Reincorporación tras alta IT +545 diaa

Nando_bcn

Miembro conocido
Exacto, todos estamos de acuerdo en lo de del envío de burofaxes (varios), plazos razonables... El quid de la cuestión está en el mensaje que podamos trasladar en los mismos sobre las consecuencias de no reincorporarse o no justificar la imposibilidad de hacerlo en el plazo requerido.
Y es que si le adelantamos que la medida a adoptar será el despido, si justo es es lo que pretende el trabajador (y que en casos así lo sabemos), para él, miel sobre hojuelas, con toda seguridad no se reincorporará y de alguna manera nos convertimos en cómplices de su artimaña.
Si, por el contrario, tratamos de "persuadirle" con medidas de otro tipo y que no van en la línea que él espera... probablemente eso ya tenga un efecto disuasorio suficiente para no tener que ir más allá. Pero si aún así, en el improbable caso (al menos en mi experiencia) que toque seguir adelante (no hay reincorporación, ni justificación, ni baja voluntaria presentada por el trabajador...), siempre se podrá valorar qué hacemos al final. Si, por lo que sea, uno se siente más cómodo o seguro con el despido, pues adelante (pero más de uno se habrá ahorrado si obra así de inicio de forma sistemática), aunque, por coherencia, por no perder credibilidad (en plan "ya sabéis, de inicio siempre te dicen esto pero al final..."), a poco que podamos confiar que, si no por manifestación expresa, por las circunstancias y actitud del empleado, su voluntad de no reincorporarse y de forma injustificada queda clara...
 
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Nando_bcn

Miembro conocido
¿Y cómo vas a demostrar que te dijo que no iba a volver?
no tienes que demostrar lo que dijo, si no que, por las circunstancias (pero eso lleva un tiempo y medidas), puede evidenciarse la intención del trabajador de no reincorporarse. Eso, con sus riesgos, no siempre requiere una declaración explícita. No solo es determinante lo que se hace (o se dice) si no también lo que no se hace.
 
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EstefaníaMJ

Miembro conocido
no tienes que demostras lo que dijo, si no que, por las circunstancias (pero eso lleva un tiempo y medidas), puede evidenciarse la intención del trabajador de no reincorporarse. Eso, con sus riesgos, no siempre requiere una declaración explícita. No solo es determinante lo que se hace (o se dice) si no también lo que no se hace.
Totalmente de acuerdo.
 

Argi

Miembro conocido
Pues yo no. O por lo menos, no en este caso que me ha pasado a mí.
Aquí hablamos de que el trabajador dijo algo que no se puede demostrar que lo dijo. Y la empresa le dio de baja voluntaria. Luego las circunstancias son esas y no se puede esperar ya a ver qué pasa. El no ir a trabajar durante 5 días (esto sí demostrable) no evidencia la intención de no reincorporarse en un futuro.
Otro supuesto, creo que Nando va más por ahí, es que la empresa se quede a la expectativa y no haga ni una cosa ni otra. Ni dé de baja voluntaria ni tramite el despido, sino que inicie un proceso de flirteo con el trabajador para ver si le puede llevar a la cama.
Totalmente de acuerdo.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues yo no. O por lo menos, no en este caso que me ha pasado a mí.
Aquí hablamos de que el trabajador dijo algo que no se puede demostrar que lo dijo. Y la empresa le dio de baja voluntaria. Luego las circunstancias son esas y no se puede esperar ya a ver qué pasa. El no ir a trabajar durante 5 días (esto sí demostrable) no evidencia la intención de no reincorporarse en un futuro.
Otro supuesto, creo que Nando va más por ahí, es que la empresa se quede a la expectativa y no haga ni una cosa ni otra. Ni dé de baja voluntaria ni tramite el despido, sino que inicie un proceso de flirteo con el trabajador para ver si le puede llevar a la cama.
Es que lo que ha hecho en este caso la empresa es una temeridad y nada tiene que ver con lo que decimos.
Tal vez no me he expresado bien, la empresa ha hecho lo que ha hecho y de la forma y momento en que lo ha hecho, y eso ya es algo consumado. Tratamos de explicar cómo, a nuestro entender, debería haberlo hecho, pautas a seguir, en general. Pero a lo hecho pecho. Si le dieron de baja voluntaria a los pocos días, porque le dijo (verbalmente) al encargado que no iba a volver, y sin más, pues muy mal hecho. Pero en absoluto estamos defendiendo este forma de proceder.
 
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EstefaníaMJ

Miembro conocido
Es que lo que ha hecho en este caso la empresa es una temeridad y nada tiene que ver con lo que decimos.
Tal vez no me he expresado bien, la empresa ha hecho lo que ha hecho y de la forma y momento en que lo ha hecho, y eso ya es algo consumado. Tratamos de explicar cómo, a nuestro entender, debería haberlo hacho, pautas a seguir, en general. Pero a lo hecho pecho. Si le dieron de baja voluntaria a los pocos días, porque le dijo (verbalmente) al encargado que no iba a volver, y sin más, pues muy mal hecho. Pero en absoluto estamos defendiendo este forma de proceder.
X2

Una cosa es lo que ha hecho la empresa y otra lo que podría haber hecho.
 

Argi

Miembro conocido
Es que lo que ha hecho en este caso la empresa es una temeridad y nada tiene que ver con lo que decimos.
Tal vez no me he expresado bien, la empresa ha hecho lo que ha hecho y de la forma y momento en que lo ha hecho, y eso ya es algo consumado. Tratamos de explicar cómo, a nuestro entender, debería haberlo hacho, pautas a seguir, en general. Pero a lo hecho pecho. Si le dieron de baja voluntaria a los pocos días, porque le dijo (verbalmente) al encargado que no iba a volver, y sin más, pues muy mal hecho. Pero en absoluto estamos defendiendo este forma de proceder.
Correcto
 

MarLo

Miembro conocido
Es que lo que ha hecho en este caso la empresa es una temeridad y nada tiene que ver con lo que decimos.
Tal vez no me he expresado bien, la empresa ha hecho lo que ha hecho y de la forma y momento en que lo ha hecho, y eso ya es algo consumado. Tratamos de explicar cómo, a nuestro entender, debería haberlo hecho, pautas a seguir, en general. Pero a lo hecho pecho. Si le dieron de baja voluntaria a los pocos días, porque le dijo (verbalmente) al encargado que no iba a volver, y sin más, pues muy mal hecho. Pero en absoluto estamos defendiendo este forma de proceder.
Perdona, pero sí se está defendiendo en este hilo (veo que empleas el plural), esa forma de proceder en cuanto a actuar sin observar cuales serían las consecuencias de obrar "en caliente" ("burofax y ya está y se jode"), ya que, de rpimeras, optar por la baja voluntaria con el trabajador "pendiente" de cobrar el paro a él le va a salir en la jugada maestra: cobrar la indemnización del improcedente y se lleva igual su paro, y a la empresa le hace un agujero que la podría hundir, hablando del 99% de nuestas empresas-clientes que son de ir tirando. Tu óptica de "única empresa", y cómo tu mismo indicas, creo que es muy diferente a la de los asesores que llevan una cartera en la que cabe de todo.

Cuando un trabajador falta al trabajo (no hablo de fraudes pactados que no es el tema de este hilo) y se hace el despido disciplinario (con el burofax que tanta nos gusta) todo es perfecto sino ya perfectísimo y cristalino, amparados en ET y los convenios del ramo que habitualmente recogen como falta muy grave las faltas de asistencia no justificadas. ¿Cuántas despidos baja voluntaria se tuercen porque un trabajador deja de ir al trabajo y acaban en improcedente? ¿Y cuántos despidos disciplinarios se tuercen porque un trabajador deja de ir al trabajo y acaban en improcedente? Basta con ver internet o como en webs jurídicas y laborales, se hicieron eco de la sentencia del TSJ de Canarias, ya que aunque la empresa se preocupo ahí en "interpretar" el silencio del trabajador, todo acabó mal con la baja voluntaria. Hacer la baja voluntaria en base a "presunciones", en ir uniendo puntos, o por supuesto "lo que el trabajador pudo decir en un momento dado", es garantía de nada o muy poco.

Y es más... Ese no es el trabajo de la empresa, invertir ese dinero y tiempo, cuando se nos ofrece la posibilidad de aconsejar a nuestros clientes el despido disciplinario.

También hay sentencias, algunas, en la que la empresa lleva a cabo su despido disciplinario (que no se sanciona por el sepe o inspección), y después el trabajador se encuentra con oh sorpresa!... No cobra el paro por fraude. ¿Por qué debe asumir ese trabajo detectivesco la empresa y el riesgo que conlleva? ¿Nos estaremos trasladando una vez más a las empresas (y de rebote a nosotros) el trabajo que debe hacer la administración?

Veamos: Aquí una sentencia de despido disciplinario por faltas al trabajo y es el sepe deniega el paro porque el trabajador pidió a continuación el pago único para emprender...


Aquí otra: el trabajador desaparece, despido disciplinario, e inspección hace acta.


OCTAVO. El 11-7-18 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social emitió
informe, a petición del Servicio Público de Empleo Estatal, indicando que "la actitud de faltar repetidamente
al trabajo sin justificación y el hecho de no recurrir el despido disciplinario, indican que ella no quería trabajar,
ya que faltó deliberadamente al trabajo y sabía que ello implicaría su despido. Esto supone que la trabajadora
no reúne los requisitos para encontrarse, tras el despido, en situación legal de desempleo, ya que solo se
encuentran en esta situación, quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida su
jornada ordinaria de trabajo". Informe que concluía lo siguiente:
"(...) existe fraude de Ley por parte de Dª. Florinda , DNI NUM000 , habida cuenta de que buscó el despido de
forma deliberada, ya que para evitarlo únicamente debería haber cumplido con diligencia su trabajo tras las
diferentes oportunidades que le otorgó la empresa. Dicha intención fraudulenta se aprecia de un modo más
nítido si se tiene en cuenta el hecho de haberse allanado ante el despido sin ejercitar reclamación alguna.


Las empresas que se dediquen a lo que tienen que dedicarse. Cuando algo no está exento de riesgo (por experiencia hablo) y se mezcla con la opinión visceral del empresario (o su asesor) la cosa no pinta bien. Y es que a los partidarios de la baja voluntaria se os escapa que el trabajador opta por una de las posibilidades que tiene... ¿qué ocurría por ejemplo, si empieza a insultar o la monta un día en el mostrador de atención a usarios, o empezamos a notar que no está realizando del todo bien su trabajo, pero de forma sútil y casi imperceptible...? hacemos también una baja voluntaria?

En fin, y ya por aportar otras soluciones a los partidarios de la baja voluntaria y que refrenda la inseguridad que ofrece esta solución... en vez de baja voluntaria a palo seco, los garrigues, están optando por baja voluntaria y subsidiariamente despido disciplinario... así de claro lo ven ellos :), es una opción, claro que nosotros si vamos por ahí, igual le podemos decir a nuestros clientes (al 99% que huyen despavoridos (no sin razón) cuando le hablamos de poner tiempo, dinero, recursos... para hacer un despido disciplinario que es blanco y en botella) que prepare el bolsillo que igual esto se complica.

 
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PEDRO

Miembro conocido
Pues tiene razón Marlo, nosotros no debemos asumir tareas de la administración. ya bastantes hacemos, si no viene despido disciplinario, que sea la administración quien "mueva el culo"
 

Nikele

Miembro activo
Perdona, pero sí se está defendiendo en este hilo (veo que empleas el plural), esa forma de proceder en cuanto a actuar sin observar cuales serían las consecuencias de obrar "en caliente" ("burofax y ya está y se jode"), ya que, de rpimeras, optar por la baja voluntaria con el trabajador "pendiente" de cobrar el paro a él le va a salir en la jugada maestra: cobrar la indemnización del improcedente y se lleva igual su paro, y a la empresa le hace un agujero que la podría hundir, hablando del 99% de nuestas empresas-clientes que son de ir tirando. Tu óptica de "única empresa", y cómo tu mismo indicas, creo que es muy diferente a la de los asesores que llevan una cartera en la que cabe de todo.

Cuando un trabajador falta al trabajo (no hablo de fraudes pactados que no es el tema de este hilo) y se hace el despido disciplinario (con el burofax que tanta nos gusta) todo es perfecto sino ya perfectísimo y cristalino, amparados en ET y los convenios del ramo que habitualmente recogen como falta muy grave las faltas de asistencia no justificadas. ¿Cuántas despidos baja voluntaria se tuercen porque un trabajador deja de ir al trabajo y acaban en improcedente? ¿Y cuántos despidos disciplinarios se tuercen porque un trabajador deja de ir al trabajo y acaban en improcedente? Basta con ver internet o como en webs jurídicas y laborales, se hicieron eco de la sentencia del TSJ de Canarias, ya que aunque la empresa se preocupo ahí en "interpretar" el silencio del trabajador, todo acabó mal con la baja voluntaria. Hacer la baja voluntaria en base a "presunciones", en ir uniendo puntos, o por supuesto "lo que el trabajador pudo decir en un momento dado", es garantía de nada o muy poco.

Y es más... Ese no es el trabajo de la empresa, invertir ese dinero y tiempo, cuando se nos ofrece la posibilidad de aconsejar a nuestros clientes el despido disciplinario.

También hay sentencias, algunas, en la que la empresa lleva a cabo su despido disciplinario (que no se sanciona por el sepe o inspección), y después el trabajador se encuentra con oh sorpresa!... No cobra el paro por fraude. ¿Por qué debe asumir ese trabajo detectivesco la empresa y el riesgo que conlleva? ¿Nos estaremos trasladando una vez más a las empresas (y de rebote a nosotros) el trabajo que debe hacer la administración?

Veamos: Aquí una sentencia de despido disciplinario por faltas al trabajo y es el sepe deniega el paro porque el trabajador pidió a continuación el pago único para emprender...


Aquí otra: el trabajador desaparece, despido disciplinario, e inspección hace acta.


OCTAVO. El 11-7-18 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social emitió
informe, a petición del Servicio Público de Empleo Estatal, indicando que "la actitud de faltar repetidamente
al trabajo sin justificación y el hecho de no recurrir el despido disciplinario, indican que ella no quería trabajar,
ya que faltó deliberadamente al trabajo y sabía que ello implicaría su despido. Esto supone que la trabajadora
no reúne los requisitos para encontrarse, tras el despido, en situación legal de desempleo, ya que solo se
encuentran en esta situación, quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierden su empleo o ven reducida su
jornada ordinaria de trabajo". Informe que concluía lo siguiente:
"(...) existe fraude de Ley por parte de Dª. Florinda , DNI NUM000 , habida cuenta de que buscó el despido de
forma deliberada, ya que para evitarlo únicamente debería haber cumplido con diligencia su trabajo tras las
diferentes oportunidades que le otorgó la empresa. Dicha intención fraudulenta se aprecia de un modo más
nítido si se tiene en cuenta el hecho de haberse allanado ante el despido sin ejercitar reclamación alguna.


Las empresas que se dediquen a lo que tienen que dedicarse. Cuando algo no está exento de riesgo (por experiencia hablo) y se mezcla con la opinión visceral del empresario (o su asesor) la cosa no pinta bien. Y es que a los partidarios de la baja voluntaria se os escapa que el trabajador opta por una de las posibilidades que tiene... ¿qué ocurría por ejemplo, si empieza a insultar o la monta un día en el mostrador de atención a usarios, o empezamos a notar que no está realizando del todo bien su trabajo, pero de forma sútil y casi imperceptible...? hacemos también una baja voluntaria?

En fin, y ya por aportar otras soluciones a los partidarios de la baja voluntaria y que refrenda la inseguridad que ofrece esta solución... en vez de baja voluntaria a palo seco, los garrigues, están optando por baja voluntaria y subsidiariamente despido disciplinario... así de claro lo ven ellos :), es una opción, claro que nosotros si vamos por ahí, igual le podemos decir a nuestros clientes (al 99% que huyen despavoridos (no sin razón) cuando le hablamos de poner tiempo, dinero, recursos... para hacer un despido disciplinario que es blanco y en botella) que prepare el bolsillo que igual esto se complica.

Entonces, @MarLo, tú eres partidario del despido disciplinario en estos casos, no?

Y con lo de "igual le podemos decir a nuestro cliente (el 99% que huye despavorido de perder tiempo, dinero, recursos...) que prepare el bolsillo que igual esto se complica", qué quieres decir?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Perdona, pero sí se está defendiendo en este hilo (veo que empleas el plural), esa forma de proceder en cuanto a actuar sin observar cuales serían las consecuencias de obrar "en caliente" ("burofax y ya está y se jode"), ya que, de rpimeras, optar por la baja voluntaria con el trabajador "pendiente" de cobrar el paro a él le va a salir en la jugada maestra: cobrar la indemnización del improcedente y se lleva igual su paro, y a la empresa le hace un agujero que la podría hundir, hablando del 99% de nuestas empresas-clientes que son de ir tirando. Tu óptica de "única empresa", y cómo tu mismo indicas, creo que es muy diferente a la de los asesores que llevan una cartera en la que cabe de todo.
Dejando claro, como indicas y que ya he reconocido, que yo hablo desde la óptica de una empresa, de forma interna, no de empresas clientes y, sin duda, eso puede cambiar la perspectiva y condicionantes (yo pienso a largo plazo, como política de empresa y que intentamos quede clara, RLT incluida -"aquí, tonterías, la justas. Quién quiera su paro, no lo tendrá fácil"- y tratando que de no existan precedentes que quiebren nuestra credibilidad y coherencia), temo que no me acabas de entender o no me explico bien.
Cierto, he utilizado un plural que puede parecer mayestático. Ya sé que no todos lo vemos igual, pero me refería a los que lo vemos de cierta manera, pero que no es, ni por asomo, la que indicas: "... esa forma de proceder en cuanto a actuar sin observar cuales serían las consecuencias de obrar "en caliente" ("burofax y ya está y se jode")". Para nada estamos planteando el obrar en caliente, burofax y baja por abandono de puesto de trabajo.
Y es que estás insistiendo con una sentencia (más allá de la diversidad de criterios que puedan haber entre jueces y tribunales ante casos muy similares) que para nada se corresponde con lo que algunos planteamos. Ya me revisado la propia sentencia. Resumiendo, tras un año y medio teletrabajando con motivo de la pandemia, la empresa comunica a su plantilla que debe regresar a al actividad presencial en las oficinas, y avisa de ello 3 días antes (tras año y medio teletrabajando al 100%, tal vez es un plazo poco prudente). Al observar que el trabajador no se reincorpora el día previsto, la empresa le envía un mail pidiendo explicaciones. Tratan de contactar con él por teléfono, sin éxito. Le envían algún otro mail, en los mismos términos, pero simplemente requiriéndole a que retorne a la oficina (no estamos hablando de que desapareza de repente sino que tras año y medio trabajando en remoto, no regresa a la oficina en la fecha que le acaban de indicar 3 días antes) y que , de no hacerlo se "tomarán las medidas oportunas" pero sin concretar cuáles. Al tercer día le envían burofax, pero en línea similar a la de los mails (no le están advirtiendo de qué medida concreta está pensando adoptar la empresa). Y AL DIA SIGUENTE, y siendo el 4o día que no se ha personado en la.oficina, le envían burofax comunicándole que consideran de.forma clara e inequívoca su actitud indica su voluntad de causar baja de la empresa y le Dan de baja (voluntaria, claro) :eek:
A ver... para nada eso de corresponde con la forma de actuar que algunos planteamos, que puede no estar de exenta de riesgos, pero vaya, lo de esta empresa es hacer un solitario a la ruleta rusa.
Por otro lado, no acabo de entender, respecto al que la empresa no ha de arrogarse la función de la Administración, investigar, presuponer.... justo iba a hacer referencia a casos qué han habido, y que me parece fantástico, en los que tras el despido (no impugnado ) el SEPE ha denegado la prestación por presumir fraude (esta seria la solución, denegar la prestación de desempleo y, además, que fácilmente se pudiera conseguir la procedencia del despido (es decir, ni paro, que normalmente es lo único que se pretende, ni indemnización, porque ojo! la opción del despido tampoco está exenta del todo de ese riesgo). Fijaos que en esos casos existe el riesgo para la empresa (cuyo asesor, que no se deja arrastrar por la visceralidad, ha recomendado ir por la vía de despido por considerarla como la más segura) puede encontrarse que la acusen de connivencia con el trabajador ("ya sabes, yo desaparezco unos días, tu me despides, yo no reclamo y tengo el paro").

Y justo lo que plantean los de Garrigues en el artículo que adjuntas (y que justo alerta del riesgo que comentamos de que, de optar directamente por el despido se corra el riesgo de presumir connivencia por parte de la empresa para obtener el trabajador la prestación de desempleo de forma fraudulenta), precisamente está en la línea de optar por dar de baja voluntaria (pero, obviamente, no así de buenas a primeras, un mail un a llamadita, burofax, sin advertir de las medidas que la empresa piensa adoptar y al día siguiente dar de baja voluntaria. Ahí queda claro, y sabiendo que precisamente lo que al trabajador le interesa es el paro, que las probabilidades de que demande por despido y que se acabe declarando improcedente, son altísimas, con lo que tiene premio doble, paro e indemnización) y, al mismo tiempo, de forma subsidiaria y cautelar, se le notifique su despido disciplinario, para el caso de no resultar efectiva la primera opción parece ser una buena opción, es decir, mantengo mi línea de no ceder ante el chantaje, ni fomentar este tipo de triquiñuelas, pero, como todos sabemos que, aún tratando de hacer las cosas bien (que no es el caso de algunas de las empresas que hemos visto en este post), siempre hay riesgo, si al final se cuestiona esa medida, ya he previsto subsidiariamente la opción del despido y, además, me quedo tranquilo porque, por un lado alejo el riesgo de que se acuse a la empresa connivencia y, por otro lado, probablemente se le acabe denegando el paro al trabajador, con lo cual, perfecto. Si es una fórmula que los jueces y tribunales están aceptando, me parece una muy buena opción.

Por último, y a nivel práctico, vuelvo a reiterar dos ideas que creo debemos tener en cuenta:

- siempre estamos pensando en que de seguir por la vía de dar de baja voluntaria, acabaremos ejecutando esa medida y ya damos por sentado de que habrá demanda y la cosa acabará en despido improcedente (en el mejor de los casos). Ya he dicho que en décadas, al final yo solo me he visto en la tesitura de tener que llevar a cabo esa medida en una ocasión (y sin más consecuencias), porque en la práctica, las advertencias claras (no de "tomar las medias pertinentes" pero sin concretar, si no de advertir que estamos pensando en dar de baja voluntaria por abandono de puesto de trabajo, aunque de buenas a primeras también se puede advertir de medidas disciplinarias, pero que no necesariamente ha de ser el despido, otras que hacen pupa al bolsillo), formales (burofax...), reiteradas, con plazos razonables (no si al día siguiente no apareces te doy de baja), sin prisas, sobre la base de que si no hay actividad, tampoco hay salario... normalmente acaban teniendo efectos disuasorios (si quieres, al final, si no lo tienes claro, siempre podrás acabar optando por el despido, pero si le adelantas la posibilidad de ese premio ya de entrada ...).
En definitiva, probablemente no tendrás que acabar tomando esa medida, bastará el efecto disuasorio.

- Pensemos que ese efecto disuasorio lo tendrá también en el resto de la plantilla (como tendrá el "efecto llamada") si cedemos tan fácilmente a estas triquiñuela (porque el final todo se sabe), con lo que disminuimos también la probabilidad de volver a encontrarnos en esta tesituras con otros empleados.

Ah, y por último, por si el trabajador, ante la postura de la empresa, en lugar de causar baja voluntaria (por él mismo), con el rabo entre las piernas, se acaba reincorporando, obviamente no tenemos que asumir que se va a ir de rositas, tengamos en cuenta que el despido (que es justo lo que pretendía) no es la única medida disciplinaria. Y si alguien, de forma injustificada, ha estado varios días sin trabajar ni dar señales de vida (o a lo mejor trabajando, con esto del teletrabajo, pero sin responder a los mensajes de la empresa ni seguir sus indicaciones), según de lo que estemos hablando (si un día, varios días, actitud, circunstancias, reiteración o antecedentes...), puede ir desde una amonestación a suspensión de empleo y sueldo, que eso, como decía, hace pupa al bolsillo y también suele ser mano de santo.

En fin, cada uno puede tener su estilo, criterio y circunstancias, pero al menos que no se malinterpreten las pautas que algunos exponemos, pensemos también, además de cuestiones morales, en perspectiva, tema precedente, efecto disuasorio y de llamada de cada una de las opciones, riesgos que la aparente solución fácil y segura del despido puede tener...

Venga, a ver si en esta ocasión he conseguido hacerme entender ;)

Saludos.
 
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MarLo

Miembro conocido
Entonces, @MarLo, tú eres partidario del despido disciplinario en estos casos, no?

Y con lo de "igual le podemos decir a nuestro cliente (el 99% que huye despavorido de perder tiempo, dinero, recursos...) que prepare el bolsillo que igual esto se complica", qué quieres decir?
sí, despido disciplinario. me refiero que la opción del artículo de Garrigues: baja voluntaria y subsidiariamente despido disciplinario (que incluso me podría valer en determinados casos), o sólo enfocarlo como baja voluntaria, ocasionaría si el trabajador "busca paro", unos gastos para la empresa ique se evita con la opción "de primeras" del disciplinario. Hay pymes ni se plantean pelear nada en los juzgados porque no tienen la contrapartida a lo que sería la justicia gratuita del trabajador. Al trabajador le puede salir gratis pelear lo que haga falta.
 

MarLo

Miembro conocido
Dejando claro, como indicas y que ya he reconocido, que yo hablo desde la óptica de una empresa, de forma interna, no de empresas clientes y, sin duda, eso puede cambiar la perspectiva y condicionantes (yo pienso a largo plazo, como política de empresa y que intentamos quede clara, RLT incluida -"aquí, tonterías, la justas. Quién quiera su paro, no lo tendrá fácil"- y tratando que de no existan precedentes que quiebren nuestra credibilidad y coherencia), temo que no me acabas de entender o no me explico bien.
Cierto, he utilizado un plural que puede parecer mayestático. Ya sé que no todos lo vemos igual, pero me refería a los que lo vemos de cierta manera, pero que no es, ni por asomo, la que indicas: "... esa forma de proceder en cuanto a actuar sin observar cuales serían las consecuencias de obrar "en caliente" ("burofax y ya está y se jode")". Para nada estamos planteando el obrar en caliente, burofax y baja por abandono de puesto de trabajo.
Y es que estás insistiendo con una sentencia (más allá de la diversidad de criterios que puedan haber entre jueces y tribunales ante casos muy similares) que para nada se corresponde con lo que algunos planteamos. Ya me revisado la propia sentencia. Resumiendo, tras un año y medio teletrabajando con motivo de la pandemia, la empresa comunica a su plantilla que debe regresar a al actividad presencial en las oficinas, y avisa de ello 3 días antes (tras año y medio teletrabajando al 100%, tal vez es un plazo poco prudente). Al observar que el trabajador no se reincorpora el día previsto, la empresa le envía un mail pidiendo explicaciones. Tratan de contactar con él por teléfono, sin éxito. Le envían algún otro mail, en los mismos términos, pero simplemente requiriéndole a que retorne a la oficina (no estamos hablando de que desapareza de repente sino que tras año y medio trabajando en remoto, no regresa a la oficina en la fecha que le acaban de indicar 3 días antes) y que , de no hacerlo se "tomarán las medidas oportunas" pero sin concretar cuáles. Al tercer día le envían burofax, pero en línea similar a la de los mails (no le están advirtiendo de qué medida concreta está pensando adoptar la empresa). Y AL DIA SIGUENTE, y siendo el 4o día que no se ha personado en la.oficina, le envían burofax comunicándole que consideran de.forma clara e inequívoca su actitud indica su voluntad de causar baja de la empresa y le Dan de baja (voluntaria, claro) :eek:
A ver... para nada eso de corresponde con la forma de actuar que algunos planteamos, que puede no estar de exenta de riesgos, pero vaya, lo de esta empresa es hacer un solitario a la ruleta rusa.
Por otro lado, no acabo de entender, respecto al que la empresa no ha de arrogarse la función de la Administración, investigar, presuponer.... justo iba a hacer referencia a casos qué han habido, y que me parece fantástico, en los que tras el despido (no impugnado ) el SEPE ha denegado la prestación por presumir fraude (esta seria la solución, denegar la prestación de desempleo y, además, que fácilmente se pudiera conseguir la procedencia del despido (es decir, ni paro, que normalmente es lo único que se pretende, ni indemnización, porque ojo! la opción del despido tampoco está exenta del todo de ese riesgo). Fijaos que en esos casos existe el riesgo para la empresa (cuyo asesor, que no se deja arrastrar por la visceralidad, ha recomendado ir por la vía de despido por considerarla como la más segura) puede encontrarse que la acusen de connivencia con el trabajador ("ya sabes, yo desaparezco unos días, tu me despides, yo no reclamo y tengo el paro").

Y justo lo que plantean los de Garrigues en el artículo que adjuntas (y que justo alerta del riesgo que comentamos de que, de optar directamente por el despido se corra el riesgo de presumir connivencia por parte de la empresa para obtener el trabajador la prestación de desempleo de forma fraudulenta), precisamente está en la línea de optar por dar de baja voluntaria (pero, obviamente, no así de buenas a primeras, un mail un a llamadita, burofax, sin advertir de las medidas que la empresa piensa adoptar y al día siguiente dar de baja voluntaria. Ahí queda claro, y sabiendo que precisamente lo que al trabajador le interesa es el paro, que las probabilidades de que demande por despido y que se acabe declarando improcedente, son altísimas, con lo que tiene premio doble, paro e indemnización) y, al mismo tiempo, de forma subsidiaria y cautelar, se le notifique su despido disciplinario, para el caso de no resultar efectiva la primera opción parece ser una buena opción, es decir, mantengo mi línea de no ceder ante el chantaje, ni fomentar este tipo de triquiñuelas, pero, como todos sabemos que, aún tratando de hacer las cosas bien (que no es el caso de algunas de las empresas que hemos visto en este post), siempre hay riesgo, si al final se cuestiona esa medida, ya he previsto subsidiariamente la opción del despido y, además, me quedo tranquilo porque, por un lado alejo el riesgo de que se acuse a la empresa connivencia y, por otro lado, probablemente se le acabe denegando el paro al trabajador, con lo cual, perfecto. Si es una fórmula que los jueces y tribunales están aceptando, me parece una muy buena opción.

Por último, y a nivel práctico, vuelvo a reiterar dos ideas que creo debemos tener en cuenta:

- siempre estamos pensando en que se seguir por la vía de dar de baja voluntaria, acabaremos ejecutando esa medida y ya damos por sentado de que habrá demanda y la cosa acabará en despido improcedente (en el mejor de los casos). Ya he dicho que en décadas, al final yo solo me he visto en la tesitura de tener que llevar a cabo esa medida en una ocasión (y sin más consecuencias), porque en la práctica, las advertencias claras (no de "tomar las medias pertinentes" pero sin concretar, si no de advertir que estamos pensando en dar de baja voluntaria por abandono de puesto de trabajo, aunque de buenas a primeras también se puede advertir de medidas disciplinarias, pero que no necesariamente ha de ser el despido, otras que hacen pupa al bolsillo), formales (burofax...), reiteradas, con plazos razonables (no si al día siguiente no apareces te doy de baja), sin prisas, sobre la base de que si no hay actividad, tampoco hay salario... normalmente acaban teniendo efectos disuasorios (si quieres, al final, si no lo tienes claro, siempre podrás acabar optando por el despido, pero si le adelantas la posibilidad de ese premio ya de entrada ...).
En definitiva, probablemente no tendrás que acabar tomando esa medida, bastará el efecto disuasorio.

- Pensemos que ese efecto disuasorio lo tendrá también en el resto de la plantilla (como tendrá el "efecto llamada") si cedemos tan fácilmente a estas triquiñuela (porque el final todo se sabe), con lo que disminuimos también la probabilidad de volver a encontrarnos en esta tesituras con otros empleados.

Ah, y por último, por si el trabajador, ante la postura de la empresa, en lugar de causar baja voluntaria (por él mismo), con el rabo entre las piernas, se acaba reincorporando, obviamente no tenemos que asumir que se va a ir de rositas, tengamos en cuenta que el despido (que es justo lo que pretendía) no es la única medida disciplinaria. Y si alguien, de forma injustificada, ha estado varios días sin trabajar ni dar señales de vida (o a lo mejor trabajando, con esto del teletrabajo, pero sin responder a los mensajes de la empresa ni seguir sus indicaciones), según de lo que estemos hablando (si un día, varios días, actitud, circunstancias, reiteración o antecedentes...), puede ir desde una amonestación a suspensión de empleo y sueldo, que eso, como decía, hace pupa al bolsillo y también suele ser mano de santo.

En fin, cada uno puede tener su estilo, criterio y circunstancias, pero al menos que no se malinterpreten las pautas que algunos exponemos, pensemos también, además de cuestiones morales, en perspectiva, tema precedente, efecto disuasorio y de llamada de cada una de las opciones, riesgos que la aparente solución fácil y segura del despido puede tener...

Venga, a ver si en esta ocasión he conseguido hacerme entender ;)

Saludos.
Te he leído atentamente. tu siempre extensa aportación es interesante por los matices y los vericuetos, pero ese punto de vista que comentas en el primer párrafo (asesor de una sóla empresa), es el que impide que tu solución valga para un alta porcentaje de mis clientes, y si no me equivoco, de los de la mayoría que andamos por este foro..., y aunque a veces nos dejemos llevar por la sangre caliente hay que saber frenarse para no caer en el "consejos vendo que para mi no tengo..." y reflexionar sobre lo que es útil para la cartera de clientes con la que nos peleamos tooodos los días. Hay algunos clientes empresarios, claro, que de meternos en profundidad con el tema de este hilo querrán dar caña hasta el final con la baja voluntaria como primera opción y gastarse tiempo (posiblemente dinero, porque mi tiempo también les costará dinero y el abogado de turno que igual tendrán que contratar...) Para ellos va la solución mixta de Garrigues en donde todas las pautas que indicas han de barajase con la mente fría, ya que lo que hacemos nosotros en esta primera instancia del despido y las primeras comunicaciones de la empresa con el trabajador, marca en un alta porcentaje el éxito de la vía convencional o judicial.
 
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PEDRO

Miembro conocido
Amigo mio, puede que este mas quemao que la pipa de un indio, que lo estoy.... pero si el trabajador me dice a la cara que no quiere volver, que quiere cobrar del paro ya me diras... vamos, eso es lo que yo he entendido que a dicho la consultante...


Yo, lo reincoporo y acto seguido burofax diciendo etc etc... me da igual tenerlo de alta 1 dia que 7, si al final no se reincorpora como es su obligacion, baja voluntaria y que me demande...
Hola Toni, no lo tengo muy claro lo de darla de alta sin que se incorpore ¿Tú como lo has hecho? Te pregunto porque ayer llamo al empresario una trabajadora que le denegaron la invalidez y le dice que se encuentra en urgencias ¿Tu que haces la das de alta y le envias el burofax? o a la vista que te lo comunicó telefónicamente le envías un burofax para decirle cuando se va incorporar y proceder a su alta?
 

toni

Miembro conocido
Cuando recibo por Siltra que ya se lo han comunicado al trabajador, procedo a su alta normal que es lo que toca.

Luego esta el tema de que se reincorpore o no, que bien por telefono, burofax, mail o lo que sea me pongo en contacto con el y depende de lo que me diga actuo... Si al final se reincorpora, los dias transcurridos los tramito como permiso sin sueldo en TGSS.
 
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PEDRO

Miembro conocido
Cuando recibo por Siltra que ya se lo han comunicado al trabajador, procedo a su alta normal que es lo que toca.

Luego esta el tema de que se reincorpore o no, que bien por telefono, burofax, mail o lo que sea me pongo en contacto con el y depende de lo que me diga actuo... Si al final se reincorpora, los dias transcurridos los tramito como permiso sin sueldo en TGSS.
Como no he recibido nada por SILTRA, que es normal, pues si la trabajadora recibió ayer la notificación, no creo yo que nadie lo haya grabado ayer o esta mañana, como nos ha llamado, ya la he dado de alta y enviado carta para que quede de vacaciones.
Me tienen HARTO todos.
GRACIAS TONI
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Creo que, mientras no haya reincorporación efectiva, no tenéis la obligación de darle de alta de nuevo en SS (está en una especie de "limbo", en el que no cobra, ni salario ni prestación, ni cotiza). Otra cosa es que el trabajador tenga la obligación de reincorporarse a partir del día siguiente de recibir la comunicación del alta IT, pero hasta que no lo haga...
 

PEDRO

Miembro conocido
Lo se, lo que pasa es que no quiero andar con esta incertidumbre, y como ya sabes, si luego hay que andar con altas extemporáneas, problemas. Una vez cursada en caso de tener que cambiarse creo no habría tanto problema.
Gracias Nando
 

PEDRO

Miembro conocido
No te digo, ahora mismo acabo de descargar la notificación donde comunican que la trabajador recibió la notificación el día 16-07-2027.
Ya la di de alta ayer, pero para mi tiene razón Nando, el alta tendría que ser cuando se incorporase. Si ella lo recibe el 16, da la callada por respuesta entiendo que ahora que la empresa ha recibido la notificación procedería requerir a la trabajadora que se incorpore y darla de alta cuando lo haga, y si no lo hace despido por faltar al trabajo.
 

MiriamSR

Miembro conocido
Acabo de recibir un FIE con un trabajador al que le deniegan la IP con fecha 02/09 ¿recibiré luego otro indicando cuando se le ha comunicado la denegación al trabajador?
 
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