Caslaboral
Miembro conocido
porque Toni se quiere jubilar ya, esta hasta los hu**** de todo y le gusta ir al lioEres un grande Nando, a mí me gusta mucho leer tus respuestas, no entiendo porque @toni te tiene "enfilao" jajajaja
porque Toni se quiere jubilar ya, esta hasta los hu**** de todo y le gusta ir al lioEres un grande Nando, a mí me gusta mucho leer tus respuestas, no entiendo porque @toni te tiene "enfilao" jajajaja
lo has clavadoporque Toni se quiere jubilar ya, esta hasta los hu**** de todo y le gusta ir al lio![]()
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Pues macho... en ningún convenio de los que manejo habitualmente he visto jamás tal cosa. Lo tendré en cuenta a partir de ahora.Ojo, que hay convenios que si contemplan ese caso... Uno que me pilla muy de cerca es el Panaderia y Pasteleria de Valencia, se añade un dia mas por cada festivo que no sea domingo. El que este de vacaciones este mes tendra 1 dia mas por el festivo del viernes 15.
Te me has adelantado, le iba a contestar a Reb que "en el fondo (tú) creo me aprecia"No lo tengo enfilao...aunque reconozco que a veces me desespera por el rollo que te suelta (con cariño), pero el es asi...
nando, no he leido el post inicial que me acabo de dar cuenta que es del 2011, mucho a llovido ya, he ido directamente el reflote y he visto la contestacion de @Naialaboral, lo he dado por bueno y ni siquiera he contestado a algo que esta muy bien contestado. Luego has entrado tu desde el 2011 y que si tio, que las has liado..![]()
Igual...Pues macho... en ningún convenio de los que manejo habitualmente he visto jamás tal cosa. Lo tendré en cuenta a partir de ahora.
Pues no te acabo de entender, pero está claro que hoy te ha dado por generar la idea de que la lío, pero entiendo que justo va por lo que acabada diciendo en mi anterior intervención sobre el tema (pero hay que leer y con buena predispsoción, que, admeás, tampoco eran una respuesta tan extensa), esto es:A ver nando, como interpretas este convenio...
Todo el personal afectado por este convenio disfrutara de 30 dias naturales de vacaciones, mas un dis mas por cada festivo abonable que nos e celebre en domigo etc etc...
Las cojo en julio, tengo 30 dias, las cojo en agosto, 31 por el festivo 15. Ves como la lias???![]()
Como yo!! aunque para lo primero, a mi me queda un poquito más que a él (en buena parte porque pienso vivir muuuuuchos años y no pienso dejar de cobrar aunque sea un solol euro, bueno, y que tal vez estoy también un poco menos hasta los hu*** que élporque Toni se quiere jubilar ya, esta hasta los hu**** de todo y le gusta ir al lio![]()
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Yo sí lo he creído, por la parte que me corresponde y por si a alguien le daba (cosa muy probable) leer el post desde el inicio (de hecho, difíclmente se puede contestar a lo que consulta alquien que rescata un post y solicita si sigue siendo así, si no se lee desde el principio).No nando, yo no me he liado, he ido directo al grano, no he hecho ni puto caso a los anterior al dia de hoy pues lo he creido innecesario..
pero bueno, que seguimos y resistimos (por poco tiempo ya)
Lees lo que quieres, pues yujul preguntaba si todo seguia igual respecto al permiso por fallecimiento o habia cambios desde entonces.Yo sí lo he creído, por la parte que me corresponde y por si a alguien le daba (cosa muy probable) leer el post desde el inicio (de hecho, difíclmente se puede contestar a lo que consulta alquien que rescata un post y solic8ita si sigue siendo así, si no se lee desde el principio).
Pues vuelvo a repetir que justo eso (y que no todos los convenios contemplan pero es lógico que cuando se definen las vacaciones en dias naturales se incida en mecanismos de ajuste) encaja con lo que me refería en mi primera respuesta a esa cuestión, esto es, teniendo en cuenta los distintos criterios de cómputo de las vacaciones, según estén definidas en dias laborables o naturales (también son distintos el número de dias fijados en cada caso, como es lógico) al decir:Pero es que no hay nada que entender, si me tocan 30 dias naturales y hay un festivo por el medio, pues me tocan 31 dias naturales, es asi de facil..
Tal vez eres tú que no lees todo. Obviamente nadie te obliga a ello (y menos aún si son lecturas de alquien que no te apetcece), pero entonces ahorrate ciertas conclusiones o juicios de valor que solo llevan a que puedas tardar más en ir a la playa. Cuidado, que hace mucho calor (yo suelo ir a partir de las 7 de la tarde, aunque este añó aún no me he estrenado y eso que la tengo cerca).Lees lo que quieres, pues yujul preguntaba si todo seguia igual respecto al permiso por fallecimiento o habia cambios desde entonces.
Pero es lo que vengo diciendo (y siempre he dicho), al final el resultado global debe ser coherente, entre trabajadores (que pueden tener asignados periodos de vacaciones distintos) y jornada laboral, que normalmente está fijada en cómputo anual. Y, como también digo, para ello hay que considerar una serie de factores, no solo vacaciones, pero, sin duda (y sobretodo cuando están fijadas en días naturales) las vacaciones entre ellos.Bueno en general ya es algo que se tiene que tener en cuenta, porque como muchos festivos te los comas con vacaciones - findes la jornada anual maxima se te passa.
Yo tambien he visto eso que dice Toni en algun convenio de Catalunya.
ya estamos con que la abuela fuma...que no nando que no, dias naturales + 1 si ha festivo por medio... nada masPues vuelvo a repetir que justo eso (y que no todos los convenios contemplan pero es lógico que cuando se definen las vacaciones en dias naturales se incida en mecanismos de ajuste) encaja con lo que me refería en mi primera respuesta a esa cuestión, esto es, teniendo en cuenta los distintos criterios de cómputo de las vacaciones, según estén definidas en dias laborables o naturales (también son distintos el número de dias fijados en cada caso, como es lógico) al decir:
"En cualquier caso, e insistiendo en el distinto sistema de cómputo de las vacaciones, según estén definidas en días natuales o laborables, la distinta distribución de las mismas por parte de cada trabajador no debería generar que unos acaben trabajando un numero distinto de horas al año (y/o de días)"
Por tanto, si fijamos las vacaciones en días naturales, pongamos que 30, en principio computan todos, pero si resulta que dentro de ese mismo periodo de 30 días el número de festivos es distinto, pueden requerirse mecanismos de ajuste, de forma que no por elegir cierto periodo de 30 días u otro periodo distinto de 30 días, se caben trabajando más o menos dias. Y con ello se acaba también esa especulación que a menudo existe (tanto por algunas empresas como por algunos trabajadores) respecto a cómo elegir las vacaciones de forma que "me cundan más" (para la empresa que supongan dejar de trabajar lo menos posible y para los trabajadores dejar de trabajar lo más posible).
Aunque me parece curiosa la redacción de ese convenio y no sé si tal vez puede contemplar más medidas de ajuste (al final, si existe una jornada anual, toca cuadrar, y no solo por tema vacaciones, pero que al menos estas no sean un elemento de distorsión), puesto que habla de "festivos compensables que no sean domingo" (cito de memoria). No sé si se refiere a "festivos oficiales", que nunca caen en domingo (siempre hay 14, de lunes a sábado y cuando en algún lugar hay aguno más, es con carácter recuperable, como por ejemplo este año en Cataluña) y si la jornada es de lunes a sábado (porque si por ej es de lunes a viernes también se podría incidir en festivos que caigan en sábado...).
En fin, como digo, esa previsión puede tener sentido en la linea que justo apuntaba, pero podrían haber otras, y que tal vez ese mismo convenio contempla, no lo sé. Como siempre digo, todo (vacaciones, horario, festivos de empresa, etc) debe ser consistente con la jornada anual y ni todos los años son igual, ni cada año es igual para todos los centros de trabajo o tipos de jornada ni tampoco x dias naturales de vacaciones tienen el mismo impacto real según las fechas de qué se trate en cada caso.
en serio me haces ese comentario? tu problema es que no acepas criticas y tu opinion siempre tiene que ser la ultima, ahora si que te tengo enfilado amigo... lo que me faltaba.Tal vez eres tú que no lees todo. Obviamente nadie te obliga a ello (y menos aún si son lecturas de alquien que no te apetcece), pero entonces ahorrate ciertas conclusiones o juicios de valor que solo llevan a que puedas tardar más en ir a la playa. Cuidado, que hace mucho calor (yo suelo ir a partir de las 7 de la tarde, aunque este añó aún no me he estrenado y eso que la tengo cerca).
a vueltas con lo mismo, que pesadez... Te lo voy a explicar como a un niño de tres años:Pero es lo que vengo diciendo (y siempre he dicho), al final el resultado global debe ser coherente, entre trabajadores (que pueden tener asignados periodos de vacaciones distintos) y jornada laboral, que normalmente está fijada en cómputo anual. Y, como también digo, para ello hay que considerar una serie de factores, no solo vacaciones, pero, sin duda (y sobretodo cuando están fijadas en días naturales) las vacaciones entre ellos.
Incluso estando fijadas en días laborables (22, 23...) pensemos en casos en los que la jornada no sea la misma todo el año. Por ejemplo intensiva (y más corta) en verano y partida (y más larga) el resto del año. Disfrutar de, por ej 23 días en julio no supone dejar de trabajar las mismas horas que 23 días en may