salarios líquidos pactados e irpf

Tronchacadenas

Miembro conocido
El sistema liquidatorio laboral es ingrato, no es amigable, es inseguro, es voluble, retroactivo, sujeto a legisladores que ni por asomo entienden la complejidad del sistema, está sujeto a continuas interpretaciónes de doctrinas y jurisprudencias y eso para las nóminas tal como están diseñadas partiendo del bruto terminas en el neto.
Para la abominación y el calvario que supone gestionar la nomina según ajustes a neto, eso debería estar prohibido o fuera de la cartera de servicios, sin contar la terrible pérdida de adorables gatitos.
 

elchuske

Miembro conocido
Esto parece un valle de lagrimas por la supuesta defenestración de los gatitos. Si no vamos a arreglar nada. En definitiva que esto es perder el tiempo. Que es una putada... ya lo sabemos. además de otras lindezas así que sugiero que deis ideas de como arreglarlo ( que ya se han dado ) y sugerencias de como lo hace cada uno para a ver si nos sirve. Creo yo. Ideas cortitas, claras y con enjundia . Que estamos muy liados y no podemos leernos discursos tipo Fidel Castro ( por lo largos que alguno se puede mosquear )
 

Caslaboral

Miembro conocido
El sistema liquidatorio laboral es ingrato, no es amigable, es inseguro, es voluble, retroactivo, sujeto a legisladores que ni por asomo entienden la complejidad del sistema, está sujeto a continuas interpretaciónes de doctrinas y jurisprudencias y eso para las nóminas tal como están diseñadas partiendo del bruto terminas en el neto.
Para la abominación y el calvario que supone gestionar la nomina según ajustes a neto, eso debería estar prohibido o fuera de la cartera de servicios, sin contar la terrible pérdida de adorables gatitos.
Bueno tecnicamente cualquier pacto realizado a neto es nulo. Pero se deberia sancionar para que se deje de hacer, y asi de paso recaudamos un poco🤑
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Joder, pero que he hecho yo para merecer esto. Propongo al administrrador un nuevo subforo denominado RESPUESTAS ENCICLOPEDICAS LADRILLERAS.
Como administrador del subforo proponga a Nando.😁😁😁😁
Aunque mi pregunta y cometarios iban "sin actritú", ya veo que no sabes explicarme el porque de la bajada en las retenciones en el caso que comentas.
Imagino que la Ley y el Reglamento del IRPF te los pasas por el forro y simplemente cruzas los dedos.
Pero, "ladrillero" o no, creo que de vez en cuando no está de más repasar la normativa y pautas para calcular y regularizar las retenciones del IRPF.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Lo que se intenta evitar es que algún mes nos pasemos de máximas, así siempre cotizamos por debajo y la teso no podría reclamarnos nada.
Ya he visto bastantes revisiones (por culpa de los CRA), en los que un trabajador esta cobrando (por ejemplo 3000) y un mes le meten 6000. Ahí le salta la IA, bots, y todo lo que tengan en la teso y te vienen a buscar la pasta. Así que si podemos le metemos los 300 en 2 o 3 meses y fin del problema.

Sobre las retenciones, recalculamos cada mes, pero aun así con gente de nóminas siempre superiores a la base máxima (y terminan con bonus de 5000€ pq yo lo balgo) he visto autenticas animaladas.... Pero por mucho que se lo digas a la empresa es imposible que lo hagan de forma más normal cada mes o que lo pasen a brutos.
Obviamente, si no hay infracotización (nada deja de cotizar por acumular pagos en la base se un solo mes superando los topes) el riesgo de que te pidan explicaciones baja considerablemente, puesto que el afán de la TGSS es más que puramente técnico, recaudador.
Pero piensa que pueden haber otras consecuencias, por ej a nivel de prestaciones a cargo del INSS.
Imagina el caso de un trabajador con una base de cotización habitual de 1.500€. De repente le pagas 5000€ (trás elevar el bruto, teniendo en cuenta tanto las cotizaciones a cargo del trabajador como las retenciones del IRPF). Vale dices, "lo reparto, y le pongo un poco menos de 3000€ este mes, para que no pase de la base máxima (4.495,5) y el resto otro mes o entre otros meses". Vale, acabarás cotizando por todo, pero como al mes siguiente ese trabajador inicie un proceso de IT (y que supere los 15 días, que es cuando empieza a costarle pasta al INSS) y ya no te digo nada si se trata de un permiso de paternidad... a lo mejor al INSS si que le llama la atención que justo ese mes que define la base reguladora su base sea el triple que en meses anteriores. Y si tienes que explicarle esos cambalaches... temo que no van a tragar.

A ver, que ya sé que al final, como venís diciendo, os toca gestionar estos pagos pactados en neto porque os lo imponen, pero hay que ser consciente de los riesgos, tanto de la propia fijación de los salarios en neto, como de lo que suponen todos esos cambalaches para determinas las retenciones dle IRPF, las bases de cotización...
 

toni

Miembro conocido
Nando, yo todos los meses, repito todos los meses despues de meter todas las incidencias en el programa, aumentos de salario, disminucion de salario por disminucion de jornada, ITS, paternidades, maternidades, etc etc, le doy a boton de acualizar irpf Y NO PASA ABSOLUTAMENTE NADA. Si el programa detecta variacion, varia y si no detenta nada, pues no varia. Que consigo con eso? que al 31-12 tenga las retenciones correctas. La verdad, no se que miedo tienes a recacular irpf mes a mes o trimestralmente, aunque desde siempre has sido contrario a ello.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Me acabo de acabo de acordar ahora :eek:
Pues Nana también lo ha dicho en alguna ocasión, insisto.
Aquí la prueba:
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Esto parece un valle de lagrimas por la supuesta defenestración de los gatitos. Si no vamos a arreglar nada. En definitiva que esto es perder el tiempo. Que es una putada... ya lo sabemos. además de otras lindezas así que sugiero que deis ideas de como arreglarlo ( que ya se han dado ) y sugerencias de como lo hace cada uno para a ver si nos sirve. Creo yo. Ideas cortitas, claras y con enjundia . Que estamos muy liados y no podemos leernos discursos tipo Fidel Castro ( por lo largos que alguno se puede mosquear )
Pues yo ya he intentado hacerlo, y con la mejor intención (te podría haber hecho copia y pega de los artículos relativos a las retenciones de la Ley y Reglamento del IRPF, mucho más laaaargos que mi explicación y que temo nunca, imagino por pereza, te habrá dado por leer) , pero si te gustan soluciones en plan Barrio Sésamo, así, simples y cortitas, venga, te obsequio con esta:

"Nunca fijemos salarios en neto"

Ya ves, 5 palabras. Y, además, salvamos a muchos pobres gatitos.

Pero ya en serio, siendo conscientes de que es un despropósito, del jaleo y riesgos que conlleva (por las soluciones o formas de gestionar el tema, con la mejor voluntad, que apuntáis algunos), en la medida en que seáis asesores en materia laboral.... no consintáis tales prácticas o peticiones, pero alertar bien de los inconvenientes y, sobre todo, riesgos. Es probable que quien lo propone no sea del todo consciente de lo que esto supone (tal vez se queda en que es complicado, que os incomoda hacerlo... dejar clara la cuestionable legalidad de esta practica y de los riesgos que pueden tener en temas de IRPF, SS...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Nando, yo todos los meses, repito todos los meses despues de meter todas las incidencias en el programa, aumentos de salario, disminucion de salario por disminucion de jornada, ITS, paternidades, maternidades, etc etc, le doy a boton de acualizar irpf Y NO PASA ABSOLUTAMENTE NADA. Si el programa detecta variacion, varia y si no detenta nada, pues no varia. Que consigo con eso? que al 31-12 tenga las retenciones correctas. La verdad, no se que miedo tienes a recacular irpf mes a mes o trimestralmente, aunque desde siempre has sido contrario a ello.
Creo que no me has entendido o no me he explicado bien, Toni.
Como tu dices, con darle a la teclita, si lo tienes todo bien parametrizado (y no hay ninguna anomalía en el programa de nómina, que, hace ya un montón de años, yo mismo tuve que levantar... que recuerde, al menos dos incidencias a A3NOM en tema de retenciones y lo acabaron subsanando, se nota que tengo fijación con el tema), el programa de nómina regulariza y actualiza todas las retenciones que puedan variar.
De hecho, aunque la norma te permite concentrarlas en los meses de abril, julio y octubre, yo soy partidario de hacerlo mes a mes y así minimizo las oscilaciones (que en muchos casos son inevitables).
La verdad es que no sé de dónde sacas que "desde siempre ha sido contrario a recalcular (entiendo que en el sentido de regularizar, es decir, verificar si pueden haber variaciones en la retención, y puede ocurrir que no haya variación) irpf mes a mes o trimestralmente", precisamente lo que siempre censuro es esperar a "cuadrar" a final de año, en primer lugar porque diciembre no está entre esos meses en los que puede concentrar trimestralmente (que no anualmente) las regularizaciones (en diciembre solo podré regularizar por circunstancias evidenciadas en diciembre o tras el cierre de la nómina de noviembre) y, por otro lado, eso de "tener a 31-12-23 las retenciones correctas" no existe. Como digo, las retenciones deben ser correctas siempre, contando con la posibilidad de concentrarlas en los meses ante indicados. Pero si por "correctas" entendemos que el importe final me coincida con el teórico, considerando el total de ingresos y gastos anuales y situación personal a fin de año, es decir, lo que me saldría si, ya con los datos definitivos, calculara las retenciones utilizando el programa de Hacienda, eso no es necesariamente correcto y trato de explicar porqué:

- la retención debe ser "correcta" en todo momento, no solo a fin de año, no basta con que "todo me cuadre a fin de año (aunque es cierto que como de los 111 no hay detalle individual, un cuadre "a saco" a fin de año no se detecta en el 190)

- las retenciones tienen una serie de condicionantes, por ej límites, y puede suceder que, reteniendo correctamente mes a mes, el cuadre teórico anual no me dé el mismo resultado, por ej por la entrada en juego de esos límites. Puede haber una desviación respecto al importe teórico, pero ser correctas esas retenciones. Es más, precisamente puede ser anómala esa regularización de fin a año con el único propósito de conseguir ese cuadre teórico, pero esto lo explico en el siguiente punto

- cualquier cambio en las retenciones debe tener una causa, y estas causas son tasadas (incremento en las percepciones, cambio de contrato, en la situación personal, gastos...) y entre ellas no está la de "conseguir que el total de las retenciones me cuadre con el total teórico si utilizo el programa de Hacienda informando directamente los datos anuales definitivos", no, no existe. Y si a final de año no ha habido ninguna novedad respecto a las circunstancias que pueden tener impacto en las retenciones, pues nada, la retención no se toca (y mi programa de nómina, si lo tengo bien configurado y lo utilizo bien, aunque le dé a la teclita para que me haga un proceso de regularización masivo, por mucho que me pueda desviar de la retención teórica anual, en los casos en los que en en diciembre no hay causa de reguralización, me dejará la retención igual. O si la hay pero puede jugar algún limite, puede variar la retencion pero sin concidir necesariamente con lo que supondría conseguir ese cuadre teórico anual).
Es cierto que muchos utilizan para conseguir ese propósito la causa de regularización "Otras causas", como si fuera "el comodín del público", pero no, esa posibilidad de "otras causas" está prevista para una serie de causas también tasadas y entre ellas no está el conseguir ese cuadre teórico o el tratar de solventar de golpe y justo al final cualquier anomalía en las retenciones a lo largo del año.

En fin... ya me dirás en qué momento me has visto cuestionar el regularizar cuando toca (y precisamente yo prefiero mes a mes).
 

toni

Miembro conocido
Pues disculpa si te he entendido mal siempre, pero en todos los post referentes a tema de irpf me has dado a entender que no hay que regularizar porque si... Pero en nuestro dia a dia, con todo lo que conlleva el hacer nominas con sus incidencias mes a mes lo mejor es darle al boton todos los meses, que eso no es regularizar porque si... En tema que nos ocupa, esta claro que si le metes 3000 de golpe en un mes, esta te va a variar el irpf de ese mes, pero solo ese mes, al darle al boton al mes siguiente te va a bajar, no al inicial, pero bajara Pero bueno, disculpa si te he estando entendiendo mal.
 

elchuske

Miembro conocido
Pues yo ya he intentado hacerlo, y con la mejor intención (te podría haber hecho copia y pega de los artículos relativos a las retenciones de la Ley y Reglamento del IRPF, mucho más laaaargos que mi explicación y que temo nunca, imagino por pereza, te habrá dado por leer) , pero si te gustan soluciones en plan Barrio Sésamo, así, simples y cortitas, venga, te obsequio con esta:

"Nunca fijemos salarios en neto"

Ya ves, 5 palabras. Y, además, salvamos a muchos pobres gatitos.

Pero ya en serio, siendo conscientes de que es un despropósito, del jaleo y riesgos que conlleva (por las soluciones o formas de gestionar el tema, con la mejor voluntad, que apuntáis algunos), en la medida en que seáis asesores en materia laboral.... no consintáis tales prácticas o peticiones, pero alertar bien de los inconvenientes y, sobre todo, riesgos. Es probable que quien lo propone no sea del todo consciente de lo que esto supone (tal vez se queda en que es complicado, que os incomoda hacerlo... dejar clara la cuestionable legalidad de esta practica y de los riesgos que pueden tener en temas de IRPF, SS...
Nando es que a veces nos tomas por tontos. Que no nos hemos caido de un gindo . Todos los que somos profesionales lo tenemos claro, digo mas, super claro. Lo que no esta claro es como lo enfoca cada uno. Esa es la duda. Que cada uno ponga lo que hace y luego ya tomaremos nota en nuestros despachos `PROFESIONALES.
Y si por que alguna ley se haya publicado en el BOE, te crees que la gente la va a cumplir, es que eres muy inocente.
En cuanto que si baja y sube y dios pa riva y dios pa bajo pues le das al programita que te calcule mes a mes todo el año y asunto concluido. A final de año tienes las retenciones D.P.M y como manda la AEAT.
Y ya paso de este tema tan manido.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues disculpa si te he entendido mal siempre, pero en todos los post referentes a tema de irpf me has dado a entender que no hay que regularizar porque si... Pero en nuestro dia a dia, con todo lo que conlleva el hacer nominas con sus incidencias mes a mes lo mejor es darle al boton todos los meses, que eso no es regularizar porque si... En tema que nos ocupa, esta claro que si le metes 3000 de golpe en un mes, esta te va a variar el irpf de ese mes, pero solo ese mes, al darle al boton al mes siguiente te va a bajar, no al inicial, pero bajara Pero bueno, disculpa si te he estando entendiendo mal.
Pues está claro que no me entendiste o yo me expliqué mal, Toni, porque, como ves, es justo a contrario.
La explicación de la confusión puede estar en la expresión (que he podido utilizar) de "regularizar porque si".
Dos matices:

- en ocasiones utilizamos "regularizar" en el sentido de "modificar" el tipo de retención. Yo, cuando digo, regularizar, me refiero al proceso masivo (el "darle a la teclita del programa de nómina" y ya se encargará de modificar los casos que corresponda y los que no, pues se quedarán igual).
Yo soy de los que, cuando gestionaba el programa de nómina, pedía darle a la teclita todos los meses (la otra alternativa es hacerlo en los meses de abril, julio y octubre, pero yo prefiero mes a mes, como ya he dicho).

- cuando digo "no hacerlo porque si" (o no sé qué literal he podido utilizar y que no se ha entendido en el sentido que yo pretendía) es que, y ya pensando en casos individuales, para regularizar debe existir una causa; quiero decir, puedo hacer una regularización "masiva" como ya he dicho, dándole a la teclita, pero eso no lo hago con el propósito de modificar necesariamente las retenciones, lo hago justo para verificar si en algún caso puede darse algún cambio. Si en ese mes (o en el los 3 últimos meses si opto por hacerlo abril, julio y octubre) no se ha dado ninguna de las causas para regularizar, pues la retención no puede variar (aunque haya hecho un proceso de regularización masiva desde el programa de nómina.
Si lo hago de forma manual, para un caso concreto, si ese mes esa persona no ha tenido ninguna variación en ingresos, gastos, contrato, situación personal... pues, si tengo claro que no ha habido nada de eso, esa regularizacion no tendría porque hacerla, porque al hacerla he de indicar una causa, y si no la hay...
Ahora, si, como comentaba, la hacemos igualmente (es el caso que yo digo "por que sí") indicando la opción "otras causas", entonces ... puede darme alguna variación (si he retenido de forma correcta desde inicio de año no tendría porque pasar, pero por ej por entrar en juego alguno de los límites, y de forma correcta, podría dar como resultado alguna variación.

De hecho, algunos programas de nómina te dan la opción de utilizar la opción "otras causas" para regularizar cuando en realidad no existe causa (pero te va haciendo ese cuadre teórico, que, como ya he dicho, no supone retener bien, al contrario, es anómalo regularizar utilizando una causa que no corresponde, es decir, sin causa real de regularización o "porque sí"), incluso que te dan, sin pedirlo, a final de año un "cuadre teórico anual", y que te permite aplicar la retención resultante, aunque no se haya producido una circunstancia justo a final de año que encaje con alguna de las causas de regularización tasadas (y ya hemos dicho que la opción "otras causas" no está para el caso de "he retenido mal durante el año, arréglamelo ahora de golpe").

Siempre lo digo, cuando veo que la gente se queja o tiene psicosis de que a final de año suben las retenciones (a veces he visto animaladas, pasar de un 10% a un 30% o más a final de año). En nuestro caso es el revés, las variaciones a final de año normalmente son en forma de bajada.
Y es que si no has tenido un incremento del fijo justo a final de año... por el variable, ha tenido que ser que justo en diciembre lo acumulado a lo largo del año haya superado lo acumulado en el año anterior (y que, por ser superior hasta el mes pasado, ha sido el importe considerado hasta ese momento. Lo normal es que si he tenido un incremento en el fijo, si lo acumulado por conceptos variables ha superado al del año pasado, si me han prorrogado el contrato o pasado a indefinido... haya sido a lo largo del año y, por tanto, el incremento que ha podido suponer en la retención del IRPF ya se haya aplicado desde ese momento. ¿Incrementos en las retenciones en diciemebre?, solo si he tenido algun tipo de incremento o variación justo en diciembre (o tras el cierre de la nómina de noviembre)
Y si resulta que la final, justo en dicuiembre, se confirma que los variables de este año han sido inferiores a los del año pasado, pues justo ahora en dicimebre me bajará la retención. Por eso digo , que en nuestro caso, las variaciones en las retenciones de diciembre son en mayor número de bajada que de incremento.

En fin, a ver si ahora he conseguido explicarme a qué me refería con lo de "regularizar porque sí" (y que se resumiría en "utilizar de forma no aduecuada la opción "otras causas de regularización" o también, pero que es equivalente "aceptar la posibilidad que me brinda mi programa de nómina de "cuadrar con el importe teórico anual aunque no exista ningun tipo de variación justo en diciembre"). 😅
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Nando es que a veces nos tomas por tontos. Que no nos hemos caido de un gindo . Todos los que somos profesionales lo tenemos claro, digo mas, super claro. Lo que no esta claro es como lo enfoca cada uno. Esa es la duda. Que cada uno ponga lo que hace y luego ya tomaremos nota en nuestros despachos `PROFESIONALES.
Y si por que alguna ley se haya publicado en el BOE, te crees que la gente la va a cumplir, es que eres muy inocente.
En cuanto que si baja y sube y dios pa riva y dios pa bajo pues le das al programita que te calcule mes a mes todo el año y asunto concluido. A final de año tienes las retenciones D.P.M y como manda la AEAT.
Y ya paso de este tema tan manido.
Pues revisa como tienes configurado tu programita, porque eso de que te baje la retención al mes siguiente de un incremento y sin que se haya producido ninguna variación justo en ese mes... salvo que se me escape algo, no lo acabo de ver.
Y es que si no hay variación en ninguna de las circunstancias que pueden incidir en el cálculo de las retenciones (estimación anual de ingresos, gastos, situación personal...) no puede variar la retención.
Vamos que si un mes tengo un incremento en las retenciones (y justificado), por grande que sea, en la medida en que no haya otras variaciones en los meses siguientes en ninguna de esas circunstancias, la rentención se mantendrá igual hasta fin de año
Y si te varía es porque alguna "novedad" se habrá producido. Y si es sutil, pues supondrá una variación también "sutil" en la retención

Así de claro.
 
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