PERMISO PARENTAL 8 SEMANAS: CLAVE DE INACTIVIDAD

YOLI

Miembro activo
Buenas. Una duda quizás tonta. Este permiso de 8 semanas (a repartir en 8 años)... por ejemplo, en sectores donde hay mucha movilidad, si hay cambio de empresa y ya se pidió alguna semana ¿al cambiar de empresa cómo se controlará las semanas que quedan, si ya cogió las semanas retribuidas, sino las cogió, si las cogió a tiempo parcial, o a tiempo completo, etc...?
buena pregunta, pues me imagino que habrá que poner un CASIA y preguntarles a ellos.
 

Argi

Miembro conocido
Buenas. Una duda quizás tonta. Este permiso de 8 semanas (a repartir en 8 años)... por ejemplo, en sectores donde hay mucha movilidad, si hay cambio de empresa y ya se pidió alguna semana ¿al cambiar de empresa cómo se controlará las semanas que quedan, si ya cogió las semanas retribuidas, sino las cogió, si las cogió a tiempo parcial, o a tiempo completo, etc...?
Pues muy buena pregunta. Que yo sepa para tener derecho al mismo no existe ningún requisito de antigüedad como ocurre con las excedencias...
 

YOLI

Miembro activo
creo que lo que pregunta Marlo no es eso Argi, creo que quiere decir que si un trabajador tiene derecho a 8 semanas ¿como sabemos si ya ha disfrutado de alguna semana o todas en otra empresa?
O es que si cambia de empresa se pone el contador a 0 y puede pedirlas igual aunque ya las haya consumido en otra empresa?
 

MarLo

Miembro conocido
Sí, pregunto lo que dice Yoli, doy por hecho que el contador NO se pone a 0 en cada empresa que entras.... ¿no?, eso lo tenemos claro... :unsure:

En el permiso de cuidado del menor, las 16 semanas se disfrutan en un corto periodo de tiempo y no tienes oportunidad de tanta movilidad, además, el propio INSS lleva el control de las semanas ya que sale el dinero de su bolsillo, pero con este permiso paternal de 8 semanas en 8 años... ¿cómo se controlará lo que el trabajador ya ha disfrutado en otra empresa y lo que no, las semanas que ya se pagaron y las que no...? la casuística es variada si sumamos que está previsto que se pueda también disfrutar a tiempo parcial... supongo que si algún trabajador que sea nuevo en la empresa pide su disfrute habrá que contrastar datos con Casia hasta que se cansen y, de algún modo, nos den acceso a la info directamente
 

Argi

Miembro conocido
Sí, pregunto lo que dice Yoli, doy por hecho que el contador NO se pone a 0 en cada empresa que entras.... ¿no?, eso lo tenemos claro... :unsure:

En el permiso de cuidado del menor, las 16 semanas se disfrutan en un corto periodo de tiempo y no tienes oportunidad de tanta movilidad, además, el propio INSS lleva el control de las semanas ya que sale el dinero de su bolsillo, pero con este permiso paternal de 8 semanas en 8 años... ¿cómo se controlará lo que el trabajador ya ha disfrutado en otra empresa y lo que no, las semanas que ya se pagaron y las que no...? la casuística es variada si sumamos que está previsto que se pueda también disfrutar a tiempo parcial... supongo que si algún trabajador que sea nuevo en la empresa pide su disfrute habrá que contrastar datos con Casia hasta que se cansen y, de algún modo, nos den acceso a la info directamente
Si es verdad. Estoy espeso. Se habla de 8 semanas por hijo...
 

MarLo

Miembro conocido
Aún no se sabe nada sobre la retribución de este permiso (se espera que con los presupuestos, si se aprueban, saliese algo...). Pero ya van saliendo sentencias de que sí (sentencia del 28/11/2024)... y para el periodo completo


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campus34

Miembro conocido
Sí, la idea es que sea retributivo en un futuro. El tema es saber quién lo retribuye. Si la empresa, como un permiso remunerado o la Seguridad Social como una prestación de maternidad/paternidad.
 

MarLo

Miembro conocido
Sí, la idea es que sea retributivo en un futuro. El tema es saber quién lo retribuye. Si la empresa, como un permiso remunerado o la Seguridad Social como una prestación de maternidad/paternidad.
la empresa. Mis dudas van más por el alcance, si finalmente la retribución será para las 8 semanas completas o sólo para una parte (ya que en la transposición de la directiva se deben tener en cuenta las prestaciones propias que ya tiene cada país. Y ahora en España también está encima de la mesa la ampliación del permiso de cuidado de menor de 16 a 20 semanas
 

Miguelo

Nuevo miembro
la empresa. Mis dudas van más por el alcance, si finalmente la retribución será para las 8 semanas completas o sólo para una parte (ya que en la transposición de la directiva se deben tener en cuenta las prestaciones propias que ya tiene cada país. Y ahora en España también está encima de la mesa la ampliación del permiso de cuidado de menor de 16 a 20 semanas
Yo creo que el debate está en si será un permiso retribuido por la Seguridad Social o será un permiso no retribuido, pero no está sobre la mesa que lo tenga que pagar la empresa.

Me baso para ello en el Diario de Sesiones del Congreso (sesión plenaria núm. 95, de 26 de febrero de 2025, se puede ver en https://www.congreso.es/public_oficiales/L15/CONG/DS/PL/DSCD-15-PL-99.PDF#page=35). Desde Podemos se le preguntaba a la Ministra Saiz para cuándo lo de la retribución del permiso que ordena la Directiva, y ella respondía que con lo que ya tenemos de prestaciones por maternidad/paternidad, España cumple ya lo que la directiva ordena sobre retribución de estas cosas, con lo cual no hay que esperar que el Gobierno haga nada más. Es al menos lo que yo interpreto de lo que se dijeron.

Pero me parece significativo que en ningún momento, ni por parte de la diputada de Podemos ni por parte de la ministra, se menciona que ese permiso sea algo que vayan a tener que retribuir las empresas.
 

Miguelo

Nuevo miembro
Interesante artículo. Gracias. Me deja sin embargo con la duda, porque
1) habla del ámbito de la ley de Función Pública ¿qué ocurre con el personal ET? ¿sería igual?
2) no sé sacar conclusiones acerca de si la retribución del permiso, sea ésta en la medida que sea, es con cargo al empresario o a la Seguridad Social. En principio me sigue siendo válido lo que yo comentaba ayer en este mismo hilo, pero...
¿Qué opina?
 
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