LIQUIDACIONES RECTIFICATIVAS 01/2022

Sadie

Miembro conocido
Yo hago lo mismo que vivas91 y al solicitar la devolución aporto el RLC anterior y el nuevo recibido por SILTRA.
 

nekeide

Miembro activo
os cuento lo que me acaba de suceder con respecto a estas rectificativas que estábamos hablando de enero 2022, ya por inercia he llamado a seg. social, para el tema de los ingresos indebidos, porque lo tenía pendiente y algún compañero parece ser que ya lo ha solicitado y os lo han devuelto, pues con toda la cara me suelta que aunque lo solicite lo van a denegar, por lo menos eso es lo que me ha dicho que está siguiendo el criterio en Gipuzkoa, ya que según el art 20.4 LGSS el plazo era de 3 meses .

Artículo 20. Adquisición, mantenimiento, pérdida y reintegro de beneficios en la cotización
4. Cuando, por causa no imputable a la Administración, los beneficios en la cotización no se hubieran deducido en los términos reglamentariamente establecidos, podrá solicitarse el reintegro de su importe dentro del plazo de tres meses, a contar desde la fecha de presentación de la liquidación en que el respectivo beneficio debió descontarse. De no efectuarse la solicitud en dicho plazo se extinguirá este derecho.

vosotros ya lo estáis pidiendo yos lo están concediendo?
que cara mas dura tienennnnnnn
 

reb

Miembro conocido
os cuento lo que me acaba de suceder con respecto a estas rectificativas que estábamos hablando de enero 2022, ya por inercia he llamado a seg. social, para el tema de los ingresos indebidos, porque lo tenía pendiente y algún compañero parece ser que ya lo ha solicitado y os lo han devuelto, pues con toda la cara me suelta que aunque lo solicite lo van a denegar, por lo menos eso es lo que me ha dicho que está siguiendo el criterio en Gipuzkoa, ya que según el art 20.4 LGSS el plazo era de 3 meses .

Artículo 20. Adquisición, mantenimiento, pérdida y reintegro de beneficios en la cotización
4. Cuando, por causa no imputable a la Administración, los beneficios en la cotización no se hubieran deducido en los términos reglamentariamente establecidos, podrá solicitarse el reintegro de su importe dentro del plazo de tres meses, a contar desde la fecha de presentación de la liquidación en que el respectivo beneficio debió descontarse. De no efectuarse la solicitud en dicho plazo se extinguirá este derecho.

vosotros ya lo estáis pidiendo yos lo están concediendo?
que cara mas dura tienennnnnnn
A mi me ha pasado con una bonificación de un alumno en prácticas, nos han dicho que nanai, que el plazo era de 3 meses para haber solicitado la devolución
 

Sadie

Miembro conocido
Yo hice la solicitud y al día siguiente recibí un mail en el que se nos comunicaba que se incoaba expediente de devolución de cuotas.
 

Manu.cc.

Miembro activo
os cuento lo que me acaba de suceder con respecto a estas rectificativas que estábamos hablando de enero 2022, ya por inercia he llamado a seg. social, para el tema de los ingresos indebidos, porque lo tenía pendiente y algún compañero parece ser que ya lo ha solicitado y os lo han devuelto, pues con toda la cara me suelta que aunque lo solicite lo van a denegar, por lo menos eso es lo que me ha dicho que está siguiendo el criterio en Gipuzkoa, ya que según el art 20.4 LGSS el plazo era de 3 meses .

Artículo 20. Adquisición, mantenimiento, pérdida y reintegro de beneficios en la cotización
4. Cuando, por causa no imputable a la Administración, los beneficios en la cotización no se hubieran deducido en los términos reglamentariamente establecidos, podrá solicitarse el reintegro de su importe dentro del plazo de tres meses, a contar desde la fecha de presentación de la liquidación en que el respectivo beneficio debió descontarse. De no efectuarse la solicitud en dicho plazo se extinguirá este derecho.

vosotros ya lo estáis pidiendo yos lo están concediendo?
que cara mas dura tienennnnnnn
Pues yo estoy esperando a que me vengan más rectificaciones y solicitar el importe total de una sola vez... son dos empresas y he recibido rectificaciones desde enero a marzo de ambas, en una de ellas la trabajadora finalizó en junio 22, y en la otra está el año 22 entero...

Pero yo flipo con eso de los 3 meses... porque las rectificaciones vienen porque en ese año entraron en el colectivo 3150 de mayores de 65 años con 35 años cotizados (al menos las mías)... ¿vamos a tener que ir trabajador por trabajador viendo los años de cada uno y cuantos han trabajado para actualizar los perfiles en los programas y aplicar las bonificaciones al momento?

Al igual que están actualizando ahora lo podrían haber hecho en su momento, después del primer o segundo mes, que para eso tienen su base de datos, nos hubiéramos enterado "en plazo" y podríamos haber configurado los perfiles de estos trabajadores correctamente y así hubieramos evitado estos descuadres en cotizaciones de tantos meses dos años atrás...
 
Última edición:

yujurl

Miembro
Hola, yo he pedido la de mi propia empresa directamente y me lo han concedido. Las otras 20 de clientes que he enviado, me están obligando a que el TC13 me lo firme la empresa, cuando hasta el mes pasado me dejaban que lo firmara yo que para eso soy autorizado RED (que más representación no puede haber). Pero ya os digo, que me están obligando a adjuntar en el expediente abierto el TC13 firmado por la empresa.

Sergio
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Hola, yo he pedido la de mi propia empresa directamente y me lo han concedido. Las otras 20 de clientes que he enviado, me están obligando a que el TC13 me lo firme la empresa, cuando hasta el mes pasado me dejaban que lo firmara yo que para eso soy autorizado RED (que más representación no puede haber). Pero ya os digo, que me están obligando a adjuntar en el expediente abierto el TC13 firmado por la empresa.

Sergio
TGSS se pone cada día mas tonta... Pero si estamos autorizados :ROFLMAO: no necesitamos que nos firmen doc para operar ante la TGSS.
 

Niema

Miembro activo
en l 901 nos han reconocido que internamente están teniendo problemas y que hay algunas liquidaciones que no se pueden conciliar y que están trabajando en ello... menos mal que salen a devolver... porque encima podrían poner recargo por ser algo de oficio y por culpa de ellos, conociéndolos nos esperamos cualquier cosa.
 

yujurl

Miembro
en l 901 nos han reconocido que internamente están teniendo problemas y que hay algunas liquidaciones que no se pueden conciliar y que están trabajando en ello... menos mal que salen a devolver... porque encima podrían poner recargo por ser algo de oficio y por culpa de ellos, conociéndolos nos esperamos cualquier cosa.
Yo tengo una conciliada que me sale a pagar, es correcto, y no existe el botón de confirmar con el nuevo diseño de la web. Tengo que esperar a que me confirmen de oficio.

Sergio
 

Niema

Miembro activo
Lo ponen en el fichero en un mensaje que se despliega a pasar el ratón... Si es a ingresar tenemos que sacar el recibo de fuera de plazo y pagar. Si no lo hacemos, claro, quedará pendiente una deuda. Si es a devolver "podrá solicitar la devolución por el procedimiento habitual".

Ver el archivos adjunto 3050
buenos días, Marlo;
tenemos una sin cerrar que recibimos el 13 de mayo, en teoría tenemos para cerrar hasta el 25 de junio.
cómo podemos sacarla cuando esté totalizada?
 

MarLo

Miembro conocido
buenos días, Marlo;
tenemos una sin cerrar que recibimos el 13 de mayo, en teoría tenemos para cerrar hasta el 25 de junio.
cómo podemos sacarla cuando esté totalizada?
hola, no te entiendo muy bien, recibiste una rectificativa y ya recalculaste de nuevo los tramos y la enviaste y confirmaste? Es eso? Había diferencias entre lo inicialmente presentado y lo de ahora rectificado? Si envías algún pantallazo del paso en el que estás igual nos hacemos una idea...
 

Niema

Miembro activo
buenos días, Marlo:
tenemos dos,
en la primera los importes son iguales, pudimos conciliar pero no nos permite confirmar.

En la segunda, estamos tratando de conciliar los tramos, pero nos arroja error * ya existe una liquidación anterior*
no nos permite conciliar los tramos en una y en la otra no nos permite confirmar.


Me podéis por favor, confirmar los plazos?
Nos dijeron en el 901 que se habían ampliado, y que si se habían recibido el día 13 de mayo, el plazo se ampliaba hasta el 25 de junio.
podéis confirmarme por favor?
 

MarLo

Miembro conocido
buenos días, Marlo:
tenemos dos,
en la primera los importes son iguales, pudimos conciliar pero no nos permite confirmar.

En la segunda, estamos tratando de conciliar los tramos, pero nos arroja error * ya existe una liquidación anterior*
no nos permite conciliar los tramos en una y en la otra no nos permite confirmar.


Me podéis por favor, confirmar los plazos?
Nos dijeron en el 901 que se habían ampliado, y que si se habían recibido el día 13 de mayo, el plazo se ampliaba hasta el 25 de junio.
podéis confirmarme por favor?
Plazos... "El plazo habilitado para realizar estas actuaciones finalizará el día 25 del mes siguiente a aquel en el que se emita la comunicación"

a ver si esto resuelve tu duda, este mensaje sale al pasar con el ratón por encima de los ficheros que entran por siltra


1716885683191.png
 

Kalin

Miembro activo
Pues yo estoy esperando a que me vengan más rectificaciones y solicitar el importe total de una sola vez... son dos empresas y he recibido rectificaciones desde enero a marzo de ambas, en una de ellas la trabajadora finalizó en junio 22, y en la otra está el año 22 entero...

Pero yo flipo con eso de los 3 meses... porque las rectificaciones vienen porque en ese año entraron en el colectivo 3150 de mayores de 65 años con 35 años cotizados (al menos las mías)... ¿vamos a tener que ir trabajador por trabajador viendo los años de cada uno y cuantos han trabajado para actualizar los perfiles en los programas y aplicar las bonificaciones al momento?

Al igual que están actualizando ahora lo podrían haber hecho en su momento, después del primer o segundo mes, que para eso tienen su base de datos, nos hubiéramos enterado "en plazo" y podríamos haber configurado los perfiles de estos trabajadores correctamente y así hubieramos evitado estos descuadres en cotizaciones de tantos meses dos años atrás...
Pero no son 4 años para devolucion de ingresos indebidos??
https://www.seg-social.es/wps/porta...acionRecaudacionTrabajadores/9896/38386/50953
 

nudelma

Miembro
Buenos días compañer@s, a ver si le ha pasado a alguien más..
Solicité la devolución porque eran 300€ y dije va lo hago, total que nos ha llegado la resolución que lo desestiman porque han pasado más de 3 meses... Efectivamente llamo a SS y me confirman que claro al ser bonificaciones no me las van a devolver salvo que sean de los últimos tres meses (me llegaron de enero-febrero-marzo del 2022) INCREIBLE Ósea en el mensaje que me entra por Siltra me dice expresamente si es a devolver solicitar por por el procedimiento habitual. La chica aun por teléfono intentando convencerme de que probara suerte con las que me fueran llegando por si acaso, como si hacer los trámites no supusiera perder nada de tiempo... EN FIN a ver si a alguien más le ha ocurrido o que... aluciando estoy todavía Ahora aun me queda hablarlo con el cliente y encima hacerles entender que evidentemente no ha sido mi culpa :mad:
 

isaaa

Miembro
A mi me ha pasado exactamente lo mismo, nudelma. Eso sí, al cliente no le dije nada porque quería curarme en salud y no decirle que iban a devolverle dinero y luego nada, como así ha sido....
 

nudelma

Miembro
A mi me ha pasado exactamente lo mismo, nudelma. Eso sí, al cliente no le dije nada porque quería curarme en salud y no decirle que iban a devolverle dinero y luego nada, como así ha sido....
Pues eso tendría que haber hecho yo, pero le pedí un dato que necesitaba y mira... pequé de ingenua jaja Encima la resolución desestiamndolo la ha abierto la empresa esta misma mañana ósea imagínate ..
 

Cristi

Miembro activo
Buenos días,
Pues yo estoy con un cabreo con esto, solicito las devoluciones de dos empresas de las que somos autorizados RED y nos contestan que la desestiman porque no somos los que debemos solicitarlas, que deben solicitarlas las empresas directamente.... vamos que autorizados para lo que les interesa sí,.... ahí me ví, enviándole todo a la empresa para que ellos con su certificado hicieran el trámite...que despropósito todo de verdad... :sneaky:
 

TOÑITA

Miembro
Que casos son los que están denegando. Yo tengo el caso de persona mayor de 65 exoneración y también reducción por situación IT 62 años.
 
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