impotencia total, ayuda

JAVIER_R

Miembro activo
Buenas tardes:
Este tema lo he tratado aqui en otro post, pero se me ha complicado de una forma que no sé ya ni por donde tirar. Os resumo muy rápido:
10-04-2023: Trabajador cuenta ajena finaliza su baja laboral por a.t. (se encontraba en pago directo por estar de baja médica cuando finalizó sun contrato anterior con una empresa)

21-04-2023: Le doy de alta como trabajador por cuenta ajena en mi empresa cliente.

02-05-2023: El trabajador recibe resolución del INSS ya que, eso nos hemos enterado ahora, el propio asalariado recurrió el alta médica de 10-04-2023 y el INSS de oficio le indica que en lugar de fecha 10-04-23 le reconoce alta médica con fecha 28-04-23

O sea, cuando di de alta este trabajador estaba en situación de trabajar 21-04-23 y por una resolución del INSS de 2 de Mayo que le da caracter retroactivo a su alta médica a 28-04-23 resulta que tengo un trabajador que estaba de baja médica cuando causó alta en la empresa.

Primer escrito a casia: Me contestan que tengo que hacerlo por trámite y no por incidencia.
Segundo escrito a casia: Me contestan que eso es un trámite del INSS
Primer escrito a INSS: Me dicen que tengo que abrir un casia
Primer escrito a la mutua por donde percibia el trabajador el pago directo de A.T.: Que pongan Casia
Tercer escrito a casia: Que me ponga en contacto con el INSS
Y asi estamos, intento cerrar los seguros sociales de esta empresa con un solo tramo del 21 al 30 de abril (porque realmente el trabajador ha prestado sus servicios todos esos días) y la respuesta es error porque en ese periodo tiene dos tramos; del 21 al 28 abril (baja y alta medica) y del 29 al 30 de abril (periodo trabajado)

Ya no sé ni que hacer, y eso de tener un seguro social sin poder cerrar por esta incidencia me pone nerviosito perdido.
Alguna ayuda? Gracias y perdón por el "testamento"
 

daniel70

Nuevo miembro
Hola, lo mismo me paso a mi con un trabajador y como no me daban solución, me tenían mareado.
Para cuadrar los seguros sociales, le puse esos días como baja por enfermedad y funciono.
Que dentro unos meses la Tesorería o el INSS, me dicen que lo hice mal, que les den.
Un saludo.
 

Caslaboral

Miembro conocido
A ver, lo normal si el alta esta impugnada es que siga de baja hasta la resolucion de la misma...

Por tanto, es error del trabajador de impugnar un alta y no decir nada, tienes que comunicar las bases con la baja medica
 

toni

Miembro conocido
Buenas tardes:
Este tema lo he tratado aqui en otro post, pero se me ha complicado de una forma que no sé ya ni por donde tirar. Os resumo muy rápido:
10-04-2023: Trabajador cuenta ajena finaliza su baja laboral por a.t. (se encontraba en pago directo por estar de baja médica cuando finalizó sun contrato anterior con una empresa)

21-04-2023: Le doy de alta como trabajador por cuenta ajena en mi empresa cliente.

02-05-2023: El trabajador recibe resolución del INSS ya que, eso nos hemos enterado ahora, el propio asalariado recurrió el alta médica de 10-04-2023 y el INSS de oficio le indica que en lugar de fecha 10-04-23 le reconoce alta médica con fecha 28-04-23

O sea, cuando di de alta este trabajador estaba en situación de trabajar 21-04-23 y por una resolución del INSS de 2 de Mayo que le da caracter retroactivo a su alta médica a 28-04-23 resulta que tengo un trabajador que estaba de baja médica cuando causó alta en la empresa.

Primer escrito a casia: Me contestan que tengo que hacerlo por trámite y no por incidencia.
Segundo escrito a casia: Me contestan que eso es un trámite del INSS
Primer escrito a INSS: Me dicen que tengo que abrir un casia
Primer escrito a la mutua por donde percibia el trabajador el pago directo de A.T.: Que pongan Casia
Tercer escrito a casia: Que me ponga en contacto con el INSS
Y asi estamos, intento cerrar los seguros sociales de esta empresa con un solo tramo del 21 al 30 de abril (porque realmente el trabajador ha prestado sus servicios todos esos días) y la respuesta es error porque en ese periodo tiene dos tramos; del 21 al 28 abril (baja y alta medica) y del 29 al 30 de abril (periodo trabajado)

Ya no sé ni que hacer, y eso de tener un seguro social sin poder cerrar por esta incidencia me pone nerviosito perdido.
Alguna ayuda? Gracias y perdón por el "testamento"
Has intentado hacerlo por ACREDITA para que te concilien los tramos? Te lo comente en el otro post.
 

Ibizage

Miembro activo
Buenas tardes:
Este tema lo he tratado aqui en otro post, pero se me ha complicado de una forma que no sé ya ni por donde tirar. Os resumo muy rápido:
10-04-2023: Trabajador cuenta ajena finaliza su baja laboral por a.t. (se encontraba en pago directo por estar de baja médica cuando finalizó sun contrato anterior con una empresa)

21-04-2023: Le doy de alta como trabajador por cuenta ajena en mi empresa cliente.

02-05-2023: El trabajador recibe resolución del INSS ya que, eso nos hemos enterado ahora, el propio asalariado recurrió el alta médica de 10-04-2023 y el INSS de oficio le indica que en lugar de fecha 10-04-23 le reconoce alta médica con fecha 28-04-23

O sea, cuando di de alta este trabajador estaba en situación de trabajar 21-04-23 y por una resolución del INSS de 2 de Mayo que le da caracter retroactivo a su alta médica a 28-04-23 resulta que tengo un trabajador que estaba de baja médica cuando causó alta en la empresa.

Primer escrito a casia: Me contestan que tengo que hacerlo por trámite y no por incidencia.
Segundo escrito a casia: Me contestan que eso es un trámite del INSS
Primer escrito a INSS: Me dicen que tengo que abrir un casia
Primer escrito a la mutua por donde percibia el trabajador el pago directo de A.T.: Que pongan Casia
Tercer escrito a casia: Que me ponga en contacto con el INSS
Y asi estamos, intento cerrar los seguros sociales de esta empresa con un solo tramo del 21 al 30 de abril (porque realmente el trabajador ha prestado sus servicios todos esos días) y la respuesta es error porque en ese periodo tiene dos tramos; del 21 al 28 abril (baja y alta medica) y del 29 al 30 de abril (periodo trabajado)

Ya no sé ni que hacer, y eso de tener un seguro social sin poder cerrar por esta incidencia me pone nerviosito perdido.
Alguna ayuda? Gracias y perdón por el "testamento"
He tenido un par de casos similares, mandados mensajes a todo el mundo y todos pasando del tema. Solución enviarlo como lo tiene la Teso y esperar. Resultado, al cabo de 6 meses (si, has leido bien.... ACREDITA lo pone bien), no se cuantos meses despues llega cartita de la Teso reclamando la diferencia de pasta.
Por supuesto si esto te pasa al reves, no te van a decir nada ni te lo devolveran de oficio, te tocara pelearte con ellos para que te lo devuelvan (tengo casos que me lo han denegado, a saber pq), pero como no puedes hablar con nadie...
 

toni

Miembro conocido
He tenido un par de casos similares, mandados mensajes a todo el mundo y todos pasando del tema. Solución enviarlo como lo tiene la Teso y esperar. Resultado, al cabo de 6 meses (si, has leido bien.... ACREDITA lo pone bien), no se cuantos meses despues llega cartita de la Teso reclamando la diferencia de pasta.
Por supuesto si esto te pasa al reves, no te van a decir nada ni te lo devolveran de oficio, te tocara pelearte con ellos para que te lo devuelvan (tengo casos que me lo han denegado, a saber pq), pero como no puedes hablar con nadie...
Pues por eso mismo que lo haga AHORA POR ACREDITA y asi se evita futuras reclamaciones...
 

Caslaboral

Miembro conocido
Pero es que en este caso el tramo que tiene tesoreria es correcto. Es culpa del trabajador, si el alta esta impugnada la baja medica esta de facto prorrogada hasta resolucion. Cuando se le contrato NO podia trabajar
 

toni

Miembro conocido
Pero es que en este caso el tramo que tiene tesoreria es correcto. Es culpa del trabajador, si el alta esta impugnada la baja medica esta de facto prorrogada hasta resolucion. Cuando se le contrato NO podia trabajar
Pues entonces no hay ningun problema, que meta los datos que tiene la SS y listo...
 

JAVIER_R

Miembro activo
Muchisimas gracias a todo.
Acabo de hacer el escrito a la unidad médica porque creo que lo suyo sería que el INSS volviese a rectificar su alta médica a 20-04-23 (dia anterior al alta en la empresa), esperaré a mañana si me dan solución (lo dudo) ...me dirán que poga un casia... puff, jjeje .
El problema que veo a lo que me comentais, es decir el mismo día que entra en la empresa 21-04-23 indicar la incidencia baja a.t. es que me generaría tres tramos: del 21 al 21 de abril (dia de alta en la empresa y dia del "accidente de trabajo" del 22 al 28 (perido de baja médica) y de29 al 30 (periodo trabajado), cuando realmente los datos de tesoreria son dos tramos del 21 al 28 (baja médica) del 29 al 30 (periodo trabajado).
Vaya lio, no sé si me he explicado
 

toni

Miembro conocido
Una solucion salomica... Genera los tramos, elimina el 21 al 21 y modifica el tramo del 22 a 28 a 21 a 28.

Yo puedo manipular los ficheros en mi programa, supongo que tu tambien.
 

JAVIER_R

Miembro activo
Perfecto, muchas gracias.
No sé como modificar los tramos pero me pongo en contacto con mi programa.
Esperaré un poco por si me dan alguna solución pero al menos, en caso de no tener otra alternativa, lo haré de esa forma. Muchisimas gracias a todos
 

TMT

Miembro activo
Si lo quieres cuadrar tienes que hacerlo como te dice toni. le creas un tramo de baja y le pones la base de cotizacion que hubiera tenido si estuviera trabajando. y no le pongas descuento de it. Luego si lo arreglan cuando te venga la de oficio te dirá que mandes otra vez los datos, y los mandaras como si estuviera trabajando pero las bases seran las mismas y si hay diferencia será muy poca.
 

toni

Miembro conocido
Tema subrogación trabajadores en IT, abro un Acredita un viernes y el lunes resuelto… lo he utilizado poco, pero me han resuelto rapido.
 

toni

Miembro conocido
Lo que dije ayer, conoces a alguien haahhaha

Mi acredita mas rapido desde pandemia ha sido semana y media :ROFLMAO:
Mira que hago poquisimos casias y acreditas, estos ultimos creo que han sido 3 y todos tema de subrogaciones en IT y han resuelto en 48 horas.

A casia lo justo y necesario y mas de una vez he comentado que a alguno le he puesto "te pongo un 1 porque no me deja poner un 0", pero en el tema de 2 CCCP si que he tenido suerte, en 30 minutos ya lo tenia...
 

JAVIER_R

Miembro activo
Buenos dias.
Os informo que lo he solucionado. Ayer envié un correos y esta mañana a primera hora me han contestado que de oficio el alta médica de este trabajador en lugar del 28-04-23 la cambian a 20-04-23, día antes de darle yo de alta en la empresa. He comprobado IDC y efectivamente aparece así.
Os digo el email por si os pasa para que no os mareen con abre casia, abre otro casia....
buzon.unidad-medicainss@seg-social.es
Muchas gracias por vuestras aportaciones
 
Arriba