NUEVO ESTATUTO...

EstefaníaMJ

Miembro conocido
No voy a leer más hasta que salga :ROFLMAO: :ROFLMAO: :ROFLMAO: Pero os dejos unos regalitos antes de cerrar

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A ese paso más de un trabajador acabará trabajando 3 días al año por 3 horas :ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO::ROFLMAO:
 

elchuske

Miembro conocido
Tenia que estar penalizado los ladrillos como estos. O parecidos en todos los ambitos. Te hacen perder el tiempo y la lian parda. No voy a poner ejemplos que todos sabeis. Tan facil como decir, ocho dias por hospitalizacion de todos tus parientes y convivientes. vecinos incluidos porque son convivientes. o no??. Si al niño se le antoja hacer un puzzle me quedo en casa porque no se le vaya a joder su percepcion cognitiva. Y lo de los 8 años me parece poco, Hasta los 18 años por lo menos no sea que se traumatice su adolescencia y le de por el porro. Y si hace falta hay que acompañar al adolescente todas las veces que sean necesarias en horario de curro, faltaria mas, a las clases de calimocho bien tirado que eso es importante para su desarrollo personal y afectivo. Se me ocurren mas cosas, pero lo dejo aqui. Porque al final el tocho voy a ser yo.
 

Marcos N

Miembro activo
Art. 14.2 "La decisión de rescindir el contrato de trabajo durante el período de prueba deberá ir acompañada de una exposición de las tareas que ha realizado el trabajador o la trabajadora y los elementos de juicio y valoración del desempeño que han llevado a adoptar la decisión, debiendo acreditar la falta de aptitud del trabajador o trabajadora para realizar las tareas".
Sin entrar en las reformas del lenguaje inclusivo, que ya en la reforma laboral anterior quedaron en que era "la persona trabajadora", ahí tenéis la perlita del período de prueba ... No va a haber hijo de madre que resuelva el contrato en dicho período, y si consigues acreditar la causa, ojito no menoscabes la dignidad del trabajador. Va a haber que contratar expertos en comunicación. Ah y por supuesto la puerta para reclamar, caso de que no consigas acreditar la causa, abierta de par en par.
 

Marcos N

Miembro activo
Bueno, un ejemplo: "... analizada información, por supuesto con todos los protocolos de protección de datos y de la intimidad del trabajador, resulta que éste no puede acreditar que habla los dos idiomas que dice que habla, bueno uno el suyo y el otro, dice que inglés. El empresario le pide que le diga algo en inglés, y el trabajador dice "yellow".¿ Nada más? Dice el empresario, pero bueno, ponga algo de contexto, una frasecita por lo menos ... A lo que el trabajador responde, bueno pues en contexto sería: ayer entré en un bar y pedí un whisky con yellow ...
Si te toca un torpedo así, no le vas a poder invitar a que abandone la empresa en el p.p.? Y ojito con la vulneración de los derechos fundamentales, que a lo mejor no era el mejor día del trabajador y no hay que ponerse así por tan poca cosa.
De todas formas, muchas veces la realidad supera la ficción, porque te encuentras con cada caso...
Gracias Toni por tenernos informados, ya veo que sigues al pie del cañón ...
 

toni

Miembro conocido
Bueno, un ejemplo: "... analizada información, por supuesto con todos los protocolos de protección de datos y de la intimidad del trabajador, resulta que éste no puede acreditar que habla los dos idiomas que dice que habla, bueno uno el suyo y el otro, dice que inglés. El empresario le pide que le diga algo en inglés, y el trabajador dice "yellow".¿ Nada más? Dice el empresario, pero bueno, ponga algo de contexto, una frasecita por lo menos ... A lo que el trabajador responde, bueno pues en contexto sería: ayer entré en un bar y pedí un whisky con yellow ...
Si te toca un torpedo así, no le vas a poder invitar a que abandone la empresa en el p.p.? Y ojito con la vulneración de los derechos fundamentales, que a lo mejor no era el mejor día del trabajador y no hay que ponerse así por tan poca cosa.
De todas formas, muchas veces la realidad supera la ficción, porque te encuentras con cada caso...
Gracias Toni por tenernos informados, ya veo que sigues al pie del cañón ...
Que remedio, aun no me dejan jubilarme los muy cabrones...
 

toni

Miembro conocido
Pero yo me pregunto, vamos a suponer que si, que la persona contratada no sirve, como articulamos eso? Al tramitar la baja en TGSS hay que acompañar una exposicion de motivos? Se manda al SEPE junto con el certificado de empresa? Aun os extraña que quiera jubilarme?

En la proxima vida me hago monje y me largo al TIBET...
 

Cachilipox

Miembro conocido
Art. 14.2 "La decisión de rescindir el contrato de trabajo durante el período de prueba deberá ir acompañada de una exposición de las tareas que ha realizado el trabajador o la trabajadora y los elementos de juicio y valoración del desempeño que han llevado a adoptar la decisión, debiendo acreditar la falta de aptitud del trabajador o trabajadora para realizar las tareas".
Sin entrar en las reformas del lenguaje inclusivo, que ya en la reforma laboral anterior quedaron en que era "la persona trabajadora", ahí tenéis la perlita del período de prueba ... No va a haber hijo de madre que resuelva el contrato en dicho período, y si consigues acreditar la causa, ojito no menoscabes la dignidad del trabajador. Va a haber que contratar expertos en comunicación. Ah y por supuesto la puerta para reclamar, caso de que no consigas acreditar la causa, abierta de par en par.

Si este cambio tirara adelante, de facto se estaría creando un tercer supuesto de despido.
A los que ahora hay ("objetivo" y "disciplinario"), se le añadiría el despido por causas "subjetivas", equivalente al actual n.s.p.p., pero claro, con items y rúbricas de evaluación.

La parte "buena":
.- Deja claro que el periodo de prueba es una fase de evaluación, sujeta a plazos y procedimientos
.- Obliga a establecer ex-ante criterios claros de evaluación (lo que exige a su vez tener claros los objetivos)

Incorporada esta parte "buena" en el quehacer de las empresas, los actuales despidos por ineptitud (actualmente "objetivos"), muchas veces incausales o pésimamente fundamentados, pasarán a estar mucho más acreditados.

La parte "mala":
.- TODO LO DEMÁS

Y así, por elucubrar, ahora que no nos lee nadie:
Dado que el periodo de prueba se conformaría como un verdadero y auténtico proceso de evaluación de la competencia profesional (conocimientos, procedimientos y actitudes...), que exige objetivos, criterios e indicadores, amen de tiempo y esfuerzo de los evaluadores
¿Podrán las empresas repercutir al candidato dichos costes?
En plan "Precio por el procedimiento de evaluación de competencia para el puesto", tantos €
Exención en caso de superación positiva y continuación de la relación contractual

Nota: Para los que no lo conozcáis, os aconsejo que os vayáis familiarizando con la web del INCUAL
 

NOEMI

Miembro conocido
Bueno, un ejemplo: "... analizada información, por supuesto con todos los protocolos de protección de datos y de la intimidad del trabajador, resulta que éste no puede acreditar que habla los dos idiomas que dice que habla, bueno uno el suyo y el otro, dice que inglés. El empresario le pide que le diga algo en inglés, y el trabajador dice "yellow".¿ Nada más? Dice el empresario, pero bueno, ponga algo de contexto, una frasecita por lo menos ... A lo que el trabajador responde, bueno pues en contexto sería: ayer entré en un bar y pedí un whisky con yellow ...
Si te toca un torpedo así, no le vas a poder invitar a que abandone la empresa en el p.p.? Y ojito con la vulneración de los derechos fundamentales, que a lo mejor no era el mejor día del trabajador y no hay que ponerse así por tan poca cosa.
De todas formas, muchas veces la realidad supera la ficción, porque te encuentras con cada caso...
Gracias Toni por tenernos informados, ya veo que sigues al pie del cañón ...
Que remedio, aun no me dejan jubilarme los muy cabrones...
no te jubiles que te ibamos a echar mucho de menos
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
yo veo que la cosa está flojilla hacen falta algunos planes más....algunas ideas
>plan de prevención del juego (ya sabemos que en navidad en las empresas nos ansiamos con la lotería compartida )
>plan de higiene en la conducción.. no olvidemos que en los desplazamientos al ir al trabajo "itinere"...eso de pegar el moquillo debajo del volante en los semáforos es responsabilidad de la empresa erradicar esa práctica
etc...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Para los que les gustan la intervenciones escuetas ahí va esta: si no tienes tiempo y humor para leer ladrillos, no pierdas en tiempo con lo que no es más que una proposición de ley de un partido del Grupo Mixto, Podemos, y que no pretende ser otra cosa que tratar de hacer un pulso a la Yoli por haber quién tiene las "ocurrencias laborales más molonas" y que difícilmente tendrá más recorrido, al menos en esos términos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Por cierto, entre las "ocurrencias" que no me ha parecido ver comentadas está la de cargarse el despido improcedente, o será procedente ("ajustado a derecho") o nulo, en ese caso con indemnización de 45 días/año o reincorporación, a elección del TRABAJADOR!!.

Pero si queremos tener en el radar novedades que si tienen visos de ser realidad en breve plazo, recomiendo la lectura de otros proyectos de ley (o resúmenes de los mismos) como el que reforma el ET por la transposición de la Directiva Europea sobre transparencia de las condiciones laborales, o los proyectos de la Ley de Familias, o de Movilidad Sostenible...
 
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