Yo de toda la vida metí los autónomos en especie en la nómina de los socios trabajadores con su ingreso a cuenta correspondiente y ahora os escucho esto y me quedo a cuadros. Lo hago así porque es más ventajoso. Luego cada socio se lo deduce en su declaración de la renta. Me puedes comentar alguna de las aclaraciones que comentas donde Hacienda indica que no procede el pago vía retribución en especie. Tampoco entiendo lo que dices de ponerlo como anticipo en nómina y luego regularizas en nómina??? por más que leo tu comentario no lo veo.El autonomo es la de las personas no es de la empresa. Asi que la empresa no debe pagar nada ni como especie ni madre que lo pario. Ya hemos tenido dos aclaraciones este mes de hacienda que como se pagan los autonomos de los societarios y hala a mandar papeles. En nuestro caso no lo hacemos como pago en especie. Se lo ponemos en la nomina como anticipo o pagos por su cuenta que luego se regulariza con la nomina.
Esa es la clave, contabilidad de DOBLE PARTIDA. Todo Debe necesita un Haber.Yo pienso que RE y luego GD va bien….existe consulta de hace poco. El riesgo viene cuando se descuenta como GD y no se ha incluido como RE.
Salu2
los autonomos son de los autonomos o se los puede pagar la empresa como RE , lo mismo que el coche puede ser del trabajador o de la empresa tambien RE.Yo de toda la vida metí los autónomos en especie en la nómina de los socios trabajadores con su ingreso a cuenta correspondiente y ahora os escucho esto y me quedo a cuadros. Lo hago así porque es más ventajoso. Luego cada socio se lo deduce en su declaración de la renta. Me puedes comentar alguna de las aclaraciones que comentas donde Hacienda indica que no procede el pago vía retribución en especie. Tampoco entiendo lo que dices de ponerlo como anticipo en nómina y luego regularizas en nómina??? por más que leo tu comentario no lo veo.
Anusk yo no he dicho que hacienda diga tal o cual cosa, Digo que los autónomos son de los autónomos y la empresa nada tiene que decir ni intervenir. Si la empresa devuelve el recibo del autónomo a quien embargan??? al autónomo o a la empresa???
Lo pague el autónomo de su cuenta o la pague la empresa o el vecino, el autónomo siempre se lo podrá deducir como gastos, faltaría más
Como sabemos cuanto ha pagado por autónomo por la vía que sea. El 190 ira con su salario y sus pagos a la seguridad social que hacienda incorpora en sus registros. Llegada la declaración y si sacas el borrador podrás ver que lo declarado en el 190 debe coincidir con los datos cedidos por la seguridad social.
Si hacienda te pide aclaraciones pues tendrás que darlas, y mandar papeles. Pero si lo paga el socio de su cuenta o no hay tal pago en especie pues papeles pocos en el primer caso ( nunca te los pedirán ) y en el segundo decirles simplemente que no hay tal pago en especie. Les mandas una nomina y enseguida lo pillan.
los autonomos son de los autonomos o se los puede pagar la empresa como RE , lo mismo que el coche puede ser del trabajador o de la empresa tambien RE.
Lo que esta claro es que para que sea RE quien debe soportar ese gasto es la empresa para que sea una retribucion no dineraria al.trabajador y esta venir recogida en la nomina.
Coincido totalmente, con la finalidad de simplificar de cara a las "paralelas" de las cuotas, hemos optado eliminar el tema Salario en Especie vía 2 opciones:Para gustos los colores, pero si me puedo quitar un muerto con hacienda lo hago. Ademas lo mas transparente es que lo pague el titular. EL AUTONOMO.