POR NO ALARGAR MUCHO EL HILO ANTERIOR YA TENGO LA RESPUESTA A LA REAPERTURA

Saralaboral2

Miembro activo
Saralaboral2, sería interesante saber.... En ese caso concreto que has adjuntado la carta......
¿Tesorería aplicó las exoneraciones por esas cuotas de julio?
Es que si fuera así, significaría que estábamos equivocados pensando que el sistema informático no aplicaba las exoneraciones si no se había formulado la DR
PARA TODOS no la he recibido yo, esta carta la ha recibido otra asesora y la publicado en el grupo de Facebook.
Según esta persona, tiene que mirarlo y N detalle todo pero tiene casos que hemos hecho todos, enviar bases, darte cuenta que falta DR volver a enviar y conciliar. Y otros casos anotar más tarde DR para no exonerar.
Esta misma persona también ha comentado que ha hablado con su administraccion de TGSS y que ellos no están de acuerdo con esto pero son órdenes de arriba

Esto, es ya algunos lo veíamos venir pero no tan descarado, esto es peor que la tarifa plana, es una sangría.
 

Nana

Miembro conocido
Ah es privado 😅

Veo que esto va a ser la sangría total, habrá que lucharlo pero vamos, me parece de impresentable que te concilien los seguros y que, comunicando la DR, aunque sea después, te digan que ya no vale. Es que la responsabilidad es de la TGSS que es la que te ha concedido la exoneración.

En nada habrá que comunicar la DR, matar una cabra, esperar a que la luna se alinee con Saturno y verter leche de burra para poder exonerarte 💩
 

Cachilipox

Miembro conocido
Por aportar "algo" con visión optimista (ya se sabe aquello de no hay mal que por bien no venga): Una vez perdidas las exoneraciones-trampa "de oficio", por eso de que el orden de los factores SÍ altera el producto resultante, la empresa perjudicada de rebote recupera la libertad de despedir.

La verdad es que este proceder de la administración de alterar a su albedrío unos registros informático meritan una querella criminal por parte de los colegios y/o las patronales afectadas, por "falsedad en documento público cometido por autoridad o funcionario".

Una cosa es marear la perdiz y discutir bizantinamente si aun estando el periodo de cálculo y liquidación abierto, el orden de presentación de los datos lleva a resultados diferentes. Y otra cosa abiertamente criminal es alterar la realidad, y de un plumazo eliminar de los registros algo, como si nunca hubiese estado allí. Entiendo que lo hacen preventivamente para en su momento, ante contenciosos administrativos, poder decir con toda la pachorra del mundo "No constan en nuestros registros tales DR presentadas". Lo que sería verdad, pero causado por una acción delictiva de ellos mismos.
 

Saralaboral2

Miembro activo
Ah es privado 😅

Veo que esto va a ser la sangría total, habrá que lucharlo pero vamos, me parece de impresentable que te concilien los seguros y que, comunicando la DR, aunque sea después, te digan que ya no vale. Es que la responsabilidad es de la TGSS que es la que te ha concedido la exoneración.

En nada habrá que comunicar la DR, matar una cabra, esperar a que la luna se alinee con Saturno y verter leche de burra para poder exonerarte 💩
Antes no era privado, pero ahora sí para asegurarse que los miembros sean técnicos, asesores,.... No intrusos
 

PEDRO

Miembro conocido
A ver si alguien arroja un poco de luz. El boletín red 11/2020 era el que en la instrucciones indicaba que la DR había que presentarla antes de la cotización. Pero eso creo que fue en las exoneraciones al amparo del RD ley 18/2020, pero luego ya en los siguientes exoneraciones a partir del RD ley 30/2020 creo que indicaba que tanto más DR como la anotaciones de la actividades tenías hasta casi último día del mes siguiente.
¿Es así o me fallan las neuronas? Alguien que lo haya mirado.
Lo digo porque entonces solo estarían revisando ese periodo de recaudación y a lo mejor "salvamos" los siguientes.
 

MONICA R

Miembro activo
PARA TODOS no la he recibido yo, esta carta la ha recibido otra asesora y la publicado en el grupo de Facebook.
Según esta persona, tiene que mirarlo y N detalle todo pero tiene casos que hemos hecho todos, enviar bases, darte cuenta que falta DR volver a enviar y conciliar. Y otros casos anotar más tarde DR para no exonerar.
Esta misma persona también ha comentado que ha hablado con su administraccion de TGSS y que ellos no están de acuerdo con esto pero son órdenes de arriba

Esto, es ya algunos lo veíamos venir pero no tan descarado, esto es peor que la tarifa plana, es una sangría.
Entonces si enviabas las bases, recibías la respuesta, te dabas cuenta de que no habías anotado la DR, volvías a enviar las bases y te aplicaban la exoneración ¿Ahora te dicen que no tienes derecho a esa exoneración? ¿Tenemos que ser genios que nunca se equivocan pero ellos si pueden cometer todos los errores del mundo?
En el real decreto 24/2020 indican que la empresa podrá beneficiarse de la exoneración si graba la DR antes de solicitarse el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente, pero no dice nada de que solo haya una oportunidad para solicitar el cálculo.
Cuando solicitas las bases y te equivocas, corriges el error (en este caso anotar la declaración responsable) y vuelves a solicitar las bases (solicitas el cálculo de la liquidación). Por lo tanto, estás cumpliendo con lo que dice el real decreto, anotas la DR antes de solicitar el cálculo de la liquidación (por segunda vez).
Por otro lado, en tu caso Toni, si no presentaste la DR antes de solicitar las bases ¿Por qué te hicieron la exoneración? Dudo mucho que sino te la hubieran hecho hubieras confirmado los seguros sociales. Y si te aplicaron la exoneración sin comunicar la DR es un fallo suyo, porque en el Real Decreto dice claramente que para aplicar las exoneraciones hay que comunicar la DR.
En fin, como siempre la administración va a lo suyo y como están viendo que la economía no se recupera como ellos preveían y no va a haber dinero para pagar todas las bonificaciones (no hablemos ya del tema de las pensiones) están intentando recaudar de donde sea.
Ánimo Toni, y espero que no lleguen muchas de estas cartas.
 

VILA100

Miembro conocido
Por aportar "algo" con visión optimista (ya se sabe aquello de no hay mal que por bien no venga): Una vez perdidas las exoneraciones-trampa "de oficio", por eso de que el orden de los factores SÍ altera el producto resultante, la empresa perjudicada de rebote recupera la libertad de despedir.

La verdad es que este proceder de la administración de alterar a su albedrío unos registros informático meritan una querella criminal por parte de los colegios y/o las patronales afectadas, por "falsedad en documento público cometido por autoridad o funcionario".

Una cosa es marear la perdiz y discutir bizantinamente si aun estando el periodo de cálculo y liquidación abierto, el orden de presentación de los datos lleva a resultados diferentes. Y otra cosa abiertamente criminal es alterar la realidad, y de un plumazo eliminar de los registros algo, como si nunca hubiese estado allí. Entiendo que lo hacen preventivamente para en su momento, ante contenciosos administrativos, poder decir con toda la pachorra del mundo "No constan en nuestros registros tales DR presentadas". Lo que sería verdad, pero causado por una acción delictiva de ellos mismos.

Impresionante como razonas, además, el principio de buena administración, confianza mutua...etc. Lo malo que los jueces suelen ser muy propensos a la administración (al menos los que yo conozco)
Salu2
 

FERNANDO

Miembro conocido
Estoy con Vila: desde el punto de vista jurídico es muy complicado y, entiendo, que han de ser los colegios los que saquen las castañas del fuego: si es imnjusto, por mucho que sea legal, no nos deben de machacar así, y han de ser los geritalfes de los colegios los que hablen con los de arriba.
 

NOEMI

Miembro conocido
Por aportar "algo" con visión optimista (ya se sabe aquello de no hay mal que por bien no venga): Una vez perdidas las exoneraciones-trampa "de oficio", por eso de que el orden de los factores SÍ altera el producto resultante, la empresa perjudicada de rebote recupera la libertad de despedir.

La verdad es que este proceder de la administración de alterar a su albedrío unos registros informático meritan una querella criminal por parte de los colegios y/o las patronales afectadas, por "falsedad en documento público cometido por autoridad o funcionario".

Una cosa es marear la perdiz y discutir bizantinamente si aun estando el periodo de cálculo y liquidación abierto, el orden de presentación de los datos lleva a resultados diferentes. Y otra cosa abiertamente criminal es alterar la realidad, y de un plumazo eliminar de los registros algo, como si nunca hubiese estado allí. Entiendo que lo hacen preventivamente para en su momento, ante contenciosos administrativos, poder decir con toda la pachorra del mundo "No constan en nuestros registros tales DR presentadas". Lo que sería verdad, pero causado por una acción delictiva de ellos mismos.
Si .pero explica al cliente que fíjate la he cagado pero bueno es positivo ahora vas a poder despedir.... Vamos maravilloso .. por otro lado ... Nos mandan una confirmación de los seguros sociales después de 500 boes y 200 boletines red con exoneraciones y en serio piensas que hay que mandar la Dr y volver a mandar las bases después para que te exoneres cuando ya te han mandado un fichero de bases exonerado ? De verdad pueden hacernos esto ahora ?? Después de todo lo que hemos pasado? Después que nos han dejado vendidos? Que todo los funcionarios han pasado de nosotros? No nos han cogido el teléfono. No nos han atendido presencialmente porque claro puf!! Espera no podemos trabajar no damos a basto ya estáis vosotros para hacer esto ... No se ..
 

DANI ML

Miembro conocido
En realidad lo de "ahora podremos despedir...", ni siquiera eso
Que nos quiten la exoneración de mayo, junio... por el dichoso tema de las DR, no quita a que se mantiene la exoneración de los meses anteriores, que entra en el mismo saco (las exoneraciones de marzo a septiembre constituyen el primer bloque de seis meses de mantenimiento de empleo)
 

Sergei

Miembro conocido
Una pregunta, estas "felicitaciones de verano" llegan por correo postal ordinario, verdad?
son capaces de programar envíos en agosto para liarla aún más...
 

NOEMI

Miembro conocido
pues yo me temo que como siempre nos van a dar las vacaciones... ya que podemos desconectar mucho, por si acaso para que no nos olvidemos ...
 

Nana

Miembro conocido
De verdad, todos los gestores laborales deberíamos cogernos la baja medica por ansiedad derivada de las cartitas de las narices y ya verás las risas, total, como somos una parte marginal y nuestro trabajo lo sabe hacer hasta un mono con platillos no se notaría mucho ;)
 

fundación

Miembro conocido
Cuando se dice de problema por presentar bases antes de la DR creo que no es correcto, la "avería" que reclama SS sería por haber presentado la solicitud de liquidación antes de la DR.

Entiendo que haber enviado solamente los ficheros de bases antes de DR sin solicitar borrador o confirmación, no tendría que dar problema.

Debe presentarse antes de solicitar el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente.
 

DANI ML

Miembro conocido
Cuando se dice de problema por presentar bases antes de la DR creo que no es correcto, la "avería" que reclama SS sería por haber presentado la solicitud de liquidación antes de la DR.

Entiendo que haber enviado solamente los ficheros de bases antes de DR sin solicitar borrador o confirmación, no tendría que dar problema.

Debe presentarse antes de solicitar el cálculo de la liquidación de cuotas correspondiente.
Salvo que algo se me escape ¿no es lo mismo? Enviar el fichero de bases.... ¿no es solicitar el cálculo de la liquidación?
A lo mejor es llamar de diferentes maneras a un mismo proceso
En el proceso hay dos pasos: envías el fichero de bases, y una vez calculada la liquidación por TGSS, si te cuadra, confirmas
 

fundación

Miembro conocido
Salvo que algo se me escape ¿no es lo mismo? Enviar el fichero de bases.... ¿no es solicitar el cálculo de la liquidación?
A lo mejor es llamar de diferentes maneras a un mismo proceso
En el proceso hay dos pasos: envías el fichero de bases, y una vez calculada la liquidación por TGSS, si te cuadra, confirmas

Del manual SLD, "Servicio de Solicitud de Borradores On-line":

El usuario puede iniciar el procedimiento de liquidación de cuotas de cotización a la Seguridad Social
solicitando un borrador en aquéllos casos en que no tenga que comunicar nueva información a la TGSS. Al
solicitar el borrador el usuario da de alta la liquidación en el sistema.
 
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