Cachilipox
Miembro conocido
Pelín farragoso, pero sí, se van a una de las fuentes generales del derecho (el Código Civil), y lo que elaboran como doctrina es que TODO DESPIDO ES IMPROCEDENTE, salvo que se cumplan y acrediten las causalidades (formales y esenciales) que la normativa exige para la procedencia, o alternativamente (aunque no lo desarrollan), que la propia ley lo incluya dentro de las posibles nulidades por ilicitud.¿Que opinas de este artículo? Entiendo que aunque falte motivación o causalidad el despido no es nulo, solo improcedente?
Desde la fecha de ese artículo a ahora, la normativa ha aumentado los supuestos donde la nulidad se presupone, salvo prueba en contra.
Por ejemplo, no ha variado la nulidad establecida por ley si existe discriminación.
Pero sí ha variado (se ha ampliado el perímetro de presunciones) a situaciones antes no contempladas.
Y vía jurisprudencial, la declaración de nulidad ahora es MUCHÍSIMO más rentable que la mera improcedencia.
Así que existe un estímulo muy potente para perseguir la declaración de nulidad, y a su vez, ahora es mucho más fácil que antes conseguirla.