NUEVO SISTEMA DE COTIZACION DE LOS AUTONOMOS A PARTIR DEL 2023

Inma.2

Miembro conocido
Hola,
la base no hay que cambiarla ahora antes del 01 / 10 / 2022... tenemos más tiempo (me he dado cuenta al tratar de procesar un autónomo).
salu2

en teoría sólo se mantendrán las bases de los autónomos que sobre- coticen a 31/12/2022, si cambias la base a partir de 01/10/2022 no será efectiva hasta 01/01/2023 y por consiguiente ya no será aplicable, de ahí nuestro dilema...
 

VILA100

Miembro conocido
en teoría sólo se mantendrán las bases de los autónomos que sobre- coticen a 31/12/2022, si cambias la base a partir de 01/10/2022 no será efectiva hasta 01/01/2023 y por consiguiente ya no será aplicable, de ahí nuestro dilema...
Si, correcto, por tanto, solo tendríamos que mirar los que quieren tener bases superiores a los ingresos del 2023
Salu2
 

NOEMI

Miembro conocido
fernando a ver si puedes preguntar si les tenemos informados con base minima a los societarios les respetan los 1234.80 o les bajan directamente a 1000?
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo ando con la misma duda pero entiendo que es un perjuicio para el autonomo, supongo que se la mantendrán y el año que viene cuando se regularice le preguntarán que base quiere tener, si la actual o bajarla a 1000.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
yo entiendo que el societario cotiza por una base de 1300 euros, que a su vez es la minima, pero esos 1300 euros ya los tendria consolidados para 2023 si su rendimiento fuera menor
 

VILA100

Miembro conocido
Hola

es ilógico que en sistema Ponzi se reduzcan la cantidad a pagar / opciones de pagar más. Son muchos casos y muchos los recursos, veo muy raro que bajen bases…
salu2
 

IRIA80

Miembro
Si, correcto, por tanto, solo tendríamos que mirar los que quieren tener bases superiores a los ingresos del 2023
Salu2
Se mantiene la base que tenías en 2022, pero si al final los rendimientos son superiores a la citada base puedes incrementarla en las fechas que te lo permiten no?
 

VILA100

Miembro conocido
Claro…. Al final…como lo veo…ahora, son casos puntuale, esto es, el que quiere cotizar más de lo que ganará y aún no lo esté haciendo

salu2
 

Anavale

Miembro activo
pero una duda, los autónomos se calcula en base a sus rendimientos, pero si es societario??en base a sus rendimientos (renta) o los rendimientos de su empresa??
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues:

base mínima autónomos societarios: 1000

jubilación activa: hay regularización también de acuerdo a ingresos (dividendos + nómina+ cuota de seguridad social).

Se puede mantener siempre la base que se tenga a 31-12-2022, si la misma es superior a la que se tiene por ingresos
 

Gestributs

Miembro activo
Pues:

base mínima autónomos societarios: 1000

jubilación activa: hay regularización también de acuerdo a ingresos (dividendos + nómina+ cuota de seguridad social).

Se puede mantener siempre la base que se tenga a 31-12-2022, si la misma es superior a la que se tiene por ingresos
1.000 o 1.166,70? porque la base mínima del grupo 7 del régimen general son 1.166,70, no?
 

MICA

Miembro activo
fernando a ver si puedes preguntar si les tenemos informados con base minima a los societarios les respetan los 1234.80 o les bajan directamente a 1000?

Está misma duda es la que tengo... en los casos de las bases mínimas de los societarios, que no están sobre cotizando por decirlo así, se supone que si a 31.12 tienen esta base podrán mantenerla de cara el año que viene, aunque la gran mayoría por tramo podrían optar a escogerla, pero obviamente no interesa que se la bajen a 1000.

Le pregunté a Benavides en un curso y me respondió lo siguiente: (Ahora bien, con la coletilla según parece puede haber cambios en esa regulación... menuda gracia).

Buenas tardes,
La base que tienen en diciembre 2022 pueden mantenerla en el futuro aunque los rendimientos motivaran una inferior que nunca podrá ser inferior a 1.000 en 2023, si no comunican ningún cambio en 2023 se les mantendrá la de 1.234,80, tal como esta regulada la norma a fecha de hoy la única garantía de mantener una base superior a la de los rendimientos es poder mantener la de diciembre 2022, aunque según parece pueden haber cambios en esa regulación. Hoy por hoy lo único garantizado es el importe de base de diciembre de 2022.
Lógicamente se puede comunicar cambio de base con efecto 01/10/22 hasta el 30/09/22.
Saludos
 

Bruma

Miembro activo
Bien, pues parece que, efectivamente, para los societarios ya no va a tener efectos la base mínima del grupo 1, es decir, los 1.234,80 y podrán elegir otra inferior no menos de 1.000. Así pues, entiendo que los societarios interesados en cotizar menos, y cuyos ingresos sean por ejemplo una nómina de 1.000 podrán solicitar reducción de base a partir del 1 de octubre para que tenga efectos el 1 de enero. ¿Os parece factible?
 
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