Hola!
He recibido una inspección sobre una empresa en la que el marido es el administrador con el 51% de las acciones y la exmujer posee el 49%. Ella está dada de alta como trabajadora por cuenta ajena, pero realmente, aunque no realiza funciones de dirección y gerencia, entiendo que debería estar como trabajadora autonoma (nos ha llegado así la empresa como cliente nuevo en marzo, y la misma semana llegó la inspección, de regalo).
He aportado la documentación al inspector y he tratado de hablar con él para ver si podía adelantarme algo, pero es imposible.
Sería preferible:
a) cursar la baja de la exmujer como trabajadora por cuenta ajena, para darle de alta como autónoma, o
b) rectificar la escritura de la SL para que deje de tener el 49% de las participaciones, ahora que tiene una inspección? Es que no me había pasado antes, y no sé si es mejor esperar a que la Inspección se pronuncie (aunque a saber cuando lo haría), o directamente atajar el problema.
Agradezco vuestra ayuda de antemano
He recibido una inspección sobre una empresa en la que el marido es el administrador con el 51% de las acciones y la exmujer posee el 49%. Ella está dada de alta como trabajadora por cuenta ajena, pero realmente, aunque no realiza funciones de dirección y gerencia, entiendo que debería estar como trabajadora autonoma (nos ha llegado así la empresa como cliente nuevo en marzo, y la misma semana llegó la inspección, de regalo).
He aportado la documentación al inspector y he tratado de hablar con él para ver si podía adelantarme algo, pero es imposible.
Sería preferible:
a) cursar la baja de la exmujer como trabajadora por cuenta ajena, para darle de alta como autónoma, o
b) rectificar la escritura de la SL para que deje de tener el 49% de las participaciones, ahora que tiene una inspección? Es que no me había pasado antes, y no sé si es mejor esperar a que la Inspección se pronuncie (aunque a saber cuando lo haría), o directamente atajar el problema.
Agradezco vuestra ayuda de antemano