toni
Miembro conocido
Ala, a estudiar un rato....
hasta las de tanto cambio....el próximo que me diga que hay que salir de mi zona de confort lleva dos yoyas
Ala, a estudiar un rato....
Sí, totalmente, pero respecto de los gastos por cotizaciones SS, tienen la peculiaridad que solo son deducibles los gastos efectivamente pagados en el ejercicio por cotizaciones correspondientes a ese ejercicio.lo de que no sera deducible.en irpf habrs que verlo, porque es un gasto necesario de la actividad
Palo-zanahoriapero si no te admiten como gasto a efectos de cotizacion algo no lo veo tanto como recargo sino como mayor cotizacion (lo cual puede ser bueno o malo segun el caso)