Me parece correcta la moderación que está haciendo el poder judicial al exceso de celo (llegando incluso a lo draconiano) en la potestad disciplinaria de las empresas.
La pena máxima del proceso disciplinario laboral es la muerte laboral, llamada también despido.
Por la vía de los hechos consumados, algunas empresas (y ese convenio mencionado que a todas luces se pasa cinco pueblos....), a la pena máxima de muerte (despido), por una falta muy grave (inasistir al trabajo de forma reiterada sin causa justificada es MUY grave), le añaden "de propina" una especie de suspensión de empleo y sueldo de al menos 3 meses,(tiempo mínimo sin derecho a acceso a prestación si la causa de baja figura como dimisión/baja voluntaria).
Es cierto que hay casos sangrantes de Aprovechateguis profesionales, pero.... Cada uno debe estar a lo suyo.
Para fraudes en el orden social, el SEPE que derive el tema a IT, que pueden y deben hacerlo, y a veces hasta lo hacen.
Y las empresas, que suspendan de empleo y sueldo, o que despidan incluso, llegado el caso. Pero ese es el límite máximo hasta donde pueden llegar.
Ni una empresa, ni sus asesores, son instituciones autónomas autolegislativas.....
Es que lo contrario es como condenar a pena de muerte, escarnio público del cadaver, y exilio de los restos. Y eso es como salvaje.