Puedo contratar a este trabajador extranjero?

PEDRO

Miembro conocido
Le mandé preguntar al cliente y efectivamente el chico está casado con una comunitaria. Hasta ahí, ya no le pedí mas.
Gracias por preguntar.
 

africallora

Miembro conocido
No, no te preocupes. Si lo que me interesaba era que preguntases solo eso: si había recaído o no su situación conyugal o pareja de hecho. Te hice un resumen mientras esperaba la respuesta:

Un trabajador puede traer a sus familiares con las siguientes tarjetas:


* Con TIE: Por reagrupación familiar: Trabajador extranjero con permiso de residencia y trabajo al que se le pide certificar que tiene medios económicos, de sustento, y justificar el vínculo con dicho familiar. En la tarjeta de su familiar siempre pone “depende de”

* Con la Tarjeta Familiar ciudadano Unión: persona con nacionalidad española al que se le va a pedir certificar medios económicos y justificar el vínculo con dicho familiar. Puede o no puede venir en el TIE “depende de” (RD 240/2007)

* Con la Tarjeta de residencia por Arraigo familiar: persona con nacionalidad española a la que No se le va a pedir certificar medios económicos. Se le solicita justificar vínculo familiar y antecedentes penales de este. No viene en el TIE del familiar “depende de” (R D 629/2022) Se suponía que este permiso iba a derogar el anterior, pero no lo hizo.
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En el caso de la Tarjeta de familiar ciudadano comunitario, tan solo tienes que estar al tanto de que no haya recaído el vínculo matrimonial/pareja de hecho. Los medios económicos para el sustento los ha tenido que demostrar al hacer los trámites para traerle a España.
 

PEDRO

Miembro conocido
No, no te preocupes. Si lo que me interesaba era que preguntases solo eso: si había recaído o no su situación conyugal o pareja de hecho. Te hice un resumen mientras esperaba la respuesta:

Un trabajador puede traer a sus familiares con las siguientes tarjetas:


* Con TIE: Por reagrupación familiar: Trabajador extranjero con permiso de residencia y trabajo al que se le pide certificar que tiene medios económicos, de sustento, y justificar el vínculo con dicho familiar. En la tarjeta de su familiar siempre pone “depende de”

* Con la Tarjeta Familiar ciudadano Unión: persona con nacionalidad española al que se le va a pedir certificar medios económicos y justificar el vínculo con dicho familiar. Puede o no puede venir en el TIE “depende de” (RD 240/2007)

* Con la Tarjeta de residencia por Arraigo familiar: persona con nacionalidad española a la que No se le va a pedir certificar medios económicos. Se le solicita justificar vínculo familiar y antecedentes penales de este. No viene en el TIE del familiar “depende de” (R D 629/2022) Se suponía que este permiso iba a derogar el anterior, pero no lo hizo.
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En el caso de la Tarjeta de familiar ciudadano comunitario, tan solo tienes que estar al tanto de que no haya recaído el vínculo matrimonial/pareja de hecho. Los medios económicos para el sustento los ha tenido que demostrar al hacer los trámites para traerle a España.
Muchísimas gracias por la información. Se agradece la ayuda.
 
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