Reincorporación tras alta IT +545 diaa

ElePe

Nuevo miembro
Buenos días compañeros,
Al trabajador de un cliente le han dado el alta tras más de 545 días de baja médica. Nosotros le gestionamos la baja en seguridad social por este motivo, pero ahora nos han notificado que su alta, por lo cual puede incorporarse de nuevo.
Sin embargo, el trabajador no quiere reincorporarse. En este caso, no se tramita una baja voluntaria ¿no? Ya que no está ni activo, ¿debe realizar un escrito rechazando la incorporación o cómo debe tramitarse?
El trabajador quiere tener la prestación por desempleo, pero ya se le ha indicado que si no se quiere incorporar no lo tendrá.
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Buenos días compañeros,
Al trabajador de un cliente le han dado el alta tras más de 545 días de baja médica. Nosotros le gestionamos la baja en seguridad social por este motivo, pero ahora nos han notificado que su alta, por lo cual puede incorporarse de nuevo.
Sin embargo, el trabajador no quiere reincorporarse. En este caso, no se tramita una baja voluntaria ¿no? Ya que no está ni activo, ¿debe realizar un escrito rechazando la incorporación o cómo debe tramitarse?
El trabajador quiere tener la prestación por desempleo, pero ya se le ha indicado que si no se quiere incorporar no lo tendrá.
Esto es un dilema de los grandes. Muchas veces les dan el alta médica sin realmente tener que tenerla. Dependiendo de las situación real se puede tratar de una forma u de otra... Preguntad también por el trab ha impugnado el alta.
 

toni

Miembro conocido
El contrato no estaba extinguido, estaba en suspenso, por lo que hay que reincorporarlo si o si. Si el trabajador no quiere, que haga una carta de baja voluntaria, pero deberas de darlo de alta primero... Y lo del paro es que son la ostia, lo que digo siempre, el paro es para los que no tienen trabajo, el tiene trabajo y no quiere, asi que ajo y agua...
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
El contrato no estaba extinguido, estaba en suspenso, por lo que hay que reincorporarlo si o si. Si el trabajador no quiere, que haga una carta de baja voluntaria, pero deberas de darlo de alta primero... Y lo del paro es que son la ostia, lo que digo siempre, el paro es para los que no tienen trabajo, el tiene trabajo y no quiere, asi que ajo y agua...
Yo suelo ser muy dura con eso, pero sin embargo en estos casos dependiendo de la situación real puedo verlo de otra forma. En muchas ocasiones no es que no quieran trabajar, es que realmente no pueden o no están preparados.

He llegado a ver a una trabajadora con una operación de espalda por un cancer, dolores terribles y colocada de la morfina que no podía ni hablar. Sin embargo le dijeron que ya estaba lista para trabajar. No señores, esa mujer no estaba para trabajar y encima su trabajo era de comercial de una empresa, lo que suponía acudir a eventos y pasar muchas horas de pie. La despedimos por incomparecencia...

En casos de un poco de cuentitis obvio que alta (cotización sin cobro) y baja voluntaria
 

toni

Miembro conocido
Yo suelo ser muy dura con eso, pero sin embargo en estos casos dependiendo de la situación real puedo verlo de otra forma. En muchas ocasiones no es que no quieran trabajar, es que realmente no pueden o no están preparados.

He llegado a ver a una trabajadora con una operación de espalda por un cancer, dolores terribles y colocada de la morfina que no podía ni hablar. Sin embargo le dijeron que ya estaba lista para trabajar. No señores, esa mujer no estaba para trabajar y encima su trabajo era de comercial de una empresa, lo que suponía acudir a eventos y pasar muchas horas de pie. La despedimos por incomparecencia...

En casos de un poco de cuentitis obvio que alta (cotización sin cobro) y baja voluntaria
Si no te falta razon, pero lee el ultimo parrafo... No quiere trabajar, no dice que no puede trabajar.
 

Petrus

Miembro conocido
Debes darle de alta en la empresa al día siguiente de que el trabajador sea notificado, si el trabajador no te lo dice, te llegará por SILTRA el dia que ha sido notificado. Si ya no va a trabajar, o baja voluntaria o despido por no acudir al trabajo.
 

MarLo

Miembro conocido
Tocaría enviar un burofax a su domicilio, requiriéndole para que justifique su no incorporación al puesto de trabajo tras la resolución de denegación de incapacidad, advirtiéndole de que si no podría incurrir en ausencias injustificadas sancionables con el despido... y a partir de ahí, la empresa debe ir dando pasos... O si existen correos o comunicaciones fehacientes del trabajador de que no se incorpora y su intención es que la empresa lo despida para cobrar el paro... en ese caso se podría intentar la baja voluntaria...
 

anuskillas

Miembro conocido
El contrato no estaba extinguido, estaba en suspenso, por lo que hay que reincorporarlo si o si. Si el trabajador no quiere, que haga una carta de baja voluntaria, pero deberas de darlo de alta primero... Y lo del paro es que son la ostia, lo que digo siempre, el paro es para los que no tienen trabajo, el tiene trabajo y no quiere, asi que ajo y agua...
Mas claro imposible.
 

ElePe

Nuevo miembro
Hola compis. Tras hablarlo con la abogada también, le hemos dado de alta, informado de que debe incorporarse y si no lo hace (que no lo va a hacer) ir preparando el despido disciplinario. Ya me molesta, porque al final se sale con la suya y conseguirá el desempleo. Gracias a todos por las respuestas!
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Hola compis. Tras hablarlo con la abogada también, le hemos dado de alta, informado de que debe incorporarse y si no lo hace (que no lo va a hacer) ir preparando el despido disciplinario. Ya me molesta, porque al final se sale con la suya y conseguirá el desempleo. Gracias a todos por las respuestas!
Hay sentencias que dejar de ir al trabajo de forma voluntaria es una baja voluntaria. Despido disciplinario y causa de baja en TGSS voluntaria. Lo que no se puede hacer es tratarlo como una baja voluntaria. El despido hay que realizarlo si o si, pero la causa de baja voluntaria, eso es lo que va a hacer que no cobre el desempleo.
 

TMT

Miembro activo
Ojo con esta sentencia.

Despido trabajador que no se reincorporo tras alta de it. Las primeras sentencias favorables a la empresa hasta que el TS Madrid admite una sentencia que se dicto reconociéndole la incapacidad permanente al trabajador y declaran la nulidad de todo lo actuado desde el momento de dictar sentencia el Juzgado de lo Social

No es el mismo caso pero podría serlo si al final al trabajador le dan una incapacidad

STS 1987/2024 - ECLI:ES:TS:2024:1987
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Y los tontos a trabajar, para que vivan los listos......... ESTOY SATURADA Y A PUNTO DE IRME AL LADO DE LOS LISTOS😤
x2 :ROFLMAO: :ROFLMAO: :ROFLMAO:

Alquilo mi casa poniendola a nombre de mi sobrino, me meto de okupa en otra casa (Un chalet en marbella como mínimo, no aspiro a menos, pero del banco... Que conste que le hago daño al banco, pero no a ninguna familia) trabajo en negro y que me paguen el ingreso mínimo vital y el transporte que también es gratis si me dan el mínimo vital... Cada día lo veo más cerca.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Hola compis. Tras hablarlo con la abogada también, le hemos dado de alta, informado de que debe incorporarse y si no lo hace (que no lo va a hacer) ir preparando el despido disciplinario. Ya me molesta, porque al final se sale con la suya y conseguirá el desempleo. Gracias a todos por las respuestas!
Creo que, mientras no haya reincorporación efectiva, no tenéis la obligación de darle de alta de nuevo en SS (está en una especie de "limbo", en el que no cobra, ni salario ni prestación, ni cotiza). Otra cosa es que el trabajador tenga la obligación de reincorporarse a partir del día siguiente de recibir la comunicación del alta IT, pero hasta que no lo haga...

Y si te sabe mal que se salga con la suya, ya lo sabes, el despido no es la única opción (pero hay que hacer las cosas bien, claro).
 

MJ1977

Miembro activo
Ten en cuenta que también ha devengado vacaciones y que al readmitirlo debe empezarlas de carácter inmediato, yo en estos caso lo que hago es enviar una comunicación al trabajador indicándole que debe reincorporarse a su puesto de trabajo tal dia y que como ha devengado x días de vacaciones los debe disfrutar de tal a tal y reincorporación efectiva a su puesto de trabajo x dia.
Por lo que quizás deberías planearte mover la fecha del "despido disciplinario"
 

toni

Miembro conocido
Nada, facilitarle el desempleo... asi va este pais. No se si habeis leido que no quiere trabajar que quiere cobrar el desempleo... y vosotros a hacerle el favor de que lo pueda cobrar... Como dice @Nando_bcn hay otras opciones, como ppr, ejemplo burofax urgente y con acuse de incorporacion o si no baja volunaria...
 

EstefaníaMJ

Miembro conocido
Nada, facilitarle el desempleo... asi va este pais. No se si habeis leido que no quiere trabajar que quiere cobrar el desempleo... y vosotros a hacerle el favor de que lo pueda cobrar... Como dice @Nando_bcn hay otras opciones, como ppr, ejemplo burofax urgente y con acuse de incorporacion o si no baja volunaria...
Yo en este caso tampoco soy partidaria de que cobre el desempleo.
 

fundación

Miembro conocido
x2 :ROFLMAO: :ROFLMAO: :ROFLMAO:

Alquilo mi casa poniendola a nombre de mi sobrino, me meto de okupa en otra casa (Un chalet en marbella como mínimo, no aspiro a menos, pero del banco... Que conste que le hago daño al banco, pero no a ninguna familia) trabajo en negro y que me paguen el ingreso mínimo vital y el transporte que también es gratis si me dan el mínimo vital... Cada día lo veo más cerca.

Alguien se te ha adelantado.


Una familia okupa un chalet de más de 650.000 euros en Menorca y presume de ello en las redes: "Tengo tres baños, piscina... Me lo merezco".

La familia tiene cinco hijos y pagó a un marroquí que le entregó las llaves. La mujer es ama de casa y percibe casi 1.600 euros de ingreso mínimo vital.
 
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