LIQUIDACIONES ENERO 2024

Alexia

Miembro activo
" .... hasta que no finalice el proceso masivo, el usuario no podrá solicitar el recibo para el ingreso sin recargo de las diferencias de cotización que se produzcan como consecuencia de la aplicación con carácter retroactivo de las citadas Órdenes, con independencia del momento en el que se reciba el fichero de respuestas informando de la actualización de la liquidación."

Resumiendo, que nos toca esperar y estar pendientes hasta que ellos quieran ponerlo en " Consulta y obtención de recibos fuera de plazo" .....
 

Alexia

Miembro activo
Gracias por la información, ya me estaba preocupando porque hoy intenté sacar las cartas de pago de unas de 01/2024 que me llegaron en septiembre y todavía nada...
 

Cris2

Nuevo miembro
Se tendrá que pagar con recargo o como es cosa de ellos que no sale nada habrá mas plazo de pago?
 

MICA

Miembro activo
Por aclararlo, ¿hasta final de noviembre?

"En realidad el correo que nos hicieron llegar en su momento decía lo siguiente:

La Orden PJC/281/2024, de 27 de marzo, modificó el apartado 1 de la disposición transitoria primera de la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional para el ejercicio 2024, estableciendo que las diferencias de cotización que se hubieran podido producir por la aplicación de lo dispuesto en la citada orden respecto de las cotizaciones que desde el 1 de febrero de 2024 se hubieran efectuado, podrán ser ingresadas sin recargo hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que la Tesorería General de la Seguridad Social comunique la actualización de las liquidaciones de cuotas afectadas.

A estos efectos se informa que la Tesorería General ya ha iniciado el proceso centralizado para la actualización de las liquidaciones presentadas durante el periodo de recaudación febrero 2024, por lo que ya se ha comenzado a enviar las correspondientes comunicaciones a los autorizados RED.

Como consecuencia del elevado volumen de liquidaciones que deben ser objeto de nuevo cálculo, la actualización de las liquidaciones afectadas se está realizando de manera progresiva, por lo que, hasta que no finalice el proceso masivo, el usuario no podrá solicitar el recibo para el ingreso sin recargo de las diferencias de cotización que se produzcan como consecuencia de la aplicación con carácter retroactivo de las citadas Órdenes, con independencia del momento en el que se reciba el fichero de respuestas informando de la actualización de la liquidación.

Se informará, mediante la correspondiente comunicación, de las fechas a partir de las cuales se podrán obtener los boletines de ingreso a través del Servicio de consulta y obtención de recibos fuera de plazo existente en la oficina virtual del sistema RED, así como de la fecha exacta de la que se dispone para realizar el ingreso sin recargo."



De hecho creo que nos hemos avanzado a descargarlas, pero yo no he recibido nada que me informará que ya están disponibles. Supongo que en breves....
 

Isleta

Miembro
Ya hemos pagado el de Enero de 2024 y al día siguiente nos mandan febrero 2024, quieren cobrarlo lo mas rápido posible, no nos dejan descansar. Por favor cuanto plazo hay desde que descargas la notificación para proceder al pago. Gracias.
 

reb

Miembro conocido
Ya hemos pagado el de Enero de 2024 y al día siguiente nos mandan febrero 2024, quieren cobrarlo lo mas rápido posible, no nos dejan descansar. Por favor cuanto plazo hay desde que descargas la notificación para proceder al pago. Gracias.
pero te salen las cartas bien? a mi no se me ven correctamente, a alguien más le pasa?
me sale así
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Isleta

Miembro
Las cartas de pago sí salen bien, pero imagino que al no especificar los plazos para pagar serán los habituales no?, las notificadas del 1 al quince... no?
 

MICA

Miembro activo
Las cartas de pago sí salen bien, pero imagino que al no especificar los plazos para pagar serán los habituales no?, las notificadas del 1 al quince... no?

Si lees un poquito más arriba... paso parte del correo electrónico que se recibió en su momento por Tesorería:

"La Orden PJC/281/2024, de 27 de marzo, modificó el apartado 1 de la disposición transitoria primera de la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional para el ejercicio 2024, estableciendo que las diferencias de cotización que se hubieran podido producir por la aplicación de lo dispuesto en la citada orden respecto de las cotizaciones que desde el 1 de febrero de 2024 se hubieran efectuado, podrán ser ingresadas sin recargo hasta el último día del mes siguiente a aquel en el que la Tesorería General de la Seguridad Social comunique la actualización de las liquidaciones de cuotas afectadas."
 
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