Buenas tardes:
Este tema lo he tratado aqui en otro post, pero se me ha complicado de una forma que no sé ya ni por donde tirar. Os resumo muy rápido:
10-04-2023: Trabajador cuenta ajena finaliza su baja laboral por a.t. (se encontraba en pago directo por estar de baja médica cuando finalizó sun contrato anterior con una empresa)
21-04-2023: Le doy de alta como trabajador por cuenta ajena en mi empresa cliente.
02-05-2023: El trabajador recibe resolución del INSS ya que, eso nos hemos enterado ahora, el propio asalariado recurrió el alta médica de 10-04-2023 y el INSS de oficio le indica que en lugar de fecha 10-04-23 le reconoce alta médica con fecha 28-04-23
O sea, cuando di de alta este trabajador estaba en situación de trabajar 21-04-23 y por una resolución del INSS de 2 de Mayo que le da caracter retroactivo a su alta médica a 28-04-23 resulta que tengo un trabajador que estaba de baja médica cuando causó alta en la empresa.
Primer escrito a casia: Me contestan que tengo que hacerlo por trámite y no por incidencia.
Segundo escrito a casia: Me contestan que eso es un trámite del INSS
Primer escrito a INSS: Me dicen que tengo que abrir un casia
Primer escrito a la mutua por donde percibia el trabajador el pago directo de A.T.: Que pongan Casia
Tercer escrito a casia: Que me ponga en contacto con el INSS
Y asi estamos, intento cerrar los seguros sociales de esta empresa con un solo tramo del 21 al 30 de abril (porque realmente el trabajador ha prestado sus servicios todos esos días) y la respuesta es error porque en ese periodo tiene dos tramos; del 21 al 28 abril (baja y alta medica) y del 29 al 30 de abril (periodo trabajado)
Ya no sé ni que hacer, y eso de tener un seguro social sin poder cerrar por esta incidencia me pone nerviosito perdido.
Alguna ayuda? Gracias y perdón por el "testamento"
Este tema lo he tratado aqui en otro post, pero se me ha complicado de una forma que no sé ya ni por donde tirar. Os resumo muy rápido:
10-04-2023: Trabajador cuenta ajena finaliza su baja laboral por a.t. (se encontraba en pago directo por estar de baja médica cuando finalizó sun contrato anterior con una empresa)
21-04-2023: Le doy de alta como trabajador por cuenta ajena en mi empresa cliente.
02-05-2023: El trabajador recibe resolución del INSS ya que, eso nos hemos enterado ahora, el propio asalariado recurrió el alta médica de 10-04-2023 y el INSS de oficio le indica que en lugar de fecha 10-04-23 le reconoce alta médica con fecha 28-04-23
O sea, cuando di de alta este trabajador estaba en situación de trabajar 21-04-23 y por una resolución del INSS de 2 de Mayo que le da caracter retroactivo a su alta médica a 28-04-23 resulta que tengo un trabajador que estaba de baja médica cuando causó alta en la empresa.
Primer escrito a casia: Me contestan que tengo que hacerlo por trámite y no por incidencia.
Segundo escrito a casia: Me contestan que eso es un trámite del INSS
Primer escrito a INSS: Me dicen que tengo que abrir un casia
Primer escrito a la mutua por donde percibia el trabajador el pago directo de A.T.: Que pongan Casia
Tercer escrito a casia: Que me ponga en contacto con el INSS
Y asi estamos, intento cerrar los seguros sociales de esta empresa con un solo tramo del 21 al 30 de abril (porque realmente el trabajador ha prestado sus servicios todos esos días) y la respuesta es error porque en ese periodo tiene dos tramos; del 21 al 28 abril (baja y alta medica) y del 29 al 30 de abril (periodo trabajado)
Ya no sé ni que hacer, y eso de tener un seguro social sin poder cerrar por esta incidencia me pone nerviosito perdido.
Alguna ayuda? Gracias y perdón por el "testamento"