Buenos días,
Una cafetería con 10 empleados, mantiene a dos empleados desde 01/01/2021, en ERTE FM limitación con contrato suspendido, uno es encargado y otro es camarero (que lleva de baja IT desde el 01/02/2021). Ahora quieren contratar un nuevo camarero, entiendo que no hay problema, debido a que el trabajador de igual categoría que se encuentra en ERTE suspensión, está de Baja IT, por lo que no puede reincorporarse.
Entiendo que es justificada la nueva contratación sin afectar al ERTE FM, de ser así que contrato se le haría al nuevo trabajador para atar bien el tema del ERTE, de interinidad, por sustitución del trabajador en ERTE y de baja IT o eventual por época estival?
Una cafetería con 10 empleados, mantiene a dos empleados desde 01/01/2021, en ERTE FM limitación con contrato suspendido, uno es encargado y otro es camarero (que lleva de baja IT desde el 01/02/2021). Ahora quieren contratar un nuevo camarero, entiendo que no hay problema, debido a que el trabajador de igual categoría que se encuentra en ERTE suspensión, está de Baja IT, por lo que no puede reincorporarse.
Entiendo que es justificada la nueva contratación sin afectar al ERTE FM, de ser así que contrato se le haría al nuevo trabajador para atar bien el tema del ERTE, de interinidad, por sustitución del trabajador en ERTE y de baja IT o eventual por época estival?