Montar un despido

Cachilipox

Miembro conocido
¿Que opinas de este artículo? Entiendo que aunque falte motivación o causalidad el despido no es nulo, solo improcedente?

Pelín farragoso, pero sí, se van a una de las fuentes generales del derecho (el Código Civil), y lo que elaboran como doctrina es que TODO DESPIDO ES IMPROCEDENTE, salvo que se cumplan y acrediten las causalidades (formales y esenciales) que la normativa exige para la procedencia, o alternativamente (aunque no lo desarrollan), que la propia ley lo incluya dentro de las posibles nulidades por ilicitud.

Desde la fecha de ese artículo a ahora, la normativa ha aumentado los supuestos donde la nulidad se presupone, salvo prueba en contra.

Por ejemplo, no ha variado la nulidad establecida por ley si existe discriminación.
Pero sí ha variado (se ha ampliado el perímetro de presunciones) a situaciones antes no contempladas.
Y vía jurisprudencial, la declaración de nulidad ahora es MUCHÍSIMO más rentable que la mera improcedencia.
Así que existe un estímulo muy potente para perseguir la declaración de nulidad, y a su vez, ahora es mucho más fácil que antes conseguirla.
 

PEDRO

Miembro conocido
Pelín farragoso, pero sí, se van a una de las fuentes generales del derecho (el Código Civil), y lo que elaboran como doctrina es que TODO DESPIDO ES IMPROCEDENTE, salvo que se cumplan y acrediten las causalidades (formales y esenciales) que la normativa exige para la procedencia, o alternativamente (aunque no lo desarrollan), que la propia ley lo incluya dentro de las posibles nulidades por ilicitud.

Desde la fecha de ese artículo a ahora, la normativa ha aumentado los supuestos donde la nulidad se presupone, salvo prueba en contra.

Por ejemplo, no ha variado la nulidad establecida por ley si existe discriminación.
Pero sí ha variado (se ha ampliado el perímetro de presunciones) a situaciones antes no contempladas.
Y vía jurisprudencial, la declaración de nulidad ahora es MUCHÍSIMO más rentable que la mera improcedencia.
Así que existe un estímulo muy potente para perseguir la declaración de nulidad, y a su vez, ahora es mucho más fácil que antes conseguirla.
Gracias por tu respuesta. Lo que he visto es que en el derecho español están tasados los casos de nulidad en el despido, pero como tu bien dices las cosas han cambiado y muchos profesionales van buscando la nulidad. Antes entregabas una carta con una causa de las mas genérica del mundo e improcedente, pero ahora es jugársela a que un día el juez diga que no vale eso de que porque pago despido porque me da la gana., no, el miedo que me da ahora en los despidos es que al menos tiene que haber unos hechos sean sancionables, otra cosa es que sean suficiente para un despido pero al menos un incumplimiento.
¡Cómo hecho consignar en 48 horas! al menos no tenías que "pelear" con el cliente para decirle que en España no hay despido libre que no vale solo con pagar que tiene que haber una causalidad.
 
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