Ficheros fie Puesto trabajo y funciones

alejandra23.

Nuevo miembro
El problema esque por ejemplo tengo una empresa con muchos trabajadores y funciones distintas. Por lo que, si tengo que personalizar cada posición y sus funciones es bastante trabajo manual...
 

MACALENA

Miembro activo
La explicación que me dieron en su momento fue que, dependiendo de las funciones realizadas, la duración del I.T. podía variar. Por ejemplo, un trabajador con gripe que no trabaje de cara al público puede reincorporarse antes que el que trabaje con niños o ancianos.
 

alejandra23.

Nuevo miembro
Y sabéis si hay algún problema si están las funciones en inglés? Es que lo tenemos en algunos casos así predeterminado.
En fin, si sigo sin entender por qué piden este dato
 

Nikki_sp

Miembro conocido
La explicación que me dieron en su momento fue que, dependiendo de las funciones realizadas, la duración del I.T. podía variar. Por ejemplo, un trabajador con gripe que no trabaje de cara al público puede reincorporarse antes que el que trabaje con niños o ancianos.
pero eso lo determina el medico, no nosotros. yo hago una descripcion muy escueta del puesto de trabajo.
 

alejandra23.

Nuevo miembro
Vale, es que mi descripción también es muy corta. Espero que no penalicen ni nada. Es que vamos, cada vez piden más cosas. Encima tengo que gestionarlo con el programa para ver como vincular la información de la descripción a los fie... como lo estáis haciendo vosotros?
 

Alexia

Miembro activo
Yo igual, las funciones propias del puesto de Camarero.... sólo nos falta ponernos a describirlas, además que o ampliaron ahora espacio o hay muy poco, un día quise copiar y pegar funciones del convenio y apenas cabía nada...
 

pajarillo

Miembro conocido
pero eso lo determina el medico, no nosotros. yo hago una descripcion muy escueta del puesto de trabajo.
El CNO viene apareciendo en los partes de baja desde hace ya varios años. Pero desconozco de donde obtenían dicho código, ¿de la declaración que hacía el propio trabajador en la consulta del médico?.

El Real Decreto 625/2014, de 18 de julio ya recogió la cuestión de asociar la ocupación con la duración estimada.

En el preámbulo ya se decía:


Actualmente, se ha dado un nuevo paso técnico en la estimación teórica de la duración de una situación de incapacidad temporal teniendo en cuenta no sólo la patología del trabajador, sino también su edad y su ocupación, pretendiendo así dotar al facultativo de una herramienta de respaldo técnico, fundamentada en el análisis de amplias bases de datos y en la experiencia de profesionales expertos en la materia que le oriente en su decisión.

El conocimiento del código nacional de ocupación a través de los partes médicos de incapacidad temporal que transmiten los servicios públicos de salud supondrá un avance en el conocimiento del comportamiento de esta prestación económica, que permitirá la comparación de datos a nivel internacional.

Y en su art. 2 dispone

El servicio público de salud o la empresa colaboradora o la mutua, según cuál sea la entidad facultada para emitir el parte de baja, remitirá por vía telemática al Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el plazo establecido en el artículo 7.1 los datos personales del trabajador y, además, los datos obligatorios del parte de baja relativos a la fecha de la baja, a la contingencia causante, al código de diagnóstico, al código nacional de ocupación del trabajador, a la duración estimada del proceso y, en su caso, la aclaración de que el proceso es recaída de uno anterior, así como, en este caso, la fecha de la baja del proceso inmediatamente anterior y la fecha de la baja del proceso que origina la recaída. Asimismo, hará constar la fecha en que se realizará el siguiente reconocimiento médico

Es decir, que es el Servicio Público de Salud o la mutua el obligado a informar al INSS de la ocupación del trabajador. No la empresa.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Si quieren saber que hace el trabajador que le pregunten a el. Nos ha jodido el tema este... Que no somos sus putos secretarios. Yo pongo lo generico de "funciones propias de tal..."
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Es cierto que puede generar más trabajo (y cuando se trata de asesorías o gestorías externas aún más, claro), pero tiene su lógica. Es algo sobre lo que yo llevo años diciendo que se debería incidir. Una misma patología o lesión no tiene por que incapacitar o hacerlo por un mismo periodo según la actividad realizada. Algunas lo harán en todos los casos pero otras, por ejemplo no deben tener la misma afectación para el que trabaja en una obra, en una mina o de camarero que el que realiza una actividad sedentaria tipo trabajo de oficina,
Y también hay circunstancias que pueden ser determinantes, como por ejemplo la posibilidad de teletrabajar. Si por ejemplo estoy a 40 de fiebre o con dolores terribles, no puedo trabajar ni fuera ni en casa, pero si, por ejemplo es una lesión que me complica la movilidad, pero no me impide trabajar por ejemplo con el ordenador, si tengo la posibilidad de teletrabajar, probablemente no esté justificada la baja.

Claro que valorar estas cosas es trabajo del médico, no nuestra, nadie dice que hagamos de médicos, pero el médico precisa de esa información para valorar.
¿Qué puede preguntarlo directamente al trabajador?, claro, pero estaremos a expensas de lo que el trabajador le diga. Por ejemplo, me consta que muchos, incluso sin preguntarlo el médico, comentan que pueden teletrabajar, pero otros, salvo que les sometan a un tercer grado, no lo van decir.
Eso ya dependerá de la profesionalidad y/o relación con la empresa de cada uno. Y con las elevadísimas tasas de absentismo que sufrimos, que se intente poner un poco de racionalidad en el tema me parece fantástico.
 

Caslaboral

Miembro conocido
Es cierto que puede generar más trabajo (y cuando se trata de asesorías o gestorías externas aún más, claro), pero tiene su lógica. Es algo sobre lo que yo llevo años diciendo que se debería incidir. Una misma patología o lesión no tiene por que incapacitar o hacerlo por un mismo periodo según la actividad realizada. Algunas lo harán en todos los casos pero otras, por ejemplo no deben tener la misma afectación para el que trabaja en una obra, en una mina o de camarero que el que realiza una actividad sedentaria tipo trabajo de oficina,
Y también hay circunstancias que pueden ser determinantes, como por ejemplo la posibilidad de teletrabajar. Si por ejemplo estoy a 40 de fiebre o con dolores terribles, no puedo trabajar ni fuera ni en casa, pero si, por ejemplo es una lesión que me complica la movilidad, pero no me impide trabajar por ejemplo con el ordenador, si tengo la posibilidad de teletrabajar, probablemente no esté justificada la baja.

Claro que valorar estas cosas es trabajo del médico, no nuestra, nadie dice que hagamos de médicos, pero el médico precisa de esa información para valorar.
¿Qué puede preguntarlo directamente al trabajador?, claro, pero estaremos a expensas de lo que el trabajador le diga. Por ejemplo, me consta que muchos, incluso sin preguntarlo el médico, comentan que pueden teletrabajar, pero otros, salvo que les sometan a un tercer grado, no lo van decir.
Eso ya dependerá de la profesionalidad y/o relación con la empresa de cada uno. Y con las elevadísimas tasas de absentismo que sufrimos, que se intente poner un poco de racionalidad en el tema me parece fantástico.
Con todos mis respetos, pero eso no es nuestro problema. No somos la policia ni el medico. Que el INSS y el CAP haga su trabajo, nosotros ya estamos informando puesto de trabajo y CNO, creo que no hace falta que vayamos redactando lo que hace cada trabajador, porque principalmente no lo sabemos a ciencia cierta. Lo mismo que yo sabe el medico de lo que hace un ayudante de camarero en concreto. Y por cada baja no voy a ir preguntando.
 

EL NOMINAS

Miembro activo
Considero que los dos tenéis razón. Y tal como es mi consideración de vuestras opiniones, así es la situación en la que estamos con la administración. Se resume en la canción de Héroes del silencio: ENTRE DOS TIERRAS ESTAS Y NO DEJAN AIRE QUE RESPIRAR. Lo veo venir, igual que realizamos investigaciones de accidentes ahora para cualquier enfermedad investigaciones posturales, térmicas, de estrés, psicosociales etc.... etc.... etc....
Supongo que no será tan grave... será como el sexo que en un principio duele, pero luego da placer. Se trataría de generar una descripción de trabajos y funciones de cada puesto de trabajo y luego el envío sería automático. Es algo como aprovechar la valoración de puestos de trabajo de prevención de riesgos.
Así, por ejemplo, no es lo mismo una operación de hernia inguinal (estandarizada su recuperación en 42 días) para un trabajador de una gestoría que para un torero. Es todo broma.
 
Última edición:

reb

Miembro conocido
Yo siempre pongo: Las funciones que indica su contrato laboral. No somos CSI Miami. Si quieren investigar o saber más que contraten a detectives que estén en paro
 

ANAGARGON

Miembro activo
Buenas tardes a todos, ¿y que CNO le ponemos a los autónomos societarios que están en IT a los que les hemos grabado todas las actividades de la sociedad, porque alguno tiene hasta 8 actividades?
 
Arriba