Real Decreto-ley 9/2025 conciliacion familiar.

toni

Miembro conocido
  • 6 semanas ininterrumpidas a partir del nacimiento o adopción de carácter obligatorio.
  • 11 semanas a libre disposición, a disfrutarse dentro de los primeros 12 meses de edad del menor.
  • 2 semanas para el cuidado de menor que podrán utilizarse hasta que éste cumpla 8 años.

En el caso de familias monoparentales, la distribución es la misma, pero con distinta duración:


  • 6 semanas ininterrumpidas a partir del nacimiento o adopción.
  • 22 semanas a libre disposición que podrán disfrutarse dentro de los primeros 12 meses de edad del menor
  • 4 semanas para el cuidado del hijo/hija que podrán utilizarse hasta que éste cumpla 8 años.
El Real Decreto-Ley de ampliación del permiso de maternidad y paternidad entra en vigor el 31 de julio de 2025.

También contempla una aplicación retroactiva para familias con niñas y niños nacidos/adoptados a partir del 2 de agosto de 2024 (fecha límite para la retribución de permisos de la Directiva 1158/2019), quienes podrán beneficiarse de las dos semanas retribuidas, o cuatro en el caso de monoparentalidad/monomarentalidad, para el cuidado del menor, hasta que éste cumpla los ocho años de edad.

La solicitud de estas semanas, así como la prestación económica correspondiente podrá realizarse a partir de enero de 2026 y no requiere de un nuevo reconocimiento del derecho.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
  • 6 semanas ininterrumpidas a partir del nacimiento o adopción de carácter obligatorio.
  • 11 semanas a libre disposición, a disfrutarse dentro de los primeros 12 meses de edad del menor.
  • 2 semanas para el cuidado de menor que podrán utilizarse hasta que éste cumpla 8 años.

En el caso de familias monoparentales, la distribución es la misma, pero con distinta duración:


  • 6 semanas ininterrumpidas a partir del nacimiento o adopción.
  • 22 semanas a libre disposición que podrán disfrutarse dentro de los primeros 12 meses de edad del menor
  • 4 semanas para el cuidado del hijo/hija que podrán utilizarse hasta que éste cumpla 8 años.
El Real Decreto-Ley de ampliación del permiso de maternidad y paternidad entra en vigor el 31 de julio de 2025.

También contempla una aplicación retroactiva para familias con niñas y niños nacidos/adoptados a partir del 2 de agosto de 2024 (fecha límite para la retribución de permisos de la Directiva 1158/2019), quienes podrán beneficiarse de las dos semanas retribuidas, o cuatro en el caso de monoparentalidad/monomarentalidad, para el cuidado del menor, hasta que éste cumpla los ocho años de edad.

La solicitud de estas semanas, así como la prestación económica correspondiente podrá realizarse a partir de enero de 2026 y no requiere de un nuevo reconocimiento del derecho.

Lamentamos que en este efecto protector retroactivo no se hayan reconocido los derechos a cuidados de las familias con hijos e hijas que aún no cumplen 8 años y que hayan nacido o su adopción se haya realizado con anterioridad al 2 de agosto de 2024
¿Quien lo lamenta?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
nada nando, es un copia pega de un sindicato, lo he editado y borrado ese parrafo.
si, si, imaginaba, se acaban de cruzar nuestras respuestas.
No quería decir que yo no lo lamente (no entro ahora en eso), pero al ver esa expresión... como imaginaba, de un sindicato.
 
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