral (Galicia), y me han dicho que para ellos un erte cnae que tiene a todos recuperados y donde la empresa contrata a gente nueva, es un erte que hay que ir pensando en comunicar la renuncia. Les he preguntado si estando todos recuperados pero no se contrataba también sucedía lo mismo y me dijeron que ahí ya tenían sus dudas. De casia aún no sé nada...
 

Ferinho

Miembro activo
Hola, he podido hablra (conversacio´n telefónica) con la Autoridad Laboral (Galicia), y me han dicho que para ellos un erte cnae que tiene a todos recuperados y donde la empresa contrata a gente nueva, es un erte que hay que ir pensando en comunicar la renuncia. Les he preguntado si estando todos recuperados pero no se contrataba también sucedía lo mismo y me dijeron que ahí ya tenían sus dudas. De casia aún no sé nada...
Que provincia? A mi hablando con Ourense no han sido tan rotundos :cry:
 

MarLo

Miembro conocido
Que provincia? A mi hablando con Ourense no han sido tan rotundos :cry:
Hola, hablé con Santiago. Eso si, nada por escrito. Erte cnae + salida de todos los trabajadores + nuevas contrataciones, me ha quedado claro que para ellos hay que renunciar, poca ayuda ahí de la AL si hay una inspección. Eso sí... me dijeron que no me agobiase que tenía 15 días para notificarlo 🙄 . Y después pues eso, Erte Cnae + salida de todos los trabajadores (sin nuevos contratos) que no sabían... que lo iban a estudiar.
 

PEDRO

Miembro conocido
Aprovecho el hilo de la conversación ¿Estáis comunicando el fin de los ertes a la Autoridad laboral? ¿Te pueden sancionar por no hacerlo? .
Preguntó porque yo con el miedo a perder exoneraciones de unos u otros ertes no he renunciado a ninguno aún y eso que tengo a una empresa desde el 09-2020 ya fuera?
Hola, hablé con Santiago. Eso si, nada por escrito. Erte cnae + salida de todos los trabajadores + nuevas contrataciones, me ha quedado claro que para ellos hay que renunciar, poca ayuda ahí de la AL si hay una inspección. Eso sí... me dijeron que no me agobiase que tenía 15 días para notificarlo 🙄 . Y después pues eso, Erte Cnae + salida de todos los trabajadores (sin nuevos contratos) que no sabían... que lo iban a estudiar.
 

DANI ML

Miembro conocido
Bueno, es que a la autoridad laboral lo que hay que comunicar es la RENUNCIA al Erte
Si no has renunciado, no hay nada que comunicar. Aunque estén todos los trabajadores fuera
Uno renuncia cuando quiere.
A salvo de la prudencia de cada cual; en mi caso por ejemplo si después de haber reincorporado a todos, quieren hacer una nueva contratación, es ahí cuando les "obligo" a renunciar
 

PEDRO

Miembro conocido
Bueno, es que a la autoridad laboral lo que hay que comunicar es la RENUNCIA al Erte
Si no has renunciado, no hay nada que comunicar. Aunque estén todos los trabajadores fuera
Uno renuncia cuando quiere.
A salvo de la prudencia de cada cual; en mi caso por ejemplo si después de haber reincorporado a todos, quieren hacer una nueva contratación, es ahí cuando les "obligo" a renunciar
Es que no he renunciado a ninguno porque la pandemia aun no ha terminado, y ya vemos lo que ha pasado con las exoneraciones por CNAE quienes han renunciado al erte de marzo se encuentran con que no pueden aplicarlas. O lo ertes por limitación/impedimento, pongamos que hay un brote en una localidad, nos encontraríamos que tendríamos que volver a solicitar un nuevo erte por lo mismo.
 

Mc

Miembro activo
Yo a los de limitación si estoy renunciando si veo que llevan ya un mes sin restricciones o sin cambios ... si luego hay más limitaciones, pues hare más . Y los que tengo de FM , renuncie a casi todos ..... pero tanta exoneración me da que lo pagaremos caro ... ahora yo aviso que no hay criterio definido y que necesitan recaudar . Pienso que este tipo de consultas las debiera solucionar la Aut. Laboral de manera clarisima, es increible de verdad que les preguntes y no sepan nada de nada ...... los ERTES al final los aprobaron como churros .
 

PEDRO

Miembro conocido
Prórroga ERTE FM CON CNAE : que opinais de aplicar las exoneraciones cuando tiene a todos los trabajadores recuperados al 100% a partir del 1 de julio?

Y si a mayores de tener todos los trabajadores recuperados, se contratase a algún trabajador más? Aplicaríais las exoneraciones? Obviamente no a los nuevos trabajadores, a los antiguos

Gracias!
En relación a la cuestión que planteas si recuperados todos los trabajadores se pueden aplicar las exoneraciones por CNAE, he vuelto a revisar los boletines red del año 2020, pues se había planteado esta misma cuestión, y el 14/2020 decía lo siguiente:

EXPEDIENTE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO: REINCORPORACIÓN DE TODAS LAS PERSONAS TRABAJADORAS
Solo por renuncia total comunicada de manera expresa ante la autoridad laboral dejan de desplegarse los efectos del artículo 1 del Real Decreto-ley 18/2020.
La exoneración regulada en el artículo 4.2.a) del RDL 18/2020 precisa que resulte posible la reanudación parcial, pero ello no excluye el que la reanudación pueda ser total. La norma parte de que exista, al menos, una posibilidad de reanudación, aunque sea en parte, pero no limita que, cumplido ese presupuesto, la reanudación pueda abarcar a todos los trabajadores de la empresa.
En consecuencia, la reincorporación de todas las personas trabajadores, una vez cumplidos el resto de requisitos, no determina la finalización de las exenciones establecidas en el artículo 4.2.a).
Entiendo que ahora pasa lo mismo, las exoneraciones por CNAE se han formulado para aquellas empresas que han sido afectadas por la pandemia y tardan mas en recuperar su actividad. Dice tasa de recuperación de actividad no de recuperación de trabajadores que tengas a todos tus trabajadores no significa que tu actividad sea la mismas, a lo mejor si no fuera por eta exoneración lo tendrías regulado cobrando el desempleo.
No se que opináis al respecto todos y quizás esté muy confundido, pero si prorrogan los ertes de marzo será porque no han finalizado los efectos de la pandemia. Llamémoslo como queramos, restricciones, limitaciones, impedimentos o miedos, porque hay gente que aun no se atreve a hacer vida con regularidad y las empresa no ha recuperado su actividad y por eso dan esas exenciones. Otra cosa será mañana que acabaremos peleados con el inspector de turno que diga que no procedía.
 

VILA100

Miembro conocido
Hola
Un contrato temporal es indefinido si falta la misma (con independencia de que lo documentemos como tal). Un ERTE FM sin la causa, entiendo, está vacío. Por mucho que nos empeñemos en estirarlo. Debiéramos buscar transitó a ETOP que al final es similar a un FM si. Exoneraciones. En fin..un lío.
Salu2
 
Arriba