Salario especie autonomo

Argi

Miembro conocido
Hostia pues acabo de ver este hilo y me quedo a cuadros.
Yo sigo poniendo la cuota de reta de los societarios en especie, ya que la paga la empresa. Y va al bruto de la nómina del societario, además de la retención del ingreso a cuenta. Luego deducimos ambos importes...
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo estoy haciendo como tu Argi. No es incorrecto hacerlo así siempre y cuando lo abones y deduzcas como salario en especie.
 

Argi

Miembro conocido
Yo es que lo único diferente que he visto ha sido la nómina de un societario que me vino de otra gestoría y en ella el ingreso a cuenta de la retribución en especie solo la llevaba a deducciones, no al bruto. De esta forma el neto es inferior pero también tiene menos irpf.
Pero vamos, yo a todos le meto la cuota como rendimiento en especie y el ingreso a cuenta en el bruto también.
 

PEDRO

Miembro conocido
Entiendo que te refieres a si repercute la retención o no el trabajador.
Yo lo repercuto en el trabajador, vamos que le abono la cuota de autónomos y le practico la retención si elevarla la bruto.
Yo lo hago asi con todos:
1703079123487.png
 

DANI ML

Miembro conocido
Hostia pues acabo de ver este hilo y me quedo a cuadros.
Yo sigo poniendo la cuota de reta de los societarios en especie, ya que la paga la empresa. Y va al bruto de la nómina del societario, además de la retención del ingreso a cuenta. Luego deducimos ambos importes...
Totalmente correcto. Hace poco tuve una revisión del IRPF de un societario, en la que querían verificar que, en caso de las cuotas de autónomo las hubiera pagado la sociedad, se hubiera imputado el rendimiento en especie. El expediente acabó OK.
 

PEDRO

Miembro conocido
El salario en especie puedes hacerse de dos modos: repercutido en la empresa o el trabajador. Yo hago siempre esta última como podéis ver.
Luego hay que gente que le abona el salario y además le abona la retención y se la deduce.
Eso es según quieran acordarlo. Lo que es claro es que el salario en especie ha de reflejarse aparte en la nomina, deducirse y deducirle la retención, y que luego en su certificado de renta aparezca separado ese concepto con su retención.
 

Argi

Miembro conocido
El salario en especie puedes hacerse de dos modos: repercutido en la empresa o el trabajador. Yo hago siempre esta última como podéis ver.
Luego hay que gente que le abona el salario y además le abona la retención y se la deduce.
Eso es según quieran acordarlo. Lo que es claro es que el salario en especie ha de reflejarse aparte en la nomina, deducirse y deducirle la retención, y que luego en su certificado de renta aparezca separado ese concepto con su retención.
Así es. Yo lo hago con todos de la segunda manera que tú comentas.

1703083955519.png
 

Mafaldasur2

Miembro activo
EL pasado año eliminé este marronazo del salario en especie, cada cuota en la cuenta personal del autónomo. Más que nada por las regularizaciones de cuota venideras.
En los casos que no ha sido posible, la empresa paga la cuota, pero en "gestión de pago", no lo valoro de manera alguna, se integra en el bruto que diga el cliente (retribución dineraria - normal) y sale como "anticipo mes".

Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V0228-17 de 31 de Enero de 2017​

"...
En cambio, si el pago se realiza mediante entrega de su importe dinerario al socio, su calificación sería la de retribución dineraria, por lo que el pago a cuenta (la retención) se detraería de aquel importe."
 

cprcrack

Nuevo miembro
Y en la nómina indicáis dicha cuota de autónomos/salario en especie como aportación de la empresa a la seguridad social como si fuera un trabajador no autónomo?

Lo pregunto porque en el modelo 190 entiendo que hay que indicar dicho importe como "Gasto de seguridad social" para que a Hacienda le conste dicho gasto deducible para el trabajador.

No es contradictorio indicar en el 190 que es un gasto de seguridad social y luego que en la nómina no salga reflejado como.aportación de la empresa a la Seguridad Social?

Vosotros cómo lo hacéis?
 

PEDRO

Miembro conocido
A ver si me podéis ayudar porque acabo de encontrarme un marronazo. A un reta le estuve abonado elsu cuita como salario en especie en la nómina pero acabo de detectar que no está domiciliado en la cuenta de la sociedad si no en la suya personal¿Tendré problema por haberlo hecho así? Puedo cambiarle la domiciliación para la sociedad para este mes pero los demás están pagado su cuenta. ¿Alguien me puede ayudar?
 

toni

Miembro conocido
No creo que tengas problemas, no lo sé cierto pues creo que es un tema mas fiscal que laboral, pero eso si cambia la domiciliación…
 
Arriba