Es que claro, lo he comentado ya en varios mensajes, ese cálculo "del año entero" nos da importes teóricos, pero que no tiene porque cuadrar con el total de retenciones que pueden estar perfectamente realizadas.
Y regularizar, lo mismo, si simplemente por conseguir ese cuadre con el total de retenciones teóricas en base a ese cálculo global anual regularizamos sin causa (porque no ha habido variación de bases, de circunstancias...) es una regularización anómala (recuerdo la pelotera que tuve hace un montón de años con los de A3, porque el programa hacía una regularización o invitaba a hacer una regularización por ese motivo (y especialmente a fin de año en base al que llamaban "informe de cuadre anual" o algo así) marcando como causa de regularización "Otras causas". Y finalmente tuvieron que rectificar.
Te pongo un ejemplo claro. Imagina que al inicio de año, en base a la previsión anual de ingresos (considerando, salvo causa justificada, los variables del año anterior), gastos y circunstancias personales de trabajador, el programa calcula una determinada retención, y que es perfectamente correcta en ese momento (y supongamos que no hay cambios, como ha ocurrido este año en febrero, en las tablas de cálculo de las retenciones). tú vas verificando (bueno, de forma general el programa de nómina, no tú caso a caso) cada mes (o en abril, julio y octubre) si corresponde hacer alguna regularización (porque existe causa y si nada cambia no hay causa). Resulta que un mes concreto se evidencia un incremento en la base de un trabajador. Corresponde, por tanto, regularizar. Pero de la regularización "previa" resulta que se produce un incremento en las retenciones superior al incremento en la base. Ahí entra en juego uno de los límites de las regularizaciones, no aplicará un incremento en las retenciones superior a la base. Retiene lo que la entrada en juego de ese límite permite. Y no se produce ningún otro cambio en lo que resta de año. Si tú, en cualquier mes posterior, o a final de año, haces ese cálculo global, te dará una retención teórica total distinta (en este ejemplo, algo superior), porque, entre otras cosas, este cálculo global no tiene en cuenta estas particularidades (límites, condiciones...) que tienen las regularizaciones y realizadas cuando correspondía. Si resulta que por ese afán (injustificado) por cuadrar las retenciones con ese importe teórico que resulta de ese cálculo global anual regularizas utilizando la opción "otras causas", estás haciendo una regularización indebida (en realidad no hay causa, nada ha cambias, y si no hay causa, no procede regularizar). Las retenciones que habías venido practicando son totalmente correctas a pesar de esa diferencia con el importe teórico de ese cálculo global anual que has hecho.
¿Qué te quedas más tranquila porque de esta forma consigues ese "cuadre ideal" (repito, totalmente teórico y a menudo anómalo si para conseguirlo has hecho una regularización indebida) y que como el detalle individual solo aparece en el 190 y ahí parecerá todo perfecto (difícilmente tendrás problemas con Hacienda si los datos del 190 cuadran totalmente con los importes teóricos, máxime cuando Hacienda no tiene el detalle individual mes a mes ni de las regularizaciones, correctas o no, realizadas a lo largo del año)? Vale, pero yo como trabajador (que soy muy cabezota con estas cosas, pero también es cierto, que bastante poco común) puedo reclamar por haberme, por ejemplo, incrementado unas retenciones sin motivo. Si de un mes a otro no han habido cambios, no tiene porque cambiar mi retención.